viernes, febrero 05, 2010

LA RAZÓN Y LA LEY NATURAL

LA RAZÓN Y LA LEY NATURAL
Ataliva Amengual 1

ÍndiceAbstract
Introducción
Distinción entre conocimiento y reconocimiento de la ley natural.
La actualidad y la Ley natural
Razón y ley natural y diálogo entre los no cristianos y cristianos
Ley natural e Iglesia

Abstract
El mundo no es caótico sino que está ordenado por leyes que producen un resultado general armónico con vistas a un fin.
Ley moral es una regla de conducta por la que Dios dirige a los hombres hacia el bien.
Nuestra razón capta una primera ley natural: se debe obrar el bien y hay que evitar el mal.
Sobre esta se fundan todos los demás preceptos de la ley natural. Así, pues, según el orden de las inclinaciones naturales es el orden de los preceptos de la ley natural.
Todo deber ser se funda en el ser. La realidad es el fundamento de lo ético. El bien es lo conforme con la realidad.
La ley natural es el precedente de lo que hoy en día denominamos derechos humanos.
La ley natural se conoce por inclinación, no a través de juicios conceptuales, ni de deducciones racionales, es una “experiencia tendencial”, se sabe por inclinación no sólo que es ley natural, sino además, que es verdadera. Se trata de principios de la vida moral, indemostrables, muchas veces, pero igualmente ciertos.
Según enseña el Magisterio de la Iglesia, la ley natural puede ser conocida, al menos en sus principios fundamentales, por la razón humana.
Se suele confundir el problema de la existencia y conocimiento de la ley natural, con su reconocimiento a través del juicio de la conciencia de cada uno de los formadores del consenso, que a veces puede fallar en cuanto a los preceptos secundarios o en la aplicación del principio a los casos particulares.
En la actualidad se suele partir de determinadas concepciones antropológicas y éticas, poniendo en tela de juicio, de modo global y sistemático, el patrimonio moral. Ello es consecuencia del influjo, más o menos velado, de corrientes de pensamiento que terminan por erradicar la libertad humana de su relación esencial y constitutiva con la verdad. Estas concepciones relativistas apelan al pluralismo, la tolerancia, la libertad, el diálogo. Además, se agrega que el relativismo es el fundamento filosófico de la democracia.
El cristiano debe encontrar en el diálogo racional y sincero con el no cristiano los puntos en común para construir una sociedad más justa.
La aceptación y vigencia de la ley natural exige en nuestros días una presencia, diría una lucha de parte de los cristianos; exige un compromiso político de parte de los cristianos, pues la estructuras se consolidan y conservan mediante la política.
El Catecismo y todo el Magisterio de la Iglesia Católica confirman la ley natural declarada en el Decálogo, expresión privilegiada de la ley natural.
Al Magisterio de la Iglesia le compete interpretar auténtica y legítimamente la ley natural.
No estamos determinados moralmente, ni por la biología, ni por nuestra psicología, ni por la sociedad en la que vivimos, aunque estamos condicionados por ellas.
Por sobre estos condicionamientos siempre permanece la libertad del hombre para buscar y hacer el bien.

IntroducciónCicerón afirmaba: «Existe una ley verdadera, una razón recta, conforme a la naturaleza, presente en todos, invariable, eterna, tal que interpela a los hombres con sus mandatos a hacer su deber o a impedirles hacer el mal. Esta ley no es diversa en Roma o en Atenas. No es diversa ahora o mañana. Es una ley inmutable y eterna cuyo único autor, intérprete y legislador es Dios.» 2
“…como criatura de la creación lleva escrito un mensaje que no significa contradicción de nuestra libertad, sino las condiciones.”
3
Y San Pablo da testimonio de ella: "En efecto, cuando los gentiles, que no tienen ley, cumplen naturalmente las prescripciones de la ley, sin tener ley, para sí mismos son ley; como quienes muestran tener la realidad de esa ley escrita en su corazón, atestiguándolo su conciencia, y los juicios contrapuestos de condenación o alabanza... " 4
El Catecismo de la Iglesia Católica nos enseña: "La ley natural expresa el sentido moral original que permite al hombre discernir mediante la razón lo que son el bien y el mal, la verdad y la mentira". 5

El mundo no es caótico sino que está ordenado por leyes que producen un resultado general de armonía, orden y belleza que dan cuenta de la Creación que obra de acuerdo con un plan, con vistas a un fin.

Esa ordenación se manifiesta en leyes físicas , biológicas y por leyes morales, que atañen a los seres humanos y regulan nuestro comportamiento orientándonos hacia la felicidad. Las leyes morales operan en el marco de la libertad humana, y por ello el hombre puede violarlas. Ley moral es una regla de conducta por la que Dios dirige a los hombres hacia el bien. Ante todo, descubrimos un mandamiento fundamental. La primera cosa que captamos en el orden práctico es la noción de “bien”: el bien se presenta como aquello que todos los seres apetecen. De aquí nuestra razón capta un primer precepto: se debe obrar el bien y hay que evitar el mal.

Es así que las inclinaciones naturales biológicas y corporales comunes con otros seres naturales, en el hombre adquieren una dimensión nueva, humanizada, al ser regidas por un orden racional, propio y específico de lo humano, por el cual el hombre puede conocer su naturaleza y regirse conforme a su ley.
La ley natural es el precedente de lo que hoy en día denominamos derechos humanos. Benedicto XVI considera que es necesario redescubrir el valor de la ley moral natural para poder poner los cimientos de la auspiciada ética universal.6 Nos recuerda el Papa:"La Iglesia siempre ha afirmado que los derechos fundamentales, por encima y más allá de las diferentes formas en que han sido formulados y los diferentes grados de importancia que hayan tenido en los diversos contextos culturales, deben ser mantenidos y concedido el reconocimiento universal porque son inherentes a la naturaleza misma del hombre, que ha sido creado a imagen y semejanza de Dios". En este sentido, recordó la historia del derecho de gentes que se basa en la "universalidad de los derechos humanos", basándose en su dignidad por haber sido creados por Dios.7

Distinción entre conocimiento y reconocimiento de la ley natural.Luego de referirnos a lo que es y lo que no es la ley natural, corresponde ahora distinguir entre el conocimiento de la ley natural (por el hábito de la sindéresis o capacidad natural para juzgar rectamente o un conocimiento básico de lo que está bien o mal que está grabado en el hombre.) y su reconocimiento (por el juicio de la conciencia. Para formular un juicio de conciencia sobre el bien o el mal de un acto, se necesita una inteligencia que juzgue, y un conocimiento antecedente que sea la fundamento en que se apoya este juicio moral). Se trata del conocimiento evidente de los primeros principios prácticos que obtenemos por la sindéresis y del juicio de la conciencia que se realiza a efectos de aplicarlos a un caso particular aquí y ahora.

Conocimiento de la ley natural
Según el Angélico, todo conocimiento (ya sea teórico o práctico) se funda sobre la noción de Ser, porque lo que primeramente cae bajo la aprehensión es el ente y así mientras la inteligencia o razón teórica contempla el ser bajo la razón de verum (verdad); el intelecto o razón práctica lo considera bajo la razón de bonun (verdad práctica que constituye su bien). En este sentido debe entenderse la tesis de Pieper: “Todo deber ser se funda en el ser. La realidad es el fundamento de lo ético. El bien es lo conforme con la realidad”.8
El primer principio en la razón práctica es el que se funda sobre la razón del bien: El bien es lo que todos apetecen. Luego, éste es el primer precepto de la ley: el bien debe hacerse y procurarse y evitarse el mal. Sobre este se fundan todos los demás preceptos de la ley natural. Así pues según el orden de las inclinaciones naturales es el orden de los preceptos de la ley natural.9

Lo más importante en el hombre son los fines, es decir, aquellos objetivos hacia los cuales tiende y se inclina.
La primera inclinación es la inclinación a conservarnos en el ser. El ser, el existir, es el primer bien que nos perfecciona y por eso lo apetecemos.
La segunda inclinación es aquello que ayuda a la conservación de la vida humana e impide su destrucción. Se trata de la inclinación propia de nuestra dimensión animal, y por esta inclinación tendemos a perpetuar nuestra especie.
La tercera inclinación es la inclinación al conocimiento de la verdad. Nace de nuestra naturaleza espiritual, y se traduce en una espontáneo instinto de búsqueda de la verdad y a vivir en sociedad.10

Junto al principio fundamental de la ley natural y a los primeros preceptos de la ley natural, nuestra razón, trabajando ya de modo más fino, descubre otros fines que nos perfeccionan pero que no tienen ya la evidencia inmediata de los anteriores, sino que son fruto de un razonamiento, son los preceptos segundos de la ley natural. Estos constituyen lo que algunos llaman derecho natural aplicado.
Sin embargo, "...no todos los principios comunes de la ley natural pueden aplicarse de igual manera a todos los hombres, por la gran variedad de circunstancias. Y de ahí provienen las diversas leyes positivas según los distintos pueblos".11

Según enseña el Magisterio de la Iglesia, la ley natural puede ser conocida, al menos en sus principios fundamentales, por la razón humana. Por otra parte, en las Sagradas Escrituras, a la vez que se nos revela la existencia de la ley natural, se entrevé la dificultad de su pleno conocimiento natural y el hecho de la parcial y culpable ignorancia de la misma.12 Por eso, en ayuda del hombre acude Dios con su Revelación gratuita. El Magisterio de la Iglesia enseña que, en la situación histórica del hombre, a la «divina Revelación hay ciertamente que atribuir que aquello que en las cosas divinas no es de suyo inaccesible a la razón humana, pueda ser conocido por todos... de modo fácil, con firme certeza y sin mezcla de error alguno» 13 Palaras Pío XII repite textualmente respecto a las «verdades morales que de por sí no se hallan fuera del alcance de la razón» . 14

Se debe recalcar que la Revelación divina no da al hombre el «poder conocer» la ley natural, pues esto es una consecuencia del poder cognoscitivo de la inteligencia humana, sino el «poder conocer mejor», esto es «por todos, fácilmente...». Esta facilitación se realiza mediante la Revelación de verdades, que iluminan la inteligencia, y mediante la gracia, que rectifica la voluntad, facilitando la captación de los valores morales.15

“En lo profundo de su conciencia –afirma el Concilio Vaticano II–, el hombre descubre una ley que él no se da a sí mismo, sino a la que debe obedecer y cuya voz resuena, cuando es necesario, en los oídos de su corazón, llamándolo siempre a amar y a hacer el bien y a evitar el mal: haz esto, evita aquello. Porque el hombre tiene una ley escrita por Dios en su corazón, en cuya obediencia está la dignidad humana y según la cual será juzgado (cf. Rom 2, 14-16)” . Este “código está inscrito en la conciencia moral de la humanidad, de tal manera que quienes no conocen los mandamientos, esto es, la ley revelada por Dios, son para sí mismos Ley (Rom 2,14) Así lo escribe San Pablo en la carta a los Romanos; y añade a continuación: Con esto muestran que los preceptos de la Ley están inscritos en sus corazones, siendo testigo su conciencia (Rom 2,15)”.16

Jacques Maritain afirma que la ley natural se conoce por inclinación, no a través de juicios conceptuales, ni de deducciones racionales, es una “experiencia tendencial”, se sabe por inclinación no sólo que es ley natural, sino además, que es verdadera. Se trata de principios de la vida moral, indemostrables, muchas veces, pero igualmente ciertos.17
Se trata de un conocimiento intuitivo 18 La ley natural se manifiesta a la razón práctica en una serie de juicios intuitivos, gracias a la mediación «de la connaturalidad o simpatía por la cual aquello que es consonante con las inclinaciones esenciales de la naturaleza humana es percibido por el intelecto como bien, y aquello que es disonante como mal». 19
Estos primeros juicios del intelecto práctico en su función moral, son en su origen, en cuanto simples «cuadros tendenciales», extremadamente indeterminados, y podrían llamarse «esquemas dinámicos fundamentales» 20

Reconocimiento
Cuando en la actualidad muchas veces se afirma que no se puede fundar el orden moral, social y político en la ley natural, porque no todos la aceptan, ni hay consenso sobre ella, se confunde el problema de la existencia y conocimiento de la ley natural, con su reconocimiento a través del juicio de la conciencia de cada uno de los formadores del consenso, que a veces puede fallar en cuanto a los preceptos secundarios o en la aplicación del principio a los casos particulares, debido a los malos consejos, a la concupiscencia de la carne, o bien a costumbres pervertidas y hábitos corruptos.21
El error más o menos no culpable puede darse, en las aplicaciones concretas de esos imperativos, a causa del influjo del mal ambiente, de las pasiones y malas costumbres y de la simple deficiencia humana en el conocimiento de lo particular y contingente.22

En honor a la complejidad tengamos en cuenta lo que señala Gabriel Zanotti acerca de una mayor comprensión de que al hablar de ley natural, hablamos de algo culturalmente ininteligible “per accidens”, y que por ende el que la niega no es malo ni tonto, sino que (probablemente) ha heredado una nociòn post-kantiana de racionalidad que luego se enredò con las aguas del neopositivismo.
Y Zanotti, agrega: Hay que re-insertar en el pensamiento eclesial una hermenèutica realista donde el mundo de vida de Husserl supere tradicionales distinciones entre subjetivo y objetivo heredadas de las distinciones cartesianas y en las que el neopositivismo cultural se siente muy còmodo. Hay que volver a una nociòn de racionalidad donde la razòn es una meditaciòn sobre la vida y no, solamente, una abstracción de esencias de un mundo externo post-cartesiano, o una racionalidad reducida a la fìsica y las matemàticas. Pero, vuelvo a decir, ello va a tardar mucho tiempo.
…esos temas darìan a la idea de ley natural un posicionamiento sumamente adecuado frente a un mundo laical. No, ademàs, como simple estrategia, sino como una renovación de las bases de la ley natural totalmente compatibles con el núcleo central de la ley natural en Santo Tomàs de Aquino.
23

Por otra parte, también sabemos desde una concepción cristiana, que debido al pecado (cuya raíz más profunda es la negación o rebelión frente a Dios, pero que en sus efectos lo podemos descubrir en toda la realidad, tanto personal como social), nuestra naturaleza está herida y por tanto no puede por sí sola alcanzar el fin a la que está ordenada, necesitando del auxilio de la Gracia, que al modo de segunda naturaleza, supone la primera, la sana y eleva hasta alcanzar la cumbre de su realización. Como dice Santo Tomás, “Dios nos dirige por la ley y nos auxilia por la Gracia” 24

La actualidad y la Ley natural
Reflexionando sobre la actualidad podemos observar que “la fuente primaria y más profunda de los males que hoy afligen a la sociedad moderna brota de la negación, del rechazo de una norma universal de rectitud moral, tanto en la vida privada de los individuos, como en la vida política y en las mutuas relaciones internacionales; la misma ley natural queda sepultada bajo la detracción y el olvido». 25
“Ya no se trata de contestaciones parciales y ocasionales, sino que, partiendo de determinadas concepciones antropológicas y éticas, se pone en tela de juicio, de modo global y sistemático, el patrimonio moral. En la base se encuentra el influjo, más o menos velado, de corrientes de pensamiento que terminan por erradicar la libertad humana de su relación esencial y constitutiva con la verdad. Y así, se rechaza la doctrina tradicional y sobre la universalidad y permanente validez de sus preceptos; se consideran simplemente inaceptables algunas enseñanzas morales de la Iglesia; se opina que el mismo Magisterio no debe intervenir en cuestiones morales más que para «exhortar a las conciencias» y «proponer los valores» en los que cada uno basará después autónomamente sus decisiones y opciones de vida. 26

Buscando las causas de estas contestaciones o impugnaciones del hombre actual debemos observar que éste es mucho más consciente de su suficiencia en utilizar la naturaleza, por lo que juzga irracional concebir una naturaleza que lo obligue a respetarla y sea el fundamento de una ley natural. Además, si a esto vinculamos el afinado sentido que tenemos hoy de la libertad del hombre y sus derechos, se entiende que se pretenda impugnar toda “determinación”, también la que proviene de la ley natural. Un caso extremo lo es la afirmación existencialista de que “la existencia precede a la esencia” (Sartre), que apunta a que el hombre no está constituido con una naturaleza o esencia determinada, sino se realiza a sí mismo continuamente por medio de sus propias opciones libres, es decir, por su existencia.

Por otra parte, la cultura en la actualidad está intensamente caracterizada por la importancia de la historicidad del hombre y de la misma cultura: todo cambia, nada es definitivo; también la naturaleza de los seres se haya sometida al cambio.

Nuestra cultura hodierna, tiene una profunda conciencia de la significación de lo “cultural”, que se contrapone a la noción de lo “natural”. Como consecuencia la noción de lo “natural” se ve negada, perdiendo valor frente a la concepción culturalista.

Hay otra causa influyente en la conflicto actual que se origina, en parte, por el desprecio al iusnaturalismo por su exageración, al pretender que se podía obtener de él toda clase de consecuencia moral con certeza absoluta e inmutable.

Finalmente, señalemos a algunos teólogos de nuestros días que han originado una posición contraria a la Ley natural a partir de la publicación de la encíclica Humanae Vitae (Pablo VI, 1968), destinada a argumentar en su contra y a presentar una visión alternativa a la ley natural, que es uno de los cimientos que sustenta la doctrina moral del Magisterio de la Iglesia.

Además, actualmente el relativismo imperante con su incapacidad ante la Verdad se presenta con afirmaciones sobre el pluralismo, la tolerancia, la libertad, el diálogo. Estos apreciados principios son presentados como valores que se perderían si se admite la existencia de una verdad absoluta, universalmente válida. Para la mentalidad relativista habría una contradicción entre la afirmación de una verdad universal e incluso de la verdad misma y principios como el del pluralismo, la libertad, la tolerancia y el diálogo. Además, hay agregar que el relativismo es el fundamento filosófico de la democracia, pues ésta se edifica sobre la base de que nadie puede tener la pretensión de conocer la verdad. Todas las opciones se reconocen mutuamente como fragmentos de verdades las que a través de un diálogo democrático construyen una decisión por consenso buscando lo mejor.
Pensamos que si bien en el ámbito político esta concepción es admisible, en la medida que aceptamos la democracia como procedimiento en las relaciones sociales,27 no lo es cuando se trata de la ética o la religión. Absolutizar la concepción relativista y es un error que lleva a nefastas consecuencias.28

Entre esta consecuencias está el transformar la ley natural en un prejuicio que no se debe tolerar en pro del aborto (y de su legalización), que no se debe respetar en pro de la homosexualidad, (de la fusión de homosexuales con el matrimonio tradicional), de las corrientes feministas, (hacer primar el género sobre el sexo; es decir, en desvalorizar el sexo físico, por considerarlo secundario, y en dar protagonismo al género, que es lo sustantivo), etc.

Los relativistas se presentan afirmando que no combaten leyes naturales, sino que sostienen la lucha contra los prejuicios.
Otra consecuencia del relativismo se observa entre quienes consideran la ley natural como irracional al concebir de modo muy estrecha la razón, limitándola al aspecto conceptual y discursivo, excluyendo un aspecto de la inteligencia que no está fuera de la razón, sino dentro de ella, como es la intuición. La razón discursiva tiene su base en las iluminaciones de la razón intuitiva. Asimismo, la persona fundamentada en esta concepción limitada de la razón y que considera irracional la afirmación de la ley natural es inducida a una legitimación de todos sus impulsos, aún los considerados tradicionalmente como antinaturales.

Razón y ley natural y diálogo entre los no cristianos y cristianos
Ante todo hay que tener en cuenta que quienes ignorando sin culpa el Evangelio de Cristo y su Iglesia, buscan a Dios con sincero corazón y se esfuerzan, bajo la gracia, en cumplir con obras su Voluntad, reconocida por el dictamen de la conciencia, pueden conseguir la salvación eterna»

Dicho esto, advirtamos que la Iglesia Católica, halla el fundamento de toda moral y legislación, por las que se puede discernir entre el bien y el mal en la ley moral natural a partir de la cual se puede desarrollar un diálogo constructivo con todos los hombres y mujeres de buena voluntad y, más en general, con la sociedad secular se puede desarrollar un diálogo constructivo con todos los hombres y mujeres de buena voluntad y, más en general, con la sociedad secular. El Papa Juan Pablo II señaló de modo muy claro lo siguiente: “Otro argumento importante y urgente que quisiera someter a vuestra atención es el de la ley moral natural. Esta ley pertenece al gran patrimonio de la sabiduría humana, que la Revelación, con su luz, ha contribuido a purificar y desarrollar ulteriormente. La ley natural, accesible de por sí a toda criatura racional, indica las normas primeras y esenciales que regulan la vida moral. Basándose en esta ley, se puede construir una plataforma de valores compartidos, sobre los que se puede desarrollar un diálogo constructivo con todos los hombres y mujeres de buena voluntad y, más en general, con la sociedad secular.30
El cristiano debe encontrar en el diálogo racional y sincero con el no cristiano los puntos en común para construir una sociedad más justa. Esto fue precisamente el núcleo central del diálogo entre J. Ratzinger, con Habermas.31

La aceptación y vigencia de la ley natural exige en nuestros días una presencia activa, un compromiso político de parte de los cristianos, pues las estructuras se consolidan y conservan mediante la política. El Papa nos lo recuerda:”Como ya he recordado en ocasiones anteriores, reafirmo la necesidad y la urgencia, en el contexto actual, de crear en la cultura y en la sociedad civil y política las condiciones indispensables para una conciencia plena del valor irrenunciable de la ley moral natural”. 32
Asistimos por una parte a la difusión entre los creyentes de una moral de carácter fideísta, y por otra parte, falta una referencia objetiva para las legislaciones que a menudo se basan solamente en el consenso social, haciendo cada vez más difícil el que se pueda llegar a un fundamento ético común a toda la humanidad” .33

El ofrecimiento de la doctrina social de la Iglesia que postula una ética social dependiente de una ley natural . Así lo expresa el propio Compendio de la doctrina social de la Iglesia cuando dice: El sin necesidad de un contexto de Fe para su comprensión es un camino para el diálogo racionalpresente texto resalta además la importancia de los valores morales, fundados en la ley natural escrita en la conciencia de cada ser humano…34 El texto se propone, por último, como ocasión de diálogo con todos aquellos que desean sinceramente el bien del hombre. 35

La Doctrina Social de la Iglesia incluye los preceptos secundarios de la ley natural en la esfera social, pero no descontextualizados de su origen cristiano. Por ello la insistencia permanente de Benedicto XVI en que ésa es la colaboración del cristianismo al desarrollo.36 Benedicto XVI nos dice al respecto: La religión cristiana y las otras religiones pueden contribuir al desarrollo solamente si Dios tiene un lugar en la esfera pública, con específica referencia a la dimensión cultural, social, exonómica y, en particular, política. La doctrina social de la Iglesia ha nacido para reivindicar esa “carta de ciudadanía” de la religión cristiana”. 37

Además hay que tener en cuenta que La centralidad del misterio de Cristo, por tanto, no debilita ni excluye el papel de la razón y por lo mismo no priva a la doctrina social de la Iglesia de plausibilidad racional y, por tanto, de su destinación universal. Ya que el misterio de Cristo ilumina el misterio del hombre, la razón da plenitud de sentido a la comprensión de la dignidad humana y de las exigencias morales que la tutelan. La doctrina social es un conocimiento iluminado por la fe, que —precisamente porque es tal— expresa una mayor capacidad de entendimiento. Da razón a todos de las verdades que afirma y de los deberes que comporta: puede hallar acogida y ser compartida por todos”. 38

Ley natural e Iglesia
En el Catecismo de la Iglesia Católica hay unos textos sobre el Decálogo y la ley natural que nos parece oportuno señalar:
Los diez mandamientos pertenecen a la revelación de Dios. Nos enseñan al mismo tiempo la verdadera humanidad del hombre. Ponen de relieve los deberes esenciales y, por tanto indirectamente, los derechos fundamentales, inherentes a la naturaleza de la persona humana. El Decálogo contiene una expresión privilegiada de la ‘ley natural’: Desde el comienzo, Dios había puesto en el corazón de los hombres los preceptos de la ley natural. Primeramente se contentó con recordárselos. Esto fue el Decálogo. (S. Ireneo, haer. 4, 15, 1).39
Aunque accesibles a la sola razón, los preceptos del Decálogo han sido revelados. Para alcanzar un conocimiento completo y cierto de las exigencias de la ley natural, la humanidad pecadora necesitaba esta revelación.40
El Decálogo contiene una expresión privilegiada de la ley natural. Lo conocemos por la revelación divina y por la razón humana.
La Iglesia Católica, halla fundamento de toda moral y legislación, por el que se puede discernir entre el bien y el mal por encima de las leyes civiles, en la ley moral natural. El Papa Juan Pablo II señaló de modo muy claro, que reiteramos, lo siguiente: “Otro argumento importante y urgente que quisiera someter a vuestra atención es el de la ley moral natural. Esta ley pertenece al gran patrimonio de la sabiduría humana, que la Revelación, con su luz, ha contribuido a purificar y desarrollar ulteriormente. La ley natural, accesible de por sí a toda criatura racional, indica las normas primeras y esenciales que regulan la vida moral. Basándose en esta ley, se puede construir una plataforma de valores compartidos, sobre los que se puede desarrollar un diálogo constructivo con todos los hombres y mujeres de buena voluntad y, más en general, con la sociedad secular. Como consecuencia de la crisis de la metafísica, en muchos ambientes ya no se reconoce el que haya una verdad grabada en el corazón de todo ser humano. Asistimos por una parte a la difusión entre los creyentes de una moral de carácter fideísta, y por otra parte, falta una referencia objetiva para las legislaciones que a menudo se basan solamente en el consenso social, haciendo cada vez más difícil el que se pueda llegar a un fundamento ético común a toda la humanidad” .41
Digamos que al Magisterio de la Iglesia le compete interpretar auténtica y legítimamente la ley natural, Magisterio cuya «misión es (por voluntad de Cristo) exponer y enseñar auténticamente la Verdad, que es Cristo, y, al mismo tiempo, declarar y confirmar con su autoridad los principios de orden moral que fluyen de la naturaleza humana». Como explica Paulo VI, «es incontrovertible... que Jesucristo, al comunicar a Pedro y a los Apóstoles su autoridad divina y al enviarlos a enseñar a todas las gentes sus mandamientos, los constituía en custodios e intérpretes auténticos de toda ley moral... también de la natural, expresión de la voluntad de Dios, cuyo cumplimiento fiel es igualmente necesario para salvarse» 42
Así, pues, la ley natural es un pilar básico de la moral y también de la moral cristiana.

“La ley moral natural no es exclusivamente o predominantemente confesional, aunque la Revelación cristiana y la realización del hombre en el misterio de Cristo la ilumine y desarrolle en plenitud su doctrina”, insistió Benedicto XVI
Esta ley está “fundada en la propia naturaleza humana y accesible a toda criatura racional”, y “constituye la base para entrar en diálogo con todos los hombres que buscan la verdad y, más en general, con la sociedad civil y secular”.
Por ello añadió que la fe cristiana “ofrece una contribución verdadera también en el ámbito ético-filosófico, no proporcionando soluciones preconstituídas a problemas concretos, como la investigación y la experimentación biomédica, sino proponiendo perspectivas morales fiables dentro de las cuales la razón humana puede buscar y encontrar soluciones válidas”.
“La Iglesia, al proponer valoraciones morales para la investigación biomédica sobre la vida humana, llama a la luz, tanto de la razón como de la fe”
, afirmó Benedicto XVI.43

Las realidades humanas son para muchos hombres de nuestro tiempo los únicos factores realmente decisivos: las coordenadas espacio-temporales del mundo sensible, las constantes físico-químicas, los dinamismos corpóreos, las pulsiones psíquicas y los condicionamientos sociales. “En este contexto, incluso los hechos morales, independientemente de su especificidad, son considerados a menudo como si fueran datos estadísticamente constatables, como comportamientos observables o explicables sólo con las categorías de los mecanismos psicosociales”.44

En la diversidad de las culturas, la ley natural une a los hombres entre sí, imponiendo principios comunes. Aunque su aplicación requiera adaptaciones a la multiplicidad de las condiciones de vida, según los lugares las épocas y las circunstancias, la ley natural es inmutable… Incluso cuando se llega a renegar de sus principios, no se la puede destruir ni arrancar del corazón del hombre. Resurge siempre en la vida de individuos y sociedades”.
La ley natural no puede ser cancelada por la maldad humana: es el fundamento moral indispensable para edificar la comunidad humanas y elaborar la ley civil…
45

Por sobre los condicionamientos siempre permanece la libertad del hombre para buscar y hacer el bien.

Debemos conquistar la libertad, liberándonos de los condicionamientos biológicos y sociales, convertirnos, por nuestro propio esfuerzo, en dueños de nosotros mismos, ser nosotros mismos un todo en la existencia y en la acción. 46

NOTAS
1 Ataliva Amengual
Chusmiza 1813. Las Condes.
Santiago. CHILE
Fono: 56-2-325 4045
Celular: 09 812 444 73
Fax: 56-2-356 5125
Mail: ataliva@vtr.net
Blog: www.ataliva.cl
Messenger: atalivaas@hotmail.com
Skype: Buscar usuario Skype

2 Cicerón. De republica III, 22, 33.

3 Benedicto XVI. EMOL. Lunes 11 de Enero de 2010 15:37.

4 Romanos 2,14.

5 Catecismo de la Iglesia Católica, nº 1954.

6 Comisión Teológica Internacional. CIUDAD DEL VATICANO, viernes 5 de diciembre de 2008 (ZENIT.org).

7 Benedicto XVI Decimoquinta reunión Plenaria de la Academia Pontificia de las Ciencias Sociales. Ciudad del Vaticano, lunes 4 de mayo de 2009 (ZENIT.org).

8 Pieper, Josef, “El descubrimiento de la realidad”, Madrid, 1974, Rialp, pág. 15.

9 Santo Tomás de Aquino, S.Th. 1-2, Q. 94, art. 2.

10 Santo Tomás, Suma Teológica, I-IIae, q. 94, a. 2, Respondo.

11Santo Tomás, Suma Teológica, I-II, Q. 95, a. 2 ad 3.

12Rom 1, 24-32.

13Conc. Vaticano I, Denz.Sch. 3005.

14Enc. Humani generis, Denz.Sch. 3876.

15Enciclopedia GER > Ficha GER. Ley VII. Teologia Moral. L. Ley Eterna y Ley Natural. http://www.canalsocial.net/GER/ficha_GER.asp?id=12096&cat=teologia.

16GAUDIUM ET SPES, nº 16

17Jacques Maritain, El hombre y el Estado, Fundación Humanismo y Democracia, p. 100-101.

18J. J. Maritain. Nove lezioni sulla legge naturale, Jaca Book, Milano 1985, pp. 133 y ss.

19J. J. Maritain . Quelques remarcs sur la loi naturelle, en Oeuvres completes,Editions Universitaires, Fribourg (Suisse), y Editions Saint-Paul, París, vol. X, pp. pp. 957-958.

20Idem, Quelques remarcs sur..., op. cit., p. 957.

21Suma teológica - Parte I-IIae , Q 94, a. 6 y Q. 95 y 96.

22S. Tomás De Malo, 815, 2.

23Gabriel Zanotti (Blog, Filosofía para mí). La ley natural: está de moda pero incomoda. Domingo,6de diciembre de 2009.

24Santo Tomás de Aquino, Suma Teológica 1-2, Q.90 y Daniel Alejandro Herrera. LEY NATURAL Y CONCIENCIA: CONOCIMIENTO Y RECONOCIMIENTO DEL ORDEN MORAL. http://www.uca.edu.ar/esp/sec-fderecho/subs-leynatural/esp/docs-articulos/pdf/herrera-06.pdf.

25Pío XII, Enc. Summi pontificatus, 20 oct. 1939: Denz.Sch. 3780.

26Juan Pablo II,Veritatis splendor, Nº4.

27Véase al respecto: La democracia y los católicos, en mi blog: www.ataliva.cl

28Joseph Ratzinger, Situación actual de la fe y la teología, en el Encuentro de presidentes de comisiones episcopales de América Latina para la doctrina de la fe, realizado en Guadalajara (México), del 6 al 10 de mayo de 1996.
29Concilio Vaticano II, Const. Lumen gentium, 16; cfr. Gaudium et spes, 22; Pío IX, Enc. Quanto conficiamur moerore, 10 ag. 1863, Denz.Sch. 2866.

30Congregación para la Doctrina de la Fe, el 6 de febrero de 2004.

31Ratzinger/Habermas, Entre razón y religión, FCE, 2008.

32Comisión Teológica Internacional. CIUDAD DEL VATICANO, viernes 5 de diciembre de 2008 (ZENIT.org).

33Congregación para la Doctrina de la Fe, el 6 de febrero de 2004.

34Compendio de la doctrina social de la Iglesia, nº 3.

35ompendio de la doctrina social de la Iglesia, nº 10.

36éase al respecto: Gabriel J. Zanotti. “CARITAS IN VERITATE”: INSTITUCIONES, ECONOMÍA, ÉTICA….Y CRISTIANISMO. Instituto Acton Argentina, 9 de Julio de 2009.

37Benedicto XVI, Caritas in veritate, nº 56

38Compendio de la doctrina social de la Iglesia, nº 75.

39Catecismo de la Iglesia Católica nº 2070.

40Catecismo de la Iglesia Católica nº 2080.

41Congregación para la Doctrina de la Fe, el 6 de febrero de 2004.

42Paulo VI, Humanae vitae, nº 4.

43Asamblea Plenaria de la Congregación para la Doctrina de la Fe Ciudad del Vaticano, viernes 15 de enero de 2010, ZENIT.org.

44Juan Pablo II,Veritatis Splendor, nº 46c.

45Compendio de la Doctrina social de la Iglesia, nº 141-42.

46Maritain, J.: “Du regime temporal et de la liberte”- París, 1933 p.35 y sgtes.

lunes, octubre 12, 2009

La democracia y los católicos

La democracia y los católicos

Ataliva Amengual 1


ÍNDICE
Abstract
Sociedad y política
El mundo moderno es plural
La particularidad de la democracia
Valores y madurez democrática
El desafío de la democracia y el pluralismo
Una paradoja para los católicos
Una sociedad democrática moralmente pluralista
El diálogo
Nuestra responsabilidad

AbstractEl autor comienza aceptando que lo que escribe es discutible, sólo intenta invitar a la reflexión.
Afirma que la política es la forma de sociedad más amplia.
Constata y analiza la pluralidad en el mundo.
Enseguida pasa examina la particularidad de la democracia y la relación entre valores y la madurez democrática.
A continuación pasa a considerar una paradoja para los católicos, como consecuencia de una sociedad democrática moralmente pluralista.
Prosigue acentuando la necesidad de diálogo en la vida sociopolítica.
Y finalmente señala nuestra responsabilidad como católicos en la vida social y política.

Sociedad y políticaEntre las distintas formas naturales de agrupación humana, la sociedad política es la más amplia.
La política debe perseguir la construcción del bien común de la sociedad.
El bien común de la sociedad, que la política aspira a realizar, se alcanza en la medida en que sus miembros vean promovidas las expectativas de alcanzar una vida cada vez más acorde con su dignidad de personas; no consiste sólo en procurar la satisfacción de algunas necesidades, sino también crear aquellas condiciones éticas que faciliten la plena realización del hombre.
Como enseña Hannah Arendt, la propia política tiene como base la pluralidad de los hombres 2. La tarea propia de la política es organizar las cosas, en común, en medio de las diferencias. La política trata de la convivencia entre los diferentes. El pluralismo, por tanto, no es una concesión del político, sino una condición de la propia humanidad.

El mundo moderno es plural
La pluralidad de opiniones no resulta de la limitación de la razón humana, sino que más bien es una efecto lógico de nuestra libertad personal 3 y de que la experiencia humana, por abundante que sea, no es capaz de satisfacer completamente la realidad.
Los problemas con los que nos enfrentamos tienen aspectos múltiples, y hay maneras diferentes de enfrentarlos.

La particularidad de la democracia diferentes
La democracia es una forma de organización de grupos de personas, cuya particularidad sobresaliente es que el sujeto del poder radica en la totalidad de sus miembros, dando lugar a que la toma de decisiones corresponda a la voluntad colectiva de los integrantes del grupo.
En sentido estricto la democracia es una, forma de gobierno, un modo de organización del Estado en el cual las decisiones sociales son adoptadas por el pueblo por medio de procedimientos de participación (directa o indirecta) que otorgan legitimidad a los representantes. En términos generales, podemos decir que, la democracia es un modo de organización social para que la multiplicidad de personas diferentes pueda convivir; en que todos los miembros, sin distinción, son libres e iguales y donde las relaciones sociales se establecen de acuerdo a procedimientos que crean vínculos jurídicos consensuados que fundan derechos y obligaciones.
La particularidad de la democracia consiste en que nos faculta para profesar nuestros modos de pensar, sentir, decidir, relacionarnos y actuar en coherencia con nuestros valores vitales. Cuando se acepta esta particularidad democrática entre los valores humanos, estamos reconociendo que el hombre es el supremo valor y que el ser humano no debe estar supeditado, ni al Estado, ni a instituciones o estructuras sociales que hagan de él un mero instrumento.
La particularidad de la democracia es que es un modo de ordenación 4 social que funda una visión de la vida social, visión que es criterio fundamental por la que adecuamos nuestras interacciones y actuaciones en el medio sociopolítico. Todo orden, sistema, organización o partido democrático, deben de estar orientados esencialmente al servicio del pueblo, que es el que le otorga el poder y la autoridad. En la democracia el ciudadano no es para las instituciones o estructuras, sino las estructuras para el bien común ciudadano.
Cuando la democracia se corrompe, se pone en primer lugar a las estructuras, a las organizaciones, a los partidos, a los candidatos y al gobierno.
Sólo respetando y cumpliendo con la particularidad de la democracia se logrará que ella resplandezca con toda su moralidad y legitimidad.
Una persona o una comunidad que se comprometa con esta particularidad de la democracia, sustentará el bien de la persona y de la sociedad, es decir, el bien común.

Valores y madurez democrática
Los valores democráticos, que acepta un individuo como propios en su vida, orientan su actividad en su modo de relacionarse socialmente y en la política.
Vivir los valores de la democracia lleva a la persona a la madurez democrática a través de la cual la persona manifiesta su interés por lo social y lo político. Estos valores se reflejan en el respeto por las personas, las instituciones y organizaciones que participan y colaboran en los procesos democráticos para el bien común de la sociedad.
La particularidad democrática, requiere en sí el compromiso de aquellos valores esenciales en una auténtica democracia, entre otros: la verdad 5 , la libertad 6 , la solidaridad 7 , el pluralismo, la tolerancia 8 y la justicia 9 . Valores cimentados en la excelencia y dignidad de la persona.
La vivencia de los valores lleva a la madurez democrática de la persona que proclama su vocación por lo social y lo político. Por el contrario, una persona sin valores denota inmadurez socio-política pues ha abandonado el bien común.
Una democracia sin valores expresa inmadurez socio-política y se expresa en el uso del engaño, la falsedad las calumnias, por los ofrecimientos populistas, por la prostitución del voto comprando la aceptación del pueblo y produciendo, finalmente, la desconfianza e incredulidad acerca de la democracia.

El desafío de la democracia y el pluralismoUn desafío es el que presenta la comprensión y la gestión del pluralismo y de las diferencias en todos los ámbitos: de pensamiento, de opción moral, de cultura, de adhesión religiosa, de filosofía del desarrollo humano y social…, porque en la historia se ha abierto una nueva época, que atañe al destino de la humanidad. 10 Observamos que hay tantas éticas y valores como grupos humanos.
En esta sociedad plural, el individuo está forzado a elegir. El pluralismo implica una pluralidad de visiones que transmiten las ideologías, la ciencia y la publicidad, entre otros agentes.
El pluralismo nos sitúa en una perspectiva relativista «… que caracteriza muchos aspectos de la cultura contemporánea. No falta quien considera este relativismo como una condición de la democracia ya que sólo él garantizaría la tolerancia, el respeto recíproco entre las personas y la adhesión a las decisiones de la mayoría, mientras que las normas morales, consideradas objetivas y vinculantes, llevarían al autoritarismo y a la intolerancia.» 11
La democracia necesita solucionar la cuestión de la pluralidad en la sociedad, es decir, la cuestión de cómo resolver la coexistencia de todas las cosmovisiones, en una sociedad democrática. Cómo arbitrar la relación que ha de guardar el Estado 12 con todas ellas, asegurando su neutralidad respecto a ellas, pero no su indiferencia; pues las considera a todas como consecuencia de una sana laicidad, que no de laicismo. Una democracia moderna es inseparable del pluralismo y de la neutralidad respecto a las múltiples cosmovisiones en que consiste la laicidad.
El pluralismo deriva de la propia condición humana y de la libertad de conciencia.13 El pluralismo, es una consecuencia de la libertad de la persona. El pluralismo no se opone a la existencia de sociedades ordenadas y estables, siempre que éstas sean sociedades tolerantes y donde se respete al otro, como alguien igualmente digno, libre y razonable, con capacidad de concebir y de juzgar. La cooperación y la confraternidad en la sociedad substituyen en las comunidades bien ordenadas, como son las democráticas, a la lógica del conflicto propio de las sociedades cerradas.
La pluralidad y la laicidad no pueden significar de ningún modo la renuncia a las propias convicciones. Uno puede respetar y defender el derecho de cada uno a seguir los dictados de su conciencia, pero otra cosa es abandonar la crítica de sus ideas, crítica que la persona libremente podrá aceptar o rechazar. Una verdadera democracia, puede nacer y crecer, solamente, si se basa en la igualdad de todos sus miembros, unidos en sus derechos y deberes.14

Hay que proteger el pluralismo y la laicidad de los extremos: el del monismo (creer que existe un único código moral, que debe imponerse a todos los ciudadanos porque es el verdadero) y el del relativismo (todo vale lo mismo)15 o el del monólogo moral (considerar que los distintos códigos morales son tan diferentes que no se puede establecer entre ellos un diálogo que permita coincidir en valores y principios compartidos). Debemos tener un equilibrio en nuestra manera de concebir para que no nos lleve a la falta de tolerancia hacia los otros y que la tolerancia hacia los otros no nos conduzca al todo vale lo mismo del relativismo o al escepticismo respecto al diálogo.
Si la vida social se fundamenta en simples consensos obtenidos democráticamente, debemos aceptar la decisión de la mayoría, puesto que la particularidad democrática garantiza la íntegra práctica de los derechos políticos, comprometiéndose al principio de la soberanía popular a través del sufragio universal, igual, secreto y obligatorio. Señalemos que la elección se fundamenta en el número. No son las razones, no los argumentos, no la verdad, no el orden ni el derecho; sólo el número.
Al aceptar la democracia nos arriesgamos a perder y nos obligamos a admitir el rechazo de principios y cuestiones morales objetivas.

Una paradoja para los católicos
Es imperioso confesar que la pluralidad y la exigencia del diálogo traen consigo varios retos para los católicos. El principal de ellos es reconocer a la otra persona, ver en ella a Cristo mismo, reconocerlo como nuestro prójimo, respetar su dignidad. No sólo tolerancia, el católico debe tener solidaridad. De acuerdo al mandamiento del amor, el católico debe promover el amor en la vida pública, en especial en la política.
Nuestra misión de fieles, en cuanto ciudadanos, es actuar en favor de un orden justo en la sociedad, es configurar rectamente la vida social, promoviendo organizada e institucionalmente el bien común, en cooperación con los otros ciudadanos.

Entonces si los católicos, como consecuencia de la realidad plural, debemos considerar no sólo la propia creencia sino también la ajena y aún la contraria estamos equiparando a la verdad con el error; eso es lo que debemos aceptar, si entramos en el sistema democrático. Estamos igualando acciones justas e injustas, como si fueran ambas posiciones igualmente admisibles.

Parece una paradoja, para los católicos, la necesidad existente en las sociedades laicas, pluralistas, de un razonamiento que justifique un mínimo acuerdo moral en lo político para intentar lograr un máximo de consenso político.
En la búsqueda del bien común los católicos, pues, nos encontramos con esta paradoja, con un problema aparentemente insuperable: ¿cómo aspirar a defender la verdad en un régimen al que le resulta neutral la verdad, o que la somete al parecer mayoritario? ¿Qué sucede cuando nuestras certezas más profundas se enfrentan con decisiones impuestas por consenso?
¿Cómo compatibilizar el catolicismo con la particularidad de la democracia?
Ante todo señalemos la obligación de los católicos de participar en las actividades sociales: “Se equivocan los católicos que, pretextando que no tenemos aquí ciudad permanente, pues buscamos la futura, consideran que pueden descuidar las tareas temporales, sin darse cuenta de que la propia fe es un motivo que les obliga al más perfecto cumplimiento de todas ellas, según la vocación personal de cada uno». Alégrense los fieles cacatólicos«de poder ejercer todas sus actividades temporales haciendo una síntesis vital del esfuerzo humano, familiar, profesional, científico o técnico, con los valores religiosos, bajo cuya altísima jerarquía todo coopera a la gloria de Dios».16 Más aún, deben participar en la actividad política 17 y hacerlo con respeto y amor con quienes sienten u obran de modo distinto al nuestro en materia social, política e incluso religiosa.
Entre los católicos que participan de la vida social se pueden encontrar, quizá, grupos que viven ignorando la pluralidad de la sociedad, que la conciben de modo monista, absolutista. Mientras que hay otros sectores donde el tema religioso no se debe tocar socialmente, lo religioso es sólo un asunto privado, de suerte que el creyente debe de autocensurarse si no quiere ser proscrito de la vida social. También existen los que aceptan y promueven una ciudadanía compleja; ciudadanía compleja que no desprecia las diferencias, entre ellas, las que manifiestan conflictos con la religión, sino que las acoge: El católico debe reconocer la legítima pluralidad de opiniones temporales discrepantes y debe respetar a los ciudadanos que, aun agrupados, defienden lealmente su manera de ver. 19

El respeto de la libertad personal, en la democracia exige la ciudadanía compleja.
“Católico” significa etimológicamente “universal”: esta expresión alude a la unidad compleja fundamentada en la comunicación de las diferencias, la unidad en la multiplicidad.
La Iglesia nos orienta a nosotros los católicos acerca de cómo cumplir nuestra misión cuando nos dice: escrutar a fondo los signos de la época e interpretarlos a la luz del Evangelio, responder a los perennes interrogantes de la humanidad sobre el sentido de la vida presente y de la vida futura y sobre la mutua relación de ambas y para ello conocer y comprender el mundo en que vivimos, un mundo caracterizado por cambios profundos y acelerados, que sobrevienen sobre el hombre, sobre sus juicios y deseos individuales y colectivos, sobre sus modos de pensar y sobre su comportamiento para con las realidades y los hombres con quienes convive. 20
La Iglesia Católica propone su doctrina social como un diálogo 21 con todos aquellos que buscan sinceramente el bien del hombre 22 y la transformación de las relaciones sociales, que no están establecidas de una vez por todas, sino que están en continuo desarrollo en sus determinaciones concretas.23 Es, al parecer, inimaginable la política sin alguna clase de divergencias. Dichas divergencias manifiestan la existencia de conflictos específicos. En toda sociedad existen conflictos.. La democracia exige que los conflictos que surjan sean sometidos a reglas comunes originadas y aceptadas por el diálogo constructivo 25 y renunciando a la violencia. La violencia frena el desarrollo auténtico e impide la evolución de los pueblos hacia un mayor bienestar socioeconómico y espiritual. 26
Para los católicos hay valores fundamentales que son absolutos: la dignidad de las persona, el respeto y la defensa de la vida humana desde su concepción hasta su fin natural, la familia fundada en el matrimonio entre hombre y mujer, la libertad de educación de los hijos y la promoción del bien común en todas sus formas. Todos estos valores que el católico acepta y propone son criterios para tomar decisiones políticas.
Subrayemos, nuevamente, que la norma fundamental del sistema democrático no es la Verdad, sino el número, la mayoría. El sistema democrático faculta que un acuerdo mayoritario, aunque injusto e inmoral, se convierta en ley. En consecuencia un partido político, que adopte la doctrina social de la Iglesia o un católico que vote en contra de esa decisión inmoral, no tendrá ningún efecto frente a una mayoría que no la acate porque la oposición del católico a la propuesta inmoral es condicionada al principio democrático de la mayoría, de la legalidad, aunque ilegítima.
Más aún, podemos advertir que ningún partido político está dispuesto a mantener íntegramente todos los preceptos contenidos en la concepción del catolicismo. Ningún partido político, si acepta la democracia, por más católico que sea, puede defender integralmente estas verdades absolutas.
Si los católicos pretendemos imponer políticamente nuestros valores absolutos dentro del mismo sistema democrático, terminamos consolidando la legalidad injusta que permite negarlos. Cuando fracasemos en una elección, estaremos forzados por el principio democrático a aceptar como legal la postura de los contrarios. De nada servirá que invoquemos al derecho natural, o los principios no negociables, en un sistema que se desentiende por norma de la verdad y del bien objetivos. 27
La manera de entender la ciudadanía democrática, el pluralismo y la tolerancia hacia las otras personas significa, para los católicos, ser capaces de colaborar políticamente, y supone la decisión de reconocer la legitimidad de las decisiones y procedimientos democráticos, incluso, cuando impliquen la negación de las propias convicciones fundamentales acerca del bien. Los católicos debemos, por consecuencia, apoyar como legítimas las instituciones políticas incluso cuando, en casos definidos, originen decisiones que reconozcamos profundamente injustas por afectar valores morales esenciales o por ser corruptoras del bien común. Se trata de cooperar aunque estemos en oposición, incluso cuando ese conflicto sea profundo y supone la decisión de anular esas decisiones o reformar esas instituciones exclusivamente con procedimientos legales, democráticos, intentando convencer a los otros ciudadanos de la razonabilidad de nuestros requerimientos, con lo cual, fortalecemos la legitimidad de las instituciones democráticas. Lo anterior supone para los católicos avalar la importancia y la exigencia de un entendimiento compartido sobre los valores morales mínimos y fundamentales sobre los que se puede establecer la vida social democrática.
Es común que los países democráticos proclamen oficialmente que están permitidas todas las ideologías políticas que no violen su Constitución, y que tales ideologías pueden estar representadas por los partidos políticos los cuales deben competir en elecciones libres para conquistar el voto del pueblo. Y en la vida social democrática las personas también pueden optar por distintas concepciones morales, que en su diversidad deben ser respetadas por todos, siempre que no quebranten la Constitución. Es decir, que en las sociedades democráticas junto al pluralismo político existe un pluralismo moral.28
Compartir y sostener valores morales mínimos fundamentales en la vida política, en una sociedad democrática, plural en sus ideologías o concepciones globales del mundo, y laicas en su organización estatal, es algo, para el católico, no sólo no inconveniente, sino necesario.

Una sociedaddemocrática moralmente pluralistaUna sociedad democrática moralmente pluralista es aquella en la que conviven distintos propósitos máximos, distintas opciones para la vida, y cuya subsistencia como sociedad permanece porque las personas comparten propósitos mínimos, de los que no pueden descender sin caer bajo los límites de humanidad. Se trata de tomar parte en unos mínimos y respetar activamente y promover unos máximos para convivir.
El pluralismo moral se produce en las sociedades democráticas en las que conviven distintos códigos morales.
Una sociedad pluralista puede basarse meramente en la coexistencia de distintas éticas de máximos que pactan no agredirse, o bien fundamentarse en la convivencia, e incluso en la edificación conjunta de la vida común, que exige respeto activo recíproco, y no sólo tolerancia pasiva.
Esta base común compartida es la ética política, porque es la ética de las personas como ciudadanas, como miembros de una comunidad política.
Una democracia moderna es inseparable del pluralismo y de la neutralidad religiosa en que consiste la laicidad.

El pluralismo deriva fundamentalmente de la propia naturaleza humana y de la libertad de conciencia 29 .
El pluralismo, una consecuencia del libre juego de la razón humana, no es obstáculo para la existencia de sociedades ordenadas y estables, siempre que sean sociedades tolerantes y donde se reconozca al otro, como un ser igualmente digno, libre y razonable, capaz de pensar y de creer. La cooperación social y la amistad cívica como se dan en las sociedades democráticas, bien ordenadas, reemplazan, al conflictoy a la dialéctica de lucha propios de las sociedades cerradas.
El principio pluralista construye una síntesis entre la diversidad y la igualdad que sólo puede ser realizada por la aplicación de la política del bien común.
La aceptación política del pluralismo es necesaria y plenamente capaz para proporcionar una plataforma común para la cooperación de los ciudadanos en condiciones de pluralismo moral.
En el marco de la laicidad y del pluralismo es posible integrar las creencias religiosas y las pretensiones de verdad metafísica con un modo democrático, de entender la vida política.
El Credo de los católicos de carácter sobrenaturalmente revelado, no excluye la concepción de la ley natural que podemos conocer por la razón 30 y que posee en sí misma una dimensión política y secular, esto es, puramente racional enraizada en la verdad metafísica acerca del hombre.
Sin la razón la fe fracasa; sin la fe, la razón corre el riesgo de atrofiarse. 31

La respuesta a la posibilidad de conocer, compartir y mantener esos valores morales mínimos fundamentales, en nuestras sociedades, la da el magisterio de Benedicto XVI, por ejemplo, en sus Discursos de Aparecida32 y de Rastibona33 , puesto que tales valores son plenamente accesibles a la razón humana integral, es decir, abierta a Dios.
El fundamento de una auténtica democracia nos dice Juan Pablo II está «Sólo en la obediencia a las normas morales universales el hombre halla plena confirmación de su unicidad como persona y la posibilidad de un verdadero crecimiento moral. Precisamente por esto, dicho servicio está dirigido a todos los hombres; no sólo a los individuos, sino también a la comunidad, a la sociedad como tal. En efecto, estas normas constituyen el fundamento inquebrantable y la sólida garantía de una justa y pacífica convivencia humana, y por tanto de una verdadera democracia, que puede nacer y crecer solamente si se basa en la igualdad de todos sus miembros, unidos en sus derechos y deberes. Ante las normas morales que prohíben el mal intrínseco no hay privilegios ni excepciones para nadie. No hay ninguna diferencia entre ser el dueño del mundo o el último de los ‘miserables’ de la tierra: ante las exigencias morales somos todos absolutamente iguales34

El diálogo
Es posible avanzar hacia una convivencia, más cooperativa, más humanizadora, entre las personas, a pesar de las diferencias en cuanto a creencias y particularidades éticas, cuando se da la pluralidad en el diálogo racional. Éste emerge ya no solamente como un deber ético, sino como una verdadera necesidad para poder llegar a acuerdos comunes con quienes no comparten nuestra forma de pensar.

En efecto, es siempre el Espíritu quien actúa, ya sea cuando vivifica la Iglesia y la impulsa a anunciar a Cristo, ya sea cuando siembra y desarrolla sus dones en todos los hombres y pueblos, guiando a la Iglesia a descubrirlos, promoverlos y recibirlos mediante el diálogo.35

En el diálogo se auscultan asuntos complejos y difíciles desde muchos aspectos. La sociedad debe explicitar sus supuestos, comunicarlos libremente. El resultado es una exploración libre que permite hacer aflorar la experiencia y el pensamiento de la sociedad. El diálogo se justifica en la intención de descubrir mutuamente nuestro pensamiento y comunicarlo a los demás.
En el diálogo la sociedad tiene la ocasión de aprender a observarse.
A través del diálogo los ciudadanos pueden ayudarse mutuamente a captar las diferencias de los propios pensamientos, y a ir al encuentro del pensamiento común, compartido socialmente, perfeccionándolo. No se trata solamente de buscar un ideal abstracto de coherencia. Todos los ciudadanos deberíamos trabajar juntos para volvernos sensibles a todas las formas posibles de unidad en la multiplicidad social.
Para que se dé el diálogo deberíamos escuchar al otro y después comunicarle racionalmente nuestra perspectiva, reconociéndonos como partícipes de la misma sociedad a la cual pertenecemos.
En un diálogo se pueden explorar asuntos dificultosos, en él se busca una comprensión más compleja, que proporcione el acuerdo social, en los problemáticos asuntos sociales.
Para que exista un verdadero diálogo, no basta que las personas hablen, expongan sus ideas y las discutan. Esto puede ser hasta engañosamente llamado “diálogo”. Para que sea verdadero debe existir un pre-juicio, un único pre-juicio: creer que siempre lo que el otro aporta me va a enriquecer. Que las actitudes y valores del otro, su sinceridad, sus ideas, su riqueza personal, sus experiencias de vida, me darán un aporte que me va a enriquecer y a abrir una cercanía a su mundo. El diálogo requiere, por eso, una disciplina. 36
Los católicos debemos en medio del mundo, dialogar con el mundo como cristianos, entrar así en la "razón pública", y encontrar allí, sí, un "cristianismo en común con el no cristiano". 37
Es necesario señalar que sólo desde la identidad propia es posible dialogar con quienes no piensan como uno. Se debe respetar y defender el derecho a seguir los dictados de la conciencia de cada uno, pero otra cosa es renunciar a la crítica de sus ideas, crítica que la persona aceptará o rechazará libremente.
El católico trata de dialogar no para hacer retroceder, la laicidad, el proceso de secularización y transitar hacia la segregación de los no católicos, sino exactamente al contrario: para mantener y, si es necesario, defenderlos integrándolos a la cultura política secular basada en los derechos humanos y en las libertades políticas fundamentales, pero sin negar el Credo católico que las incluye y, asimismo, sin dejar de señalar que este mundo moderno secular es consecuencia de la índole civilizadora del cristianismo.
Hay que abandonar las vacilaciones y tener seguridad en lo que se afirma, es como se puede ser interlocutor válido con la contraparte. La política requiere superar el escepticismo pragmático y responder a las preguntas ciudadanas. Esto no puede hacerse sin un prudente y sincero diálogo.
El católico debe luchar por su identidad, …para que el diálogo pueda ser verdaderamente constructivo, además de la apertura a los interlocutores, es necesaria la fidelidad a la identidad de la fe católica 39para que su propia visión pueda ser considerada tan valiosa como cualquier otra en la edificación de las estructuras políticas, en la formulación de las decisiones de las que depende el desarrollo y, en consecuencia, la paz.
Afirmamos que para que el diálogo sea eficaz tenemos que ver en él sólo un instrumento y no un fin, hay que renunciar a la idea de que únicamente renunciando a dar testimonio de la propia identidad se puede alcanzar la paz y el respeto del otro.
Los seres humanos mediante el diálogo abierto, el examen sereno y la contrastación con la experiencia, podemos y debemos cooperar en el quehacer público por el bien común de las personas y la sociedad.
El diálogo, si se realiza con voluntad decidida, y si busca descubrir realmente lo que se comparte proporciona, poco a poco, principios y valores comunes. El diálogo, es el factor por excelencia que ha permitido a las democracias consolidarse como sociedades más humanas.

Nuestra responsabilidad 40
Si cada católico debe asumir una responsabilidad activa en materia política, ello significa para él una serie de deberes ineludibles.
El primero de estos es formarse. Se trata, sin duda, de la formación general como persona y como católico, pero más en particular, en vinculación con nuestras responsabilidades políticas, es preciso lograr una respuesta coherente a los desafíos de nuestro tiempo a la luz del Evangelio y de la enseñanza social de la Iglesia.41

El segundo de estos deberes es informarse de modo veraz y oportuno.42 Sin adecuada información resulta imposible conocer la realidad social, las necesidades que ella plantea, y muchos menos concebir las propuestas más adecuadas para el desarrollo justo de la sociedad. Como católicos tenemos la responsabilidad de analizar críticamente la realidad en la cual vivimos. A través de la información y de su análisis crítico podemos conocer los problemas y buscar alternativas de solución adecuadas.43

El tercero es el derecho-deber de cada católico es de participar en la vida social y política44 según su personal vocación. Una primera forma de participar es a través de las organizaciones y movimientos sociales. Ellos pueden ejercer una presión real sobre los gobernantes para que tomen las decisiones en función del bien común y fiscalizando sus actuaciones. Y una segunda forma de participación, y más eficaz, es militando en un partido político.45

Respondiendo de este modo los católicos cooperaremos para construir la democracia sobre la idea del bien común, como condición de posibilidad de una sociedad en la que todos podamos vivir en justicia y paz siguiendo el deseo expreso del Papa Benedicto XVI al publicar “Caritas in veritate” (Caridad en la verdad) que este documento “ayude a la humanidad a sentirse una única familia comprometida en realizar un mundo de justicia y de paz”. 46

NOTAS

1 Ataliva Amengual
Chusmiza 1813. Las Condes.
Santiago. CHILE
Fono: 56-2-325 4045
Celular: 09 812 444 73
Fax: 56-2-356 5125
Mail: ataliva@vtr.net
Blog: www.ataliva.cl
Messenger: atalivaas@hotmail.com
Skype: Buscar usuario Skype

2 Hannah Arendt, O que é política?, Rio de Janeiro: Bertrand Brasil, 1999, 2 ed. p. 21

3 Véase al respecto: Gabriel Zanotti.. PERSONA HUMANA Y LIBERTAD. www.hacer.org/pdf/Zanotti03.pdf

4 Juan Pablo II.Evangelium vitae 70d… es un ‘ordenamiento’ y, como tal, un instrumento y no un fin. Su carácter ‘moral’ no es automático, sino que depende de su conformidad con la ley moral a la que, como cualquier otro comportamiento humano, debe someterse; esto es, depende de la moralidad de los fines que persigue y de los medios de que se sirve.

5 Mirar en nuestro blog www.ataliva.cl nuestro trabajo EDUCACIÓN Y VALORES 1. LA VERDAD.

6 Fijarse en nuestro blog www.ataliva.cl nuestro trabajo EDUCACIÓN Y VALORES 3. LA LIBERTAD 1ª parte y 2ª parte

7 Ver en nuestro blog www.ataliva.cl nuestro trabajo FRATERNIDAD Y SOLIDARIDAD

8 Sugerimos ver en nuestro blog www.ataliva.cl el siguiente: ENSAYO DE REFLEXIÓN SOBRE EL RELATIVISMO, LA TOLERANCIA Y EL PLURALISMO.

9 Sobre este tema invitamos ver en nuestro blog www.ataliva.cl: LA JUSTICIA SOCIAL y JUSTICIA Y SOLIDARIDAD.

10 Compendio de la doctrina social de la Iglesia. Nº 16

11 Juan Pablo II Evangelium vitae 70ª

12 Benedicto XVI. VATICANO, 02 Oct. 09 / 02:14 pm (ACI). "es necesario que exista una distinción justa entre Iglesia y Estado, sin separar a la Iglesia de la vida social y cultural". http://www.aciprensa.com/noticia.php?n=27057

13 Esta libertad concreta encuentra su fundamento en la naturaleza misma del hombre de quien es propio el ser libre, y, ¬según los términos de la Declaración del Concilio Vaticano II¬ esta libertad permanece "también en aquellos que no cumplen la obligación de buscar la verdad y adherirse a ella; y no puede impedirse su ejercicio con tal de que se respete el justo orden público" (Dignitatis humanae, 2 ). LA LIBERTAD DE CONCIENCIA Y DE RELIGIÓN. 1/9/1980. Documento de la Santa Sede, enviado por el Papa Juan Pablo II a los Jefes de Estado de los países firmantes del Acta Final de Helsinki, en vísperas de la Reunión de Madrid sobre Seguridad y Cooperación en Europa.

14 Juan Pablo II. Veritatis splendor, 96b

15 Juan Pablo II Evangelium vitae 70ª

16 Gaudium et spes Nº 43

17 Juan Pablo II. Christifideles laici Nº 42

18 Gaudium et Spes, nº 28

19 Gaudium et spes Nº 75. Es perfectamente conforme con la naturaleza humana que se constituyan estructuras político-jurídicas que ofrezcan a todos los ciudadanos, sin discriminación alguna y con perfección creciente, posibilidades efectivas de tomar parte libre y activamente en la fijación de los fundamentos jurídicos de la comunidad política, en el gobierno de la cosa pública, en la determinación de los campos de acción y de los metas de las diferentes instituciones y en la elección de los gobernantes. Recuerden, por tanto, todos los ciudadanos el derecho y al mismo tiempo el deber que tienen de votar con libertad para promover el bien común. La Iglesia alaba y estima la labor de quienes, al servicio del hombre, se consagran al bien de la cosa pública y aceptan las cargas de este oficio. Los católicos todos deben tener conciencia de la vocación particular y propia que tienen en la comunidad política; en virtud de esta vocación están obligados a dar ejemplo de sentido de responsabilidad y de servicio al bien común, así demostrarán también con los hechos cómo pueden armonizarse la autoridad y la libertad, la iniciativa personal y la necesaria solidaridad del cuerpo social, las ventajas de la unidad combinada con la provechosa diversidad. El católico debe reconocer la legítima pluralidad de opiniones temporales discrepantes y debe respetar a los ciudadanos que, aun agrupados, defienden lealmente su manera de ver. Los partidos políticos deben promover todo lo que a su juicio exige el bien común; nunca, sin embargo, está permitido anteponer intereses propios al bien común.

20 Gaudium et spes, nº 4

21 Compendio de la doctrina social de la Iglesia, 534

22 Ibid. 10

23 Ibid. 53

24 Ibid. 445

25 Ibid. 438 y “En nombre de Dios, el Papa pide a todos renunciar al instrumento de la violencia que causa tantos sufrimientos y de emprender el camino de la paz”. Al mismo tiempo, el Pontífice pide a la comunidad cristiana de Paquistán que no renuncie a sus propios esfuerzos “para ayudar a construir una sociedad en la que un profundo sentido de confianza en los valores humanos y religiosos “se caracterice por el mutuo respeto de todos sus miembros”. Telegrama del Papa a Pakistán. 04-08-09. Benedicto XVI exhorta a renunciar a la violencia y a emprender el camino de la paz en Pakistán. http://www.cope.es/religion/04-08-09--benedicto-xvi-exhorta-renunciar-violencia-emprender-camino-paz-pakistan-73759-1

26 Benedicto XVI. Caritas in veritati, nº 29

27 JUAN PABLO II, Carta Encíclica Evangelium vitae, 73. “… del caso en que no fuera posible evitar o abrogar completamente una ley injusta en vigor o que está por ser sometida a votación, que este parlamentario, cuya absoluta oposición personal a dicha ley es clara y notoria a todos, pueda lícitamente ofrecer su apoyo a propuestas encaminadas a limitar los daños de esa ley y disminuir así los efectos negativos en el ámbito de la cultura y de la moralidad pública. Obrando de este modo no se presta una colaboración ilícita a una ley injusta; antes bien, se realiza un intento legítimo y obligado de limitar sus aspectos inicuos”.

28 Gaudium et spes Nº 75. Es perfectamente conforme con la naturaleza humana que se constituyan estructuras político-jurídicas que ofrezcan a todos los ciudadanos, sin discriminación alguna y con perfección creciente, posibilidades efectivas de tomar parte libre y activamente en la fijación de los fundamentos jurídicos de la comunidad política, en el gobierno de la cosa pública, en la determinación de los campos de acción y de los metas de las diferentes instituciones y en la elección de los gobernantes. Recuerden, por tanto, todos los ciudadanos el derecho y al mismo tiempo el deber que tienen de votar con libertad para promover el bien común. La Iglesia alaba y estima la labor de quienes, al servicio del hombre, se consagran al bien de la cosa pública y aceptan las cargas de este oficio. Los católicos todos deben tener conciencia de la vocación particular y propia que tienen en la comunidad política; en virtud de esta vocación están obligados a dar ejemplo de sentido de responsabilidad y de servicio al bien común, así demostrarán también con los hechos cómo pueden armonizarse la autoridad y la libertad, la iniciativa personal y la necesaria solidaridad del cuerpo social, las ventajas de la unidad combinada con la provechosa diversidad. El católico debe reconocer la legítima pluralidad de opiniones temporales discrepantes y debe respetar a los ciudadanos que, aun agrupados, defienden lealmente su manera de ver. Los partidos políticos deben promover todo lo que a su juicio exige el bien común; nunca, sin embargo, está permitido anteponer intereses propios al bien común.

29 León XIII, Libertas praestantissimum: AL 8,237-238 (Roma 1888). Juan XXIII. Mater et magistra AAS 53 (1961) 430. Conciclio Vaticano II. Declar. Dignitatis humamae ,sobre la libertad religiosa, 2

30 Juan Pablo II. Fides et Ratio. 14 de septiembre de 1998. Recomendamos encarecidamente esta Encícclica de la cual extractamos los siguientes párrafos: La fe y la razón (Fides et ratio) son como las dos alas con las cuales el espíritu humano se eleva hacia la contemplación de la verdad; La Iglesia, por su parte, aprecia el esfuerzo de la razón por alcanzar los objetivos que hagan cada vez más digna la existencia personal. Ibid. nº 5;… además del conocimiento propio de la razón humana, capaz por su naturaleza de llegar hasta el Creador, existe un conocimiento que es peculiar de la fe. Ibid. nº 8; El Concilio Vaticano I enseña, pues, que la verdad alcanzada a través de la reflexión filosófica y la verdad que proviene de la Revelación no se confunden, ni una hace superflua la otra. Ibid. Nº 9; No hay, pues, motivo de competitividad alguna entre la razón y la fe: una está dentro de la otra, y cada una tiene su propio espacio de realización. Ibid. nº 17

31 Conferencia del CARDENAL JOSEPH RATZINGER. Congreso "JUAN PABLO II: 25 años de Pontificado. “La Iglesia al servicio del hombre”. Las catorce Encíclicas del Santo Padre Juan Pablo II. Pontificia Universidad Lateranense. (ROMA, 8-10 de mayo). http://www.vatican.va/roman_curia/congregations/cfaith/documents/rc_con_cfaith_doc_20030509_ratzinger-simposio_laterano_sp.html

32 “Las estructuras justas son, como he dicho, una condición indispensable para una sociedad justa, pero no nacen ni funcionan sin un consenso moral de la sociedad sobre los valores fundamentales y sobre la necesidad de vivir estos valores con las necesarias renuncias, inclusocontra el interés personal.”
Benedicto XVI. Discurso inaugural. Aparecida

33 Benedicto XVI. “En el diálogo de las culturas invitamos a nuestros interlocutores a este gran logos, a esta amplitud de la razón”. Discurso de Rastibona, 12 de Septiembre de 2006, http://www.zenit.org/article-20352?l=spanish

34 Juan Pablo II, Veritatis splendor, 96b

35 Juan Pablo II Redemptoris missio, nº 29

36 Mons. Manuel Donoso D. La Patria, una misión por cumplir La Serena. Chile, 18/09/2004. http://documentos.iglesia.cl/conf/documentos_sini.ficha.php?mod=documentos_sini&id=2113&sw_volver=yes&descripcion=

37 Gabriel Zanotti. Instituciones, economía, ética y... cristianismo, Nuestra conclusión. http://iglesia.libertaddigital.com/instituciones-economia-etica-y-cristianismo-1276236803.html

38 Juan Pablo II. Centesimus anuus, nº 21

39 CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE. ARTÍCULO DE COMENTARIO a las Respuestas a algunas preguntas
acerca de ciertos aspectos de la doctrina sobre la Iglesia. http://www.vatican.va/roman_curia/congregations/cfaith/documents/rc_con_cfaith_doc_20070629_commento-responsa_sp.html

40 Hemos copiado varios párrafos de la Guía del Evangelizador de El caminante: http://www.elcaminante.org/PSGM/Mision03/M03T8.htm

41 Aparecida págs. 36 ss.

42 Catecismo de la Iglesia Católica nº 1783

43 Gaudium et spes, nº 4

44 “No cabe duda que debe ser reprobado el abstencionismo absoluto, en cuanto que la participación en la política constituye para los fieles, en el sentido ya expuesto, un deber verdadero y propio, fundado en la justicia legal y en la caridad” (Carta de S. E. el Cardenal Pacelli) http://www.ssanrafael.cl/descargas/alberto_hurtado/accion%20catolica%20y%20politica.doc y

45 CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE. NOTA DOCTRINAL sobre algunas cuestiones relativas al compromiso y la conducta de los católicos en la vida política Nº 3. http://www.vatican.va/roman_curia/congregations/cfaith/documents/rc_con_cfaith_doc_20021124_politica_sp.html
CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE. NOTA DOCTRINAL sobre algunas cuestiones relativas al compromiso y la conducta de los católicos en la vida política Nº 3 y JUAN PABLO II, Exhortación Apostólica Christifideles laici, n. 42, AAS 81 (1989) 393-521. Esta nota doctrinal se refiere obviamente al compromiso político de los fieles laicos. Los Pastores tienen el derecho y el deber de proponer los principios morales también en el orden social; «sin embargo, la participación activa en los partidos políticos está reservada a los laicos» (JUAN PABLO II, Exhortación Apostólica Christifideles laici, n. 69). Cfr. Ver también CONGREGACIÓN PARA EL CLERO, Directorio para el ministerio y la vida de los presbíteros, 31-I-1994, n. 33.

46 El Papa espera que nueva encíclica ayude a construir un mundo de justicia y paz. VATICANO, 08 Jul. 09 / 09:32 am (ACI). http://mariooweb.wordpress.com/2009/07/09/nueva-enciclica-ayudara-a-construir-un-mundo-de-justicia-y-paz/

martes, mayo 26, 2009

MORALIDAD, DERECHOS Y OBLIGACIONES.

MORALIDAD, DERECHOS Y OBLIGACIONES.Ataliva Amengual 1

ÍNDICEIntroducción
Fundamento racional de la moral
Ética y moral
Relación entre moral y ley
Legalidad y legitimidad
Derechos y obligaciones

ABSTRACActualmente se puede observar que predomina, casi sin contrapeso, el respeto por los derechos humanos, sin embargo, no se acostumbra a mencionar, y menos a enfatizar, que a todo derecho corresponde una obligación.

La Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 afirma “Todos los seres humanos (...), dotados como están de razón y de conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”. Y el deber de fraternidad exige justicia y solidaridad.

Los derechos básicos o fundamentales de la Declaración de 1948 cuando se traducen al derecho positivo pueden interpretarse con ordenamientos disímiles en concordancia con las diferentes tradiciones jurídicas de los diferentes países. Lo que tiene consecuencias, pues esa diversidad de códigos positivo pueden cuestionar lo esencial, lo innato de los derechos básicos, derechos que preceden a la ley positiva.
La ley positiva tolera que venza el más fuerte. Así, la Declaración es anulada, cambiándose por un documento de derecho puramente positivo, que ha de ser aceptado por todos las estados que se adhieran al nuevo texto.

La persona humana por su naturaleza está obligada a realizar acciones esencialmente compatibles con su dignidad y de este modo, ejercer adecuadamente su libertad, cuyo fin radica en su orientación a la verdad y al bien.
Es oportuno subrayar la relación de la naturaleza humana con la conciencia, de la libertad con la ley moral. Cuando la conciencia y la ley moral se obnubilan o se niegan, afectan la relación de dependencia de la libertad con respecto a la verdad; puesto que la libertad depende fundamentalmente de la verdad.
Es muy adecuado señalar que esta decadencia de moral se vincula a una declinación de la razón.
La búsqueda de la razón ya no es la búsqueda de la verdades últimas, sino que se limita la búsqueda de la verdad teórico empírica que nos develen las leyes contingentes de la naturaleza.
Es necesario señalar que el razonamiento no crea la verdad, sino que la descubre. En su búsqueda la razón tiene que actuar con plena autonomía y apreciando las contribuciones de la tradición del pensamiento.

Los derechos humanos deben implicar una concepción de la persona como creatura.
El reconocimiento de una ley moral objetiva que, en cuanto « ley natural » inscrita en el corazón del hombre, es punto de referencia normativa de la misma ley civil. La autonomía de la razón no puede significar la creación, por parte de la misma razón de los valores y de las normas morales.

Al haber perdido la coincidencia en un mismo contenido moral para todos nos dirige al relativismo moral.

En la cultura democrática de nuestro tiempo, se ha propagado extensamente la opinión que el ordenamiento jurídico y legal debería regirse por la ley de la mayoría, quien determinaría lo que es moral. Del no reconocimiento de una moral objetiva se sigue la autonomía de cada conciencia individual y como consecuencia al lesgislar habría que aplicar la ley de la mayoría.
La responsabilidad de la persona se delega a la ley civil, abdicando de la propia conciencia moral al menos en el ámbito de la acción pública.
Es una tesis asentada del positivismo jurídico que la legitimidad de un orden jurídico no depende de su conformidad con una moral objetiva aceptada, sino que a una ley subjetiva. Los autores que consideran a los derechos subjetivos como la base del ordenamiento jurídico enfatizan la primacía del consenso entre los individuos como fuente de legitimidad.

Es necesario señalar que las tesis corrientes no positivistas, desde los iusnaturalismos hasta las corrientes críticas marxistas, afirman que la mera instauración subjetiva de un orden jurídico no justifica ni explica suficientemente la legitimidad, esto es, el carácter obligatorio, de sus normas.
Para el iusnatutalismo se exige la objetividad del derecho que es lo contrario de un derecho subjetivo, es una obligación. Todo derecho supone para una o más personas una obligación de respetarlo, ya sea de forma activa (obligación de hacer) o pasiva (obligación de no hacer).
Los que se inscriben en el derecho objetivo no admiten que las instituciones se fundamenten en el libre albedrío de las personas que participan en ellas.

El concepto de persona (sujeto social), distinto del concepto de individuo, es el fundamento racional de la moral. De lo que se sigue que no puede haber una doble moral, una para el individuo y otra para la acción social.

Nosotros pensamos que para el avance de una sana democracia, se precisa descubrir de nuevo la objetividad de los valores humanos y morales que emanan de la verdad misma del ser humano y de su dignidad de persona.
El derecho no puede asentarse en la pura fuerza, en la pura política, pues dejaría de ser derecho, tiene que ser razonable. Y lo que le da significado al derecho son esos valores asentados en el principio de la dignidad de la persona humana.

La moral funda los derechos y obligaciones. Los derechos imponen obligaciones correspondientes.
La moral se establece por la razón, es universal y expresa la dignidad de las personas y define el fundamento de sus derechos y obligaciones.
La ley moral no sólo es compatible, sino que presupone la libertad, que induce y guía al hombre a la consecución de su fin. La libertad humana reclama un ámbito de autonomía; su condición de creatura implica una dependencia, y por tanto una heteronomía.

Para que se pueda tener una convivencia social respetuosa de la dignidad humana, es indispensable unir la defensa de los derechos humanos a la promoción de los deberes.

INTRODUCCIÓN
Actualmente se puede observar que predomina, casi sin contrapeso, el respeto por los derechos humanos, sin embargo, no se acostumbra mencionar y menos a enfatizar que a todo derecho, corresponde una obligación, y que los derechos humanos, no están exentos de obligaciones correspondientes a la naturaleza humana.
La afirmación de los derechos sin sus correspondientes obligaciones comporta una concepción individualista. 2

FUNDAMENTO RACIONAL DE LA MORAL

El hombre existe para buscar no sólo su propio bien sino el de los demás. Todos tenemos el deber de respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios.

La Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 no sólo habla de que los hombres son nacidos todos “libres e iguales en dignidad y derechos” y de “los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana”. También habla de cierto deber cuyo cumplimiento atañe a quienes hacen parte de esa familia. En su artículo 1º leemos: “Todos los seres humanos (...), dotados como están de razón y de conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”. Y el deber de fraternidad exige justicia y solidaridad.3

La Declaración mencionada establece que la justicia tiene como base el reconocimiento de la dignidad intrínseca de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana 4 y Juan Pablo II confirma lo expresado por la Declaración, cuando escribe:
Pero, en la medida en que expresa la dignidad de la persona humana y pone la base de sus derechos y deberes fundamentales, la ley natural es universal en sus preceptos, y su autoridad se extiende a todos los hombres. Esta universalidad no prescinde de la singularidad de los seres humanos, ni se opone a la unicidad y a la irrepetibilidad de cada persona; al contrario, abarca básicamente cada uno de sus actos libres, que deben demostrar la universalidad del verdadero bien. Nuestros actos, al someterse a la ley común, edifican la verdadera comunión de las personas y, con la gracia de Dios, ejercen la caridad, «que es el vínculo de la perfección» (Col 3, 14). En cambio, cuando nuestros actos desconocen o ignoran la ley, de manera imputable o no, perjudican la comunión de las personas, causando daño. 5 El ejercicio de la justicia no sólo es un deber moral, sino también un derecho humano fundamental.

Por otra parte, la solidaridad es una consecuencia natural de la exigencia de comunicación y diálogo para la constitución del hombre, como lo expresa magistralmente Romano Guardini cuando dice:
“En el encuentro con el otro, él (el sí-mismo humano) no comienza a ser, pero es activado. Pero él (el sí-mismo humano) está en dependencia del hecho de que la otra persona exista”... “el hombre es por su naturaleza un diálogo” ... “Así el habla completa, que se lleva a cabo en la responsabilidad común por la verdad y el vínculo del destino humano común, tienden ambos a la realización de la relación yo-tú. De ese modo el habla se convierte en el plan objetivo para la construcción del encuentro personal”
"La realización del sí-mismo humano subjetivo no solo requiere de otras personas sino, lo que es más importante, exige que se desarrolle un diálogo con ellas... Sólo con este diálogo auténtico puede conseguirse una verdadera comunión con los demás y, además, sólo en esta comunión lograda se actualiza y constituye el sí-mismo humano subjetivo... Esta actitud consiste en considerar a la otra persona como un tú subjetivo que tiene su propio centro personal, y no como si fuera un mero objeto o “instrumento para el logro de los propósitos de uno mismo”.
6

Por lo tanto toda persona está exigida, por el hecho de serlo, a no encerrarse en sí misma, sino a actuar el sentido de la pertenencia común de los seres humanos, de participar de una familia universal, de realizarse en el compartir y en el servir a los demás, en una palabra, a comprometerse en la comunicación de los bienes y en la realización de las tareas.7
El deber de comportamiento fraterno enunciado es universal y no admite dispensas ni excepciones. Es un deber exigible en todo tiempo y en todo lugar, porque emana de la racionalidad de la persona y de su sentido moral.

Pero la Declaración no es un documento de Derecho técnicamente hablando, sino que expresa unos derechos básicos, que requieren un reconocimiento práctico y que por ello necesitan ser traducidos en textos legales positivos para que puedan ser utilizados por los Gobiernos de los distintos países y exigibles y controlados por el poder judicial.
Esta aplicación de los derechos básicos o fundamentales la Declaración de 1948 cuando se traducen al derecho positivo pueden interpretarse con ordenamientos disímiles en concordancia con las diferentes tradiciones jurídicas de los diferentes países.

Lo anterior tiene consecuencias, pues esa diversidad de códigos positivo pueden cuestionar lo esencial, lo innato de los derechos básicos, derechos que preceden a la ley positiva.
Así, por ejemplo, se puede negar el derecho a la vida promoviendo el aborto o la eutanasia; se puede impugnar el matrimonio entre una mujer y un hombre postulando las uniones homosexuales; puede existir oposición a los derechos humanos argumentando contra la libertad, la propiedad, contradiciendo el derecho a asociarse, a expresarse libremente, etc., etc…

En la concepción de quien se adhiere a este pensamiento exclusivamente positivista del derecho, la ley no está en función de las personas y de la familia humana; está solo al servicio de una u otra agrupación de poder, se subordina al albedrío de quien tiene la fuerza de imponer su propia concepción de los derechos humanos, y entonces, por consecuencia, ya no queda ningún rastro de la verdad o de adecuación de la inteligencia a la realidad concerniente al hombre.

La conciencia es la capacidad del hombre de percibir la verdad, pero esta capacidad está a menudo obstaculizada por intereses particulares. Y liberar de estos intereses, abrir más a la verdad, a los verdaderos valores es una gran tarea: es un deber de la Iglesia ayudar a conocer los verdaderos criterios, los verdaderos valores, y liberarnos de intereses particulares. Y así, tercer punto, interpelamos también -¡precisamente es así!- a la razón: precisamente porque no somos parte política, podemos quizás más fácilmente, también a la luz de la fe, ver los verdaderos criterios, ayudar a entender lo que contribuye a la paz y hablar a la razón, apoyar las posturas realmente razonables. Y esto lo hemos hecho ya y queremos hacerlo ahora y en el futuro. 8

La persona humana por su naturaleza está obligada a realizar acciones esencialmente compatibles con su dignidad y de este modo, ejercer adecuadamente su libertad, cuyo fin radica en su orientación a la verdad y al bien. Es oportuno subrayar la relación de la naturaleza humana con la conciencia, de la libertad con la ley moral.
Para el creyente católico, el Padre Raniero Cantalamessa, predicador del Papa, nos dice, en la Tercera Predicación de Cuaresma del 2009: “La conciencia es también una especie de ley interior, no escrita, diferente e inferior respecto a la que existe en el creyente por la gracia, pero no en desacuerdo con ella, dado que proviene del mismo Espíritu. Quien no posee más que esta ley "inferior", pero la obedece, está más cerca del Espíritu que quien posee aquella superior que viene del bautismo, pero no vive de acuerdo con ella”.

Cuando la conciencia y la ley moral se obnubilan o se niegan, afectan la relación de dependencia de la libertad con respecto a la verdad; puesto que la libertad depende fundamentalmente de la verdad.9

La ley positiva tolera que venza el más fuerte. Así, la Declaración puede ser anulada, cambiándose por un documento de derecho puramente positivo, que ha de ser apropiado por todos las estados que se adhieran al nuevo texto.

Es muy oportuno señalar que esta decadencia moral se vincula a una declinación por la utilización de la razón que niega toda metafísica.
La búsqueda de la razón ya no es la búsqueda de la verdades últimas, sino que se limita la búsqueda de la verdad teórico empírica que nos devele las leyes contingentes de la naturaleza.
Se trata de construir un mundo sobre la imagen de la razón, pero esa construcción teórico empírica es esencialmente hipotética, contingente.
Lo hipotético es consecuencia de desechar la realidad tal como se presenta espontáneamente,
de abandonar la experiencia directa de la realidad, se prescinde del dato sensible y se pretende construir la verdad fuera de la realidad sobre la imagen de la razón encerrando la verdad a la medida de la razón construida por nosotros.10

Señalemos, a modo de ejemplo, que Thomas Kuhn, Paul Feyerabend, Imre Lakatos, y de modo muy especial a Karl Popper, filósofos de la ciencia, sostienen el carácer hipotético de la ciencia. Lo cual no comporta necesariamente responsabilizarlos de la ruina de la razón.

Hay que hacer notar que el hombre actual, generalizando, es muy racional cuando se trata de contrastar cuestiones fácticas e insertarlas en un modelo teórico o cuando se refiere a la aplicación de procedimientos para conseguir metas que se ha establecido de antemano. Pero, en las cuestiones que se consideran de importancia vital se manifiesta irracional, emotivo, de tal manera que en lo que alude a la ordenación de la vida y de los actos no existiría lugar para la verdad. El hombre a efectuado un desarrollo inmenso de la racionalidad instrumental y de la racionalidad científica, pero ese proceso no se ha visto igualado por un desarrollo equivalente de la racionalidad ética o metafísica, que se refiere al fin de la vida humana.11

Es necesario señalar que el razonamiento no crea la verdad, sino que la descubre, en su búsqueda de la verdad, la razón tiene que ir a su encuentro con plena autonomía y apreciando las contribuciones de la tradición del pensamiento.12

La razón humana es capaz de genialidades, pero tiene también una facultad delicada, vulnerable, frágil, una facultad que puede ser desactivada, adormecida. La peor forma de esclavitud es la esclavitud mental, la esclavitud de la razón, que comporta una consecuencia: el naufragio de la fe, porque no hay un acto de fe que no sea razonable…

La Declaración de 1948 enuncia principios fundamentales. Son verdades primordiales, fundadoras. Nosotros reconocemos este hecho, que el ser humano tiene naturalmente derecho a la vida, a la libertad, a la propiedad, a casarse, a asociarse, a expresarse libremente, y que eso no depende de la voluntad arbitraria de los hombres. Incluso antes de formar parte de una sociedad política organizada, el hombre ya tiene derechos humanos fundamentales. Y los derechos preceden a la ley. Pero el hombre necesita que la sociedad se organice para que esos derechos se apliquen, sean respetados, y que eventualmente las infracciones sean reprimidas.
13

Los derechos humanos deben implicar una concepción de la persona como creatura.
No(se) puede renunciar a la idea de Dios ni a la idea de una verdad del ser con carácter ético[14]. Si no existe una verdad acerca del hombre, éste carece de libertad. Sólo la verdad nos hace libres. 14
Sin embargo, la moral no es derivada de las convicciones religiosas, sino deducida como acorde a la naturaleza del hombre. El reconocimiento de una ley moral objetiva que, en cuanto “ley natural” inscrita en el corazón del hombre, es punto de referencia normativa de la misma ley civil.
Si, se llegaran a poner en duda los principios fundamentales de la ley moral, el mismo ordenamiento democrático cedería en sus fundamentos, reduciéndose a un mecanismo de regulación empírica de intereses diversos y contrapuestos. Por eso, es necesario reafirmar los valores morales esenciales que derivan del conocimiento racional de la persona humana que ninguna mayoría debe desconocer.15 Y en el caso de que se la desconozca se transformaría en una ley inicua, 16 en una corrupción de la ley como lo señala Santo Tomás: 17 la razón ha de poner orden en todos los asuntos que atañen al hombre. Y en este sentido caen bajo la ley de la razón todas las cosas que son susceptibles de una ordenación racional. 18

Es hacer notar que en la diversidad de las culturas hay algo que las trasciende, ese algo es la naturaleza humana, que hace que los hombres defiendan su dignidad viviendo de acuerdo con la verdad profunda de su ser.19 Y ese dato fue lo que permitió la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 donde se habla de que los hombres son nacidos todos “libres e iguales en dignidad y derechos”.
En cuanto a las exigencias éticas que se derivan de la ley moral, es necesario señalar que no se imponen a la voluntad como una obligación, sino en virtud del reconocimiento previo de la razón humana y, concretamente, de la conciencia personal. No obstante, hay que reconocer, como lo señala el Papa, que…” en el estado actual de naturaleza caída, existe la necesidad y la realidad efectiva de la divina Revelación para el conocimiento de verdades morales incluso de orden natural.” 20

Dios ha querido dejar al hombre libre, con libre albedrío, permite que el hombre lo busque sin coacciones y es así como el hombre es soberanamente libre para perfeccionarse, para alcanzar por sí mismo su perfección.21 Quizá como consecuencia de ello, hoy se puede observar un incremento de los que creen en una moral humana, es decir, una moral que el hombre se da manera autónoma y que se origina en la sola razón humana y negar la moral tenga Dios como autor.22
Sin embargo, es realizando actos moralmente buenos, que el hombre confirma, desarrolla y consolida en sí mismo su perfección que es la semejanza con Dios.23
Sin embargo, la autonomía de la razón no puede significar, por parte de la misma razón, la creación de los valores y de las normas morales.
El obrar con libertad del hombre es siempre bueno o malo, y la intención que lo preside no es moralmente indiferente sino, también, buena o mala.
La intención moral, consiste en la afirmación absoluta de la ley moral. La acción personal, no sólo es moralmente buena, a causa de la coincidencia accidental con ella, sino en cuanto originada en la intención ética. La persona es moralmente buena por su entrega al bien.

Al haber perdido la coincidencia en un mismo contenido moral para todos nos dirige al relativismo moral.24

Que la confusión prevalezca en diferentes sectores de la sociedad en relación a la moral no lleva a concluir que no haya moral puesto que puede ser deducida.

"La acción de la Iglesia en la promoción de los derechos humanos se refuerza por la reflexión racional, de forma tal que esos derechos pueden presentarse a todas las personas de buena voluntad, independientemente de su filiación religiosa". 25

Hay que aclarar que no hay que confundir el problema de la existencia y conocimiento de la ley natural, con su reconocimiento a través del juicio de la conciencia de cada uno de los formadores del consenso, que a veces puede fallar en cuanto a los preceptos secundarios o en la aplicación del principio a los casos particulares, debido a los malos consejos, a la concupiscencia de la carne, o bien a costumbres depravadas y hábitos corrompidos.26
Hay que evitar el error subordinar la existencia y el conocimiento de la ley natural al consenso que exista sobre ella.

El hombre, en su tender hacia Dios —«el único Bueno»—, debe hacer libremente el bien y evitar el mal. Pero para esto el hombre debe poder distinguir el bien del mal. Y esto sucede, ante todo, gracias a la luz de la razón natural, reflejo en el hombre del esplendor del rostro de Dios 27
Según las palabras de san Pablo, la conciencia, en cierto modo, pone al hombre ante la ley, siendo ella misma «testigo» para el hombre: testigo de su fidelidad o infidelidad a la ley, o sea, de su esencial rectitud o maldad moral. La conciencia es el único testigo. Lo que sucede en la intimidad de la persona está oculto a la vista de los demás desde fuera. La conciencia dirige su testimonio solamente hacia la persona misma. Y, a su vez, sólo la persona conoce la propia respuesta a la voz de la conciencia. 28 El término razonamientos evidencia el carácter propio de la conciencia, que es el de ser un juicio moral sobre el hombre y sus actos…mientras la ley natural ilumina sobre todo las exigencias objetivas y universales del bien moral, la conciencia es la aplicación de la ley a cada caso particular, la cual se convierte así para el hombre en un dictamen interior, una llamada a realizar el bien en una situación concreta. La conciencia formula así la obligación moral a la luz de la ley natural: es la obligación de hacer lo que el hombre, mediante el acto de su conciencia, conoce como un bien que le es señalado aquí y ahora. 29
ÉTICA Y MORAL

La ética tiene por objetivo el examen filosófico y la explicación de la moral; se pregunta por los últimos fundamentos de la moral.
Es en el concepto de persona (sujeto social), distinto del concepto de individuo,30 donde se fundamenta racionalmente la moral. De lo que se sigue que no puede haber una doble moral, una para el individuo y otra para la acción social.

En la cultura democrática de nuestro tiempo, sin embargo, se ha propagado abundantemente la opinión que el ordenamiento jurídico y legal debería regirse por la ley de la mayoría que determinaría lo que es moral. Dado que es indispensable establecer las normas, que en cada caso son necesarias para la convivencia social, éstas se deberían adecuar exclusivamente a la voluntad de la mayoría, cualquiera que sea. De este modo, todo político, en su actividad, debería distinguir netamente entre el ámbito de la conciencia privada y el del comportamiento público.

Los que adhieren a este modo de pensar suelen considerar que los principios morales son la fuente del autoritarismo y de la intolerancia. Ante ello se reivindica para el individuo la autonomía moral de elección y se pide que el Estado no se arrogue, ni imponga ninguna concepción ética, sino que trate de garantizar el espacio más amplio posible para la libertad de cada uno, con el único tope externo de no limitar la esfera de autonomía al que las demás personas igualmente tienen derecho.
Del no reconocimiento de una moral objetiva se sigue la autonomía de cada conciencia individual y como consecuencia al lesgislar habría que aplicar la ley de la mayoría.

La responsabilidad de la persona se delega a la ley civil, abdicando de la propia conciencia moral al menos en el ámbito de la acción pública.31

Nosotros pensamos que para el avance de una sana democracia, se precisa descubrir de nuevo la objetividad de los valores humanos y morales que emanan de la verdad misma del ser humano y de su dignidad de persona. “Son valores, por tanto, que ningún individuo, ninguna mayoría y ningún Estado nunca pueden crear, modificar o destruir, sino que deben sólo reconocer, respetar y promover”. 32
El valor de la democracia se conserva o derrumba con los valores que encarna y promueve. Valores fundamentales son el respeto a la dignidad de cada persona humana, el respeto de sus derechos inviolables e inalienables, así como considerar el “bien común” como fin y criterio regulador de la vida política.33
Estos valores no pueden ser transitorios e inconstantes. No pueden fundamentarse en mayorías de opinión, sino sólo el reconocimiento de una ley moral objetiva que, en cuanto “ley natural” inscrita en el corazón del hombre, es punto de referencia normativa de la misma ley civil. Si, por una lamentable confusión de la conciencia colectiva, el escepticismo o el relativismo lograra hacer dudar de los principios fundamentales de la ley moral, el mismo orden democrático se vacilaría en sus fundamentos, reduciéndose a un puro mecanismo de regulación empírica, positiva, de intereses disímiles y antagónicos.34

La ley moral no es la ley derivada de las convicciones religiosas, sino la deducida de acuerdo a la naturaleza del hombre. 35

RELACIÓN ENTRE MORAL Y LEY
Pensamos que la función de la ley civil es distinta y más limitada que la de la ley la moral. La función de la ley civil radica en asegurar una ordenada convivencia social en la justicia y la búsqueda del bien común.

A este propósito, Juan XXIII recordó en la Encíclica Pacem in terris: “En la época moderna se considera realizado el bien común cuando se han salvado los derechos y los deberes de la persona humana. De ahí que los deberes fundamentales de los poderes públicos consisten sobre todo en reconocer, respetar, armonizar, tutelar y promover aquellos derechos, y en contribuir por consiguiente a hacer más fácil el cumplimiento de los respectivos deberes. "Tutelar el intangible campo de los derechos de la persona humana y hacer fácil el cumplimiento de sus obligaciones, tal es el deber esencial de los poderes públicos". Por esta razón, aquellos magistrados que no reconozcan los derechos del hombre o los atropellen, no sólo faltan ellos mismos a su deber, sino que carece de obligatoriedad lo que ellos prescriban”.
36
La ley civil (positiva) debe garantizar a todos los integrantes de la sociedad el respeto de determinados derechos esenciales, que corresponden naturalmente a la persona. La ley civil no puede suplantar a la conciencia, ni dictar normas que superen su dominio.

El carácter moral de la ley positiva no es automático, sino que se subordina a la conformidad con la moral, como cualquier otro comportamiento humano. El carácter moral de la ley positiva depende de la moralidad de los fines que busca y de los medios que emplea.

LEGALIDAD Y LEGITIMIDAD
La ley humana puede definirse como “una prescripción de la razón, en orden al bien común social, promulgada por aquel que tiene el cuidado de la comunidad”37

Pensamos con Santo Tomás que toda ley en la medida en que participa de la recta razón, se deriva de la ley eterna.38 Por eso dice San Agustín en I De ¿ib. arb. que nada hay justo y legitimo en la ley temporal que no hayan tomado los hombres de la ley eterna.

La ley humana tiene carácter de ley en cuanto se ajusta a la recta razón, y en este sentido es claro que deriva de la ley eterna. Por el contrario, en la medida en que se aparta de la razón se convierte en ley inicua y, como tal, ya no es ley, sino más bien violencia. 39

La persona humana está ordenada al bien. Es algo que podemos alcanzar por la sola razón. Esta es la verdad fundamental sobre la que se asienta la moral.40

La legitimidad se relaciona con la fundamentación moral de las normas jurídicas. La legitimidad es necesaria para la legalidad jurídica.

Es una tesis asentada del positivismo jurídico que la legitimidad de un orden jurídico no depende de su conformidad con una moral objetiva aceptada, sino que a una ley subjetiva. El derecho subjetivo alude a la facultad, poder o potestad individual o subjetiva de ser titular e imponer determinado derecho.
Un derecho subjetivo es una facultad que tiene una persona para hacer o no hacer algo, o bien para impulsar o prohibir a otro a hacer algo. Un derecho subjetivo nace por una norma jurídica, que puede ser una ley. Los autores que consideran a los derechos subjetivos como la base del ordenamiento jurídico enfatizan la primacía del consenso entre los individuos como fuente de legitimidad.

Nos parece oportuno citar las lúcidas palabras de Juan Pablo II: Por consiguiente, se perciben dos tendencias diametralmente opuestas en apariencia. Por un lado, los individuos reivindican para sí la autonomía moral más completa de elección y piden que el Estado no asuma ni imponga ninguna concepción ética, sino que trate de garantizar el espacio más amplio posible para la libertad de cada uno, con el único límite externo de no restringir el espacio de autonomía al que los demás ciudadanos también tienen derecho. Por otro lado, se considera que, en el ejercicio de las funciones públicas y profesionales, el respeto de la libertad de elección de los demás obliga a cada uno a prescindir de sus propias convicciones para ponerse al servicio de cualquier petición de los ciudadanos, que las leyes reconocen y tutelan, aceptando como único criterio moral para el ejercicio de las propias funciones lo establecido por las mismas leyes. De este modo, la responsabilidad de la persona se delega a la ley civil, abdicando de la propia conciencia moral al menos en el ámbito de la acción pública.
La raíz común de todas estas tendencias es el relativismo ético que caracteriza muchos aspectos de la cultura contemporánea. No falta quien considera este relativismo como una condición de la democracia, ya que sólo él garantizaría la tolerancia, el respeto recíproco entre las personas y la adhesión a las decisiones de la mayoría, mientras que las normas morales, consideradas objetivas y vinculantes, llevarían al autoritarismo y a la intolerancia…
41
Es necesario señalar que las tesis corrientes no positivistas, desde los iusnaturalismos hasta las corrientes críticas marxistas, afirman que la mera instauración subjetiva de un orden jurídico no justifica, ni explica suficientemente la legitimidad, esto es, el carácter obligatorio, de sus normas.
Para el iusnatutalismo se exige la objetividad del derecho que comprende la obligación, que es lo contrario de un derecho subjetivo. Todo derecho supone para una o más personas una obligación de respetarlo, ya sea de forma activa (obligación de hacer) o pasiva (obligación de no hacer).
Los que se inscriben en el derecho objetivo no admiten que las instituciones se fundamenten en el libre albedrío de las personas que participan en ellas.

Jurgen Habermas, un pensador actual, va a desarrollar, entre otros argumentos, el de que "los principios morales del derecho natural racional (modernos), se han convertido en los estados constitucionales modernos en derecho positivo". 42De ahí que cuando el derecho no tiene fundamento moral “cuando la validez jurídica pierde toda relación moral”, se torna difusa la identidad del derecho mismo», afirma Habermas 43 , repitiendo, en forma un tanto diferente, una tesis del iusnaturalismo escolástico.

Actualmente, se puede apreciar que resalta la tendencia de considerar los derechos como derivados de una cultura individualista y subjetiva, y por lo tanto relativista, que no obedece al ideal de derechos de toda una comunidad, sino que valen por la dignidad, la libertad y la igualdad de los individuos. Se destaca el derecho subjetivo, y no el derecho objetivo fundamentado en un sistema de normas que lo sustenta y justifica. 44

El derecho no puede asentarse en la pura fuerza, en la pura política, pues dejaría de ser derecho, tiene que ser razonable. Y lo que le da significado al derecho son esos valores asentados en el principio de la dignidad de la persona humana. El derecho objetivo comprende el derecho natural y el derecho positivo.

En la práctica legislativa, donde se debe aplicar la moral para la conformación de ley positiva, es prudente considerar, que que cuando no sea posible evitar o abrogar completamente una ley que atenta contra la moral, un parlamentario, cuya absoluta oposición personal a dicha ley sea clara y notoria a todos, puede lícitamente ofrecer su apoyo a propuestas encaminadas a limitar los daños de esa ley y disminuir así los efectos negativos en el ámbito de la cultura y de la moralidad pública. En efecto, obrando de este modo no se presta una colaboración ilícita a una ley injusta; antes bien se realiza un intento legítimo y obligado de limitar sus aspectos inicuos.45

Dentro del derecho positivo se puede anotar la excepción de los derechos humanos, a los que se atribuye una existencia previa a su promulgación jurídica, como derechos morales 46. Afirma Ramos Pascua, que el papel que juegan hoy en día los derechos humanos es “semejante al que en otro tiempo desempeñó la idea del Derecho natural. Una esfera normativa superior que se creía justa por naturaleza y a la que podía apelarse para exigir la reforma del Derecho positivo (o su mantenimiento, según los casos)47. Más afinados son los que definen este concepto como derechos morales (moral rights)48

DERECHOS Y OBLIGACIONES

La moral funda los derechos y obligaciones. Los derechos imponen obligaciones correspondientes.
La moral se establece por la razón, es universal y expresa la dignidad de las personas y define el fundamento de sus derechos y obligaciones.
La razón recta es inmutable y se impone a las personas, más allá de las diferencias entre ellas.49

La obligación moral se define como la influencia que ejerce la razón sobre la voluntad, frente a un valor. No es una imposición causada por la autoridad, o por la sociedad, o por el inconsciente, o por el temor al castigo. La obligación moral no es la obligación que se fundamente por la presión externa, ni mucho menos por una acción psíquica provocada por el inconsciente.
Cuando una persona reconoce un valor con su inteligencia, se ve requerida por dicho valor, y entonces la inteligencia sugiere a la voluntad la realización de dicho valor. Pero la inteligencia presiona sin imponer, sin anular el libre albedrío; simplemente comprende una necesidad objetiva y como tal la propone a la voluntad para su realización. Se trata pues, de una exigencia propia de la razón, fundamentada en un valor objetivo. Por consiguiente, la obligación moral es autónoma y compatible con el libre albedrío.

La ley moral no sólo es compatible, sino que presupone la libertad, que induce y guía al hombre a la consecución de su fin, no con necesidad física, como acontece con la ley natural de los seres materiales, por las leyes físicas, químicas, biológicas e instintivas, de un modo absolutamente necesario, sino con la obligación moral, autónoma y compatible con el libre albedrío, proporcionada a los seres espirituales y libres. El libre albedrío o voluntad evidencia la naturaleza de la persona, la voluntad es la facultad que gobierna en la naturaleza humana. La autonomía da a entender la capacidad del sujeto de gobernarse por una norma que él mismo acepta como tal.
Lo señalaba Juan Pablo II, cuando escribía: Hay doctrinas que atribuyen a cada individuo o a los grupos sociales la facultad de decidir sobre el bien y el mal: la libertad humana podría «crear los valores» y gozaría de una primacía sobre la verdad, hasta el punto de que la verdad misma sería considerada una creación de la libertad; la cual reivindicaría tal grado de autonomía moral que prácticamente significaría su soberanía absoluta. 50 Tales normas constituirían el ámbito de una moral solamente «humana», es decir, serían la expresión de una ley que el hombre se da autónomamente a sí mismo y que tiene su origen exclusivamente en la razón humana. 51 que considera que «las cosas creadas no dependen de Dios y que el hombre puede utilizarlas sin hacer referencia al Creador» 52 Sin embargo, la autonomía de la razón no puede significar la creación, por parte de la misma razón, de los valores y de las normas morales 53.

La obediencia al Creador, a la ley moral no es una imposición externa al hombre y contraria a la afirmación de su libertad como si fuese impuesta a la voluntad por la omnipotencia absoluta de Dios 54 . Hay que distinguir entre autonomía concebida como actividad, y autonomía entendida como autonormatividad. La libertad humana reclama un ámbito de autonomía; su condición de creatura implica una dependencia, y por tanto una heteronomía.

Así, en el juicio práctico de la conciencia, que impone a la persona la obligación de realizar un determinado acto, se manifiesta el vínculo de la libertad con la verdad. Precisamente por esto la conciencia se expresa con actos de juicio, que reflejan la verdad sobre el bien, y no como decisiones arbitrarias. La madurez y responsabilidad de estos juicios —y, en definitiva, del hombre, que es su sujeto— se demuestran no con la liberación de la conciencia de la verdad objetiva, en favor de una presunta autonomía de las propias decisiones, sino, al contrario, con una apremiante búsqueda de la verdad y con dejarse guiar por ella en el obrar. 55 Mucho se ha abogado por que se respeten los derechos humanos, sin embargo, no se acostumbra mencionar que a todo derecho, corresponde una obligación, y que los derechos humanos, no están exentos de obligaciones debidas a la naturaleza humana.

Para que se pueda tener una convivencia social respetuosa de la dignidad humana, es indispensable unir la defensa de los derechos humanos a la promoción de los deberes. Debe haber una correspondencia entre derechos y obligaciones, pues si no se cumplen las obligaciones y se transgreden los derechos de otro ser humano, necesariamente el infractor pierde el "derecho" de reclamar algunos de sus derechos aunque como sigue siendo persona, y por lo tanto sigue teniendo algunos derechos esenciales a su calidad de persona, como el derecho a la vida, a la libertad religiosa etc.
Obligación de respetar a la dignidad humana, a la dignidad de cada hombre, mujer o niño, a la dignidad que posee todo ser humano no porque le haya sido adjudicada por los otros hombres, sino porque la ha recibido de Dios: ésta es la actitud fundamental a adoptar, si se quiere conseguir un progreso real. Ciertamente en esta persuasión y compromiso con la dignidad de cada ser humano, es donde pueden lograr coincidir la Iglesia y el Estado.

Los derechos naturales que hasta aquí hemos recordado están unidos en el hombre que los posee con otros tantos deberes, y unos y otros tienen en la ley natural, que los confiere o los impone, su origen, mantenimiento y vigor indestructible.
Los derechos conllevan indisolublemente deberes.
Por ello, para poner algún ejemplo, al derecho del hombre a la existencia corresponde el deber de conservarla; al derecho a un decoroso nivel de vida, el deber de vivir con decoro; al derecho de buscar libremente la verdad, el deber de buscarla cada día con mayor profundidad y amplitud.
56
Estos deberes se explicitan de la forma siguiente:
El deber de respetar los derechos ajenos.
El deber de colaborar con los demás.
El deber de actuar con sentido de responsabilidad.57

Resumiendo:
Para que se pueda tener una convivencia social respetuosa de la dignidad humana, es indispensable vincular la defensa de los derechos humanos a la promoción de los deberes.

Los derechos conllevan indisolublemente deberes.


CITAS

1 Ataliva Amengual
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Celular: 09 812 444 73
Fax: 56-2-356 5125
Mail: ataliva@vtr.net
Blog: www.ataliva.cl
Messenger: atalivaas@hotmail.com
Skype: Buscar usuario Skype

2 Véase al respecto mi Blog www.ataliva.cl : Individuo, individualismo, persona y personalismo, comunidad y comunitarismo. Diciembre 2005

3 Véase al respecto. Ataliva Amengual. Fraternidad y solidaridad. En mi blog www.ataliva.cl marzo 2006

4 Declaración Universal de los Derechos humanos. Preámbulo

5 Juan Pablo II. Veritatis splendor, nº 51

6 Romano Guardini, Mundo y persona, Encuentro, Madrid, 2000.

7 Compendio de la doctrina social de la Iglesia, nº 149 y ss.

8 Respuestas de Benedicto XVI a los periodistas en el vuelo a Jordania. AMMÁN, viernes 8 de mayo de 2009 (ZENIT.org).

9 Juan Pablo II. Veritatis splendor. Nº 32 y 101.

10 Entrevista a monseñor RinoFisichella, rector de la Pontificia Universidad Lateranense, sobre la revelación como don y la separación entre fe y razón a cargo de Stefano Maria Paci. http://www.huellas-cl.com/articoli/abril02/lafenace.htm

11 Juan Pablo II, Fides et ratio, nº 5

12 S.S. Benedicto XVI, Discurso del Santo Padre a los participantes en un congreso sobre el tema «Confianza en la razón» con motivo del X Aniversario de la encíclica «Fides et ratio» 23 de Abril de 2009. http://multimedios.org/docs/d002137/

13 Entrevista con monseñor Michel Schooyans, LA ONU Y LA AMENAZA A LOS DERECHOS HUMANOS. SAO PAULO, martes 23 de diciembre de 2008 (ZENIT.org). http://www.zenit.org/article-29628?l=spanish.

14 Joseph cardenal Ratzinger .Verdad y libertad. http://www.mercaba.org/FICHAS/Humanitas.cl/verdad_y_libertad.htm

15 Juan Pablo II. Evangelium vitae. Nº 71

16 Santo Tomás. Summa Theologiae, I-II, q. 93, a. 3, ad 2um.

17 Ibid., I-II, q. 95, a. 2.

18 Ibid. I-II, q. 94, a. 2 A las objeciones 3

19 Juan Pablo II. Veritatis splendor, nº 53

20 Juan Pablo II. Veritatis splendor, nº 36

21 Ibid. nº 39.

22 Ibid. nº 36.

23 Ibid. nº 39.

24 Ibid. nº84, Juan Pablo II Fides et ratio, nº 5 y Estados Unidos: La religión en venta, ROMA, domingo, 10 mayo 2009 (ZENIT.org).-

25 Benedicto XVI. Pontificia Academia de las Ciencias Sociales al finalizar la XV Asamblea Plenaria. CIUDAD DEL VATICANO, miércoles, 6 de mayo de 2009 (ZENIT.org)

26 Santo Tomás de Aquino, S. Th. 1-2, Q. 94, art. 6.

27 Juan Pablo II. Veritatis splendor nº 42.

28 Juan Pablo II. Veritatis splendor nº 57

29 Juan Pablo II. Veritatis splendor nº 59

30 Catecismo de la Iglesia Católica nº 106 y 107

31 Juan Pablo II. Evangelium vitae. Nº 69

32 Ibid. nº 71

33 Estados Unidos: La religión en venta. Tendencias religiosas en un país en cambio, ROMA, domingo, 10 mayo 2009 (ZENIT.org).-

34 Juan Pablo II. Veritatis splendor, nº 101

35 Santo Tomás, S. Th.,I-II, q. 91, art. 2

36 Juan XXIII. Pacem in terris. II - Relaciones entre los hombres y los poderes públicos en el seno de las distintas comunidades políticas.

37 Santo Tomás, Suma Teológica I-IIae q. 90 a. 4

38 Santo Tomás Suma Teológica I-IIae, q. 93, a. 3, Respondo

39 Santo Tomás, Suma Teológica I-IIae, q. 93, a. 3, A las objeciones 2

40 Santo Tomás, Suma Teológica I-II, cuestión 94, artículo 2

41 Juan Pablo II. Evangelium vitae. .nº 69-70

42 Ver Jurgen Habermas capítulo Derecho y moral en Facticidad y validez, Editorial Trotta, Madrid, 1998, pág. 536 y sgs.

43 Ibid.

44 Peces-Barba Martínez, Gregorio. Curso de Derechos Fundamentales. Teoría General, Ed. Universidad Carlos III de Madrid, Madrid, 1999, p. 23

45 Juan Pablo II. Evangelium vitae, nº 73

46 Cfr, entre otros, Teoría de la justicia y derechos humanos, Madrid, 1984, pág. 106

47 Ramos Pascua, José Antonio. La crítica a la idea de los derecho humanos. En: Anuario de Derechos Humanos, Nueva Época, Volumen II, Ed. Facultad de Derecho, Universidad Complutense, Madrid, 2001. p.871.

48 Beuchot, Mauricio. “Los derechos humanos y el fundamento de su universalidad”, en: Saldaña, Javier. (Coord.) Problemas actuales sobre derechos humanos. Instituto de Investigaciones Jurídicas, UNAM, 2000, p. 56.

49 Catecismo de la Iglesia Católica nº 1955-56

50 Juan Pablo II. Veritatis Splendor, nº 35

51 Ibid., nº 36

52 Ibid., nº 39

53 Ibid., nº 40

54 Ibid., nº 41

55 Ibid., nº 61

56 Catecismo de la Iglesia Católica nº 28-29

57 Ibid. nº 30 A 34

viernes, septiembre 26, 2008

Educación y valores 3. La libertad (2ª parte)

Educación y valores 3. La libertad (2ª parte)
Ataliva Amengual [1]

Índice

Requisitos de la educación de la libertad
El curriculum, educación y libertad.
Derecho y obligación de la sociedad acerca de la educación
Derecho y obligación del Estado acerca de la educación

Abstrac
Comenzamos diciendo que si se habla de libertad en la educación hay que hablar al mismo tiempo de la verdad. Continuamos
expresando que cuando el hombre hace de la libertad el principio fundamental en relación al cual todo debe organizarse, en relación al cual todo debe juzgarse, entendido así este principio tiende a una disolución general de todo orden.
La tolerancia consiste en respetar a las personas siempre, aunque estén erradas, pero no al error.
Señalamos que la educación de la libertad requiere fortalecer la voluntad buscando siempre la verdad y el bien.
La educación buscará despertar y afirmar el sentido de la libertad, y el de las obligaciones y responsabilidades.
En la educación es necesaria la mutua correspondencia entre inteligencia y voluntad.
La formación ética del joven no puede estar fundada en orientar su voluntad de cualquier manera, se deben encontrar verdades respaldadas racionalmente.
Hay que tener en cuenta, sin embargo, que es irrealizable fundar los valores objetivos y universales, si la educación sólo orienta hacia la especialización científica y técnica. Las personas no pueden discernir entre lo bueno y lo malo cuando no tienen valores objetivos, absolutos que trasciendan la ciencia y la tecnología.
Se trata de establecer un humanismo integral que forme una civilización personalista y comunitaria, que satisfaga las aspiraciones y necesidades sociales de los hombres.
La sociedad debe garantizar y apoyar el ejercicio real y práctico de los derechos educativos, que se derivan de la concepción de la persona y su correlación con la sociedad en conformidad con los principios de la solidaridad y la subsidiariedad.
La educación pública debe ser libre e independiente de cualquier otra autoridad, inclusive del Estado. Los principales Tratados Internacionales recogen el derecho a la educación relacionándolo con los derechos de libertad de expresión y pensamiento.
Admitir la educación como un servicio público, permite limitar la función que el Estado se pudiese arrogar en su regulación, en detrimento de la responsabilidad de la sociedad civil.
En razón de lo cual hay que oponerse a una visión simultáneamente estatista e individualista. Se debe evitar transferir a los poderes del Estado, esto es, a las personas elegidas para las diversas funciones, la autoridad propia de las personas y comunidades intermedias. Si se hace esa transferencia permitiremos un monopolio del poder del Estado y de los representantes, sobre el ámbito público. Como, asimismo, se debe rechazar la negación del Estado y sus genuinos derechos y la ausencia de la legítima autoridad en la búsqueda del bien común como lo pretende el mercado cuando quiere ejercitar un liberalismo ilimitado.
El Estado y la autoridad tienen un fin que es el bien común el cual consiste principalmente en la defensa de los derechos y deberes de la persona humana.
El Estado es neutral cuando permite que todos los ciudadanos manifiesten sus creencias, no cuando las suprime.
Si distinguimos el Estado como parte de lo público y extendemos lo público a la sociedad y a las personas, entonces en la educación habrá un ámbito de libertad de crear, mantener y elegir las escuelas o colegios no estatales los que podrán requerir un financiamiento del Estado, el cual deberá subsidiariamente entregarlo.
El Estado debe ser respetuoso con los derechos de las personas y de la sociedad en su política educativa, también en la actuación de las instituciones públicas que le son propias, y que para ello debe reconocer la diversidad de distintos ideales educativos, que respondan a la multiplicidad de formas de pensar, de opinar, y de sentir, también en materia religiosa, propia de una sociedad democrática.
Son los padres quienes tienen el derecho y el deber de la educación de las conciencias, sin más limitaciones que las derivadas de la dignidad de la persona y del justo orden público.
Ayudado, y a veces estorbado, por los que lo educan y lo rodean, cada uno permanece siempre, sean lo que sean los influjos que sobre él se ejercen, el artífice principal de su éxito o de su fracaso: por sólo el esfuerzo de su inteligencia y de su voluntad, cada hombre puede crecer en humanidad, valer más, ser más.
[2]

Requisitos de la educación de la libertad

Si se habla de libertad en la educación hay que hablar al mismo tiempo de la verdad. No se puede hablar de libertad sin hablar de verdad; pues sin una hipótesis de verdad es imposible educar.Basta hacer memoria, entre otros, los horrores del nazismo para ver la necesidad de respetar la verdad objetiva, como lo recordaba Maritain “... Pienso aquí en la eficacia del adiestramiento, de las escuelas y las organizaciones de la juventud del nazismo, que destruyeron en los espíritu todo sentido de verdad, pervirtieron la función misma del lenguaje, devastaron moralmente a la juventud e hicieron de la inteligencia un simple órgano del equipamiento técnico del estado” [3]
Cuando el hombre hace de la libertad [4] el principio fundamental en relación al cual todo debe organizarse, en relación al cual todo debe juzgarse, entendido así este principio tiende a una disolución general de todo orden, invocando erradamente el concepto de tolerancia, [5] se arrasa el orden familiar por las teorías de la unión libre (divorcio, aborto). Se demuele el orden económico y social, por una libre competencia ilimitada (laisser faire, laisser passer), la libertad de defender las proposiciones o las causas más subversivas, etc. Se arruina el orden intelectual o moral, por la “libertad de pensamiento”; es decir, por rehusar admitir una verdad objetiva (todas las opiniones son buenas, todas las acciones son válidas en lo absoluto ...).

Cuando el hombre hace de la libertad el principio fundamental en relación al cual todo debe organizarse, en relación al cual todo debe juzgarse tiene una visión, y por consecuencia una educación, equivocadas sobre el concepto de libertad.
La Iglesia no concibe la tolerancia [6] más que como una forma de caridad, una forma de la misericordia respecto a las personas que están en el error; y no tolerancia, no misericordia para el error mismo.
La educación de la libertad requiere fortalecer la voluntad buscando siempre la verdad y el bien. Solamente puede ser libre quien es dueño de sí mismo y no está sometido a sus impulsos. Fortalecer la voluntad es ejercitar a los hijos a dominarse frente a tantos ofrecimientos del ambiente. Es promover la austeridad ante los ilimitados deseos y caprichos. Fortalecer la voluntad es encaminar al orden, la constancia y la disciplina. La voluntad no progresa en el desorganización vital, en el desorden de la vida. Hay que suscitar el esfuerzo, el volver a ensayarlo una vez más, el saber esperar y rehabilitarse ante los fracasos.
Para educar la libertad se requiere buscar la verdad, juzgar adecuadamente. Se debe favorecer el pensamiento crítico y reflexivo para lo cual es importante dar y exigir razones de las conductas, comportamientos y criterios. Se requiere precisión de lenguaje y de pensamiento. Analizar lo que otros dicen o hacen. Estimular a la responsabilidad y solicitar dar cuenta de ella, aceptando las consecuencias de los actos. No tolerar disculpas sin fundamento.
Educar para la libertad implica que dejemos que nuestros aprendices elijan y se ejerciten a distinguir lo que es acertado o no, evitando, por una parte un liberalismo mal entendido, confiriendo plena libertad a los educandos sin exigir nunca cuentas del uso de su libertad; con peligro de formarlos anárquicos o anémicos de voluntad. Asimismo, hay que evitar que al aplicarse en hacerlos muy responsables no les permitamos hacer uso de la libertad; con peligro de formar personas sumisas, excesivamente dependientes, no autónomas.
La educación buscará despertar y afirmar el sentido de la libertad, y el de las obligaciones y responsabilidades.
Le educación para la libertad necesita de una auténtica filosofía de la persona humana, realzando los fines sobre los medios.
Como dice Maritain“... Si los medios son queridos y cultivados por amor a su propia perfección y no como simple medios, en esa misma medida dejan de conducir hacia el fin y el arte pierde su energía práctica...” [7]

Se trata de educar en libertad y responsabilidad, en los derechos y obligaciones.

“... Resulta, por tanto necesario desarrollar a la vez el sentido de la libertad y el sentido de la responsabilidad, el de los derechos humanos y el de las obligaciones humanas (...) el respeto de la humanidad en cada persona individual.”[8]
“... Resulta, por tanto necesario desarrollar a la vez el sentido de la libertad y el sentido de la responsabilidad, el de los derechos humanos y el de las obligaciones humanas (...) el respeto de la humanidad en cada persona individual.”[9]

El curriculum, educación y libertad.

Es muy ejemplar la educación de la voluntad, del sentimiento, pero no lo es sin trabajar la inteligencia para que se pueda distinguir el bien. En la educación es necesaria la mutua correspondencia entre inteligencia y voluntad. Es por su voluntad que la persona es buena, cuando realiza el bien que su inteligencia le evidencia pues: “es mejor querer y amar el bien que simplemente conocerlo” . Pero no se puede querer y amar sin conocer.
Pues, la formación ética del joven no puede estar fundada en orientar su voluntad de cualquier manera, se debe encontrar verdades respaldadas racionalmente.
¿Por qué juzgar, desde el comienzo, que los estudiantes no puedan admitir que no es lo mismo una ética establecida sólo por la razón subjetiva, que una ética fundada en una realidad objetiva, como por ejemplo, en la naturaleza humana, en la ley natural, o en Dios? ¿Por qué suponer que no puedan pensar las consecuencias vitales de cada una de ellas?
Hay que tener en cuenta, sin embargo, que es irrealizable fundar los valores objetivos y universales, si la educación sólo orienta hacia la especialización científica y técnica. Las personas no pueden discernir entre lo bueno y lo malo cuando no tienen valores objetivos, absolutos que trasciendan la ciencia y la tecnología.
“... ¿Cómo podría el hombre corriente (...) emitir un juicio, a no ser en el campo restringido de su especialidad? La actividad política y el juicio político se convertirían en materia exclusiva de los expertos especializados en ese campo, una especie de tecnocracia del estado que no presenta perspectivas muy afortunadas para el bien del pueblo, ni para la libertad.” [10]
“... para formar un buen ciudadano y un hombre civilizado, lo que importa ante todo es el centro interior, la fuente viva de la conciencia personal, de donde nacen, a la vez, el idealismo y la generosidad, el sentido de la ley y el sentido de la amistad, el respeto a los demás y una independencia firmemente arraigada frente a la opinión común.” [11]
Maritain expone algunas pautas prácticas para que influyan en la acción del educador: La primera se refiere que el estímulo es principalmente necesario y nociva la humillación. Como educadores se puede optar por la simple exigencia de normas, o por la búsqueda de las razones que las fundan.
“... una simple prohibición de lo indebido es menos eficaz que la luz mediante la cual ilumina el espíritu del niño acerca del bien que se dañaría con esa mala acción. El verdadero arte consiste en hacer que el niño se dé cuenta de sus propios recursos y capacidades para alcanzar la belleza de obrar bien.” [12]
La segunda se asienta en dirigir la atención a lo profundo del alma del estudiante.
“... No se trata de poseer una mejor técnica para hacer más atrayente y estimulante el estudio; se trata, ante todo, de dar a esa misteriosa identidad del alma del joven, que le resulta desconocida a él mismo y que ninguna técnica puede penetrar, la seguridad reconfortante de ser, de alguna forma, reconocida por una mirada atenta, humana y personal, inexpresable en conceptos y palabras.” [13]
Se trata de establecer un humanismo integral que forme una civilización personalista y comunitaria, que satisfaga las aspiraciones y necesidades sociales de los hombres.
“... Resulta, por tanto necesario desarrollar a la vez el sentido de la libertad y el sentido de la responsabilidad, el de los derechos humanos y el de las obligaciones humanas (...) el respeto de la humanidad en cada persona individual.” [14]
Esta manera de concebir la educación, está fundamentada en el ser de la persona, en la naturaleza humana, en esa existencia que puede poseerse a sí misma por la inteligencia y la voluntad, de donde procede la responsabilidad.

Pero si la educación se orienta a crear hábitos o pautas de acción concretas, la persona queda olvidada y, aunque pueda resultar un ser relativamente útil para ciertos fines, se pierde como persona. Esto es lo que sucede con aquellos que han aprendido ciertas destrezas concretas, pero han dejado de lado el fondo de la persona. Esas personas tienen la penosa convicción de que no son ellos los que viven su vida, sino que la vida se les vive desde fuera, es decir, que son "utilizados".
El sentido más profundo de la experiencia de educar y educarse no tendría que estar centrado en el mundo en el cual se vive, sino más bien en el mundo en el cual se desea vivir en el futuro.
Una educación integral tendría que comprometer otras dimensiones de la vida de los niños y los jóvenes que se educan, los cuales comprenden capacidades de la vida personal (por ejemplo, la afectividad, la sexualidad y el proyecto personal) pero también tendrían que considerase los aspectos cívicos y comunitarios (por ejemplo, preparación para la ciudadanía ejercida en un contexto democrático y para la solidaridad en medio de sociedades en la que persiste significativamente la pobreza y la desigualdad. Por último, esa educación tendiente al desarrollo de toda la persona, tendría que entenderse con un fuerte acento en la preparación para el discernimiento y el ejercicio de la libertad responsable, dado el contexto de un mundo que experimenta cambios a mucha velocidad, donde los saberes especializados se encuentran altamente separados y socialmente reducidos.
Para analizar los planes de estudio de formación docente actuales deberíamos distinguir qué se enseña respecto a la importancia del conocimiento del sujeto de aprendizaje, de cómo enseñar, y sobre qué enseñar.

Derecho y obligación de la sociedad acerca de la educación

Cuando reflexionamos sobre los derechos del hombre, comprendemos la importancia de la sociedad, dado que el hombre necesita de ella para su desarrollo. De lo que se deduce que la sociedad es un entorno en relación al perfeccionamiento íntegro de la persona humana. [15] Por lo tanto, será un bien esencial que cada persona halle en el marco social una serie de condiciones que permitan y faciliten el desarrollo pleno de sus potencialidades.
Ese contexto consistirá en el bien común personal (no privado) que es debido a todas las personas en la vida social. Teniendo en cuenta "…de que el bien común de la sociedad es un bien tanto del conjunto de las personas, como el bien de cada una de ellas en particular. En otras palabras, el bien común es, a un mismo tiempo, el bien del todo y de las partes." [16]
La sociedad debe garantizar y apoyar el ejercicio real y práctico de los derechos educativos, que se derivan de la concepción de la persona y su relación con la sociedad en conformidad con los principios de la solidaridad y la subsidiariedad.
Sin duda, la sociedad en la que está incluída la institución escolar ayuda u obstaculiza la educación en libertad, ya que no es lo mismo un institución educativa en sociedades totalitarias que en sociedades democráticas. La sociedad modela en la escuela su cosmovisión y según se mantenga más o menos respetuosa con la dignidad de la persona humana, ella repercutirá en el modo de educar en libertad.
La solidaridad, establece que cada persona coopere con la ascensión cultural y educativa de sus prójimos. Y por la subsidiariedad, principio por el cual lícitamente una organización superior sólo puede intervenir cuando las personas, las comunidades y los grupos sociales[17] inferiores no ejerzan su derecho en el asunto educativo. La subsidiariedad implica que "una estructura social de orden superior no debe interferir en la vida interna de un grupo social de orden inferior, privándola de sus competencias, sino que más bien debe sostenerla en caso de necesidad y ayudarla a coordinar su acción con la de los demás componentes sociales, con miras al bien común".[18]

La educación pública debe ser libre e independiente de cualquier otra autoridad, inclusive del Estado. La libertad en la educación, en la práctica, se manifiesta en la libertad para crear, dirigir y elegir instituciones educativas distintas de las creadas por el Estado, en el nombramiento de los profesores, en la elección de métodos y medios materiales, y en el establecimiento de los contenidos y los programas.
Los principales Tratados Internacionales [19] recogen el derecho a la educación relacionándolo con los derechos de libertad de expresión y pensamiento.
Es necesario respetar la diversidad de proyectos que responden a diferentes opciones que existe en la sociedad plural. Una sociedad plural exige una educación plural. Para poder elegir tiene que existir una variedad de ofertas. Las políticas educativas tienen que facilitar el derecho y la obligación de la sociedad civil.
Para proveer dicho derecho y obligación es fundamental que exista en todo el ámbito de la educación pública (no estatal) el financiamiento en equivalencia de condiciones con la de gestión pública estatal. La educación particular, es también educación “pública”, aún cuando su gestión sea privada. Lo cual no implica la completa privatización y falta de control adecuado sobre la educación particular. Hay que evitar el extremo de defender la educación pública como equivalencia de la educación provista exclusivamente por el Estado, y el permitir la libre actuación del mercado en la educación particular, sin los adecuados controles.
Negar o dificultar el derecho de la sociedad a una educación pluralista es acreditar la exclusividad del Estado y del gobierno de turno. Se trata de impedir el monopolio exclusivo en la definición de la agenda social por parte del Estado y de los agentes sociales privilegiados. Esto involucra un concepto de interés público plural y no centrado, se refiere a formas de gestión pública y participación social no estatales, es decir, se pretende recuperar la idea de lo público como algo que supera y se diferencia con lo específicamente estatal.

Admitir la educación como un servicio público, permite limitar la función que el Estado se pudiese arrogar en su regulación, en detrimento de la responsabilidad de la sociedad civil. En fin, concebimos la educación como un situación de edificación de lo público.
Es forzoso considerar que la educación es una deber de toda la sociedad, una responsabilidad pública, y eso obliga a poner el centro de atención en el acceso equitativo a una educación de calidad para nuestros estudiantes, en el buen uso de todos los recurso públicos involucrados, y en una institucionalidad pública eficaz que encaminen los esfuerzos de todos, públicos y privados, por brindar circunstancias adecuadas para la formación de nuestros estudiantes.
La educación es un derecho fundamental y universal, pero también es un deber personal, familiar y social. Es un derecho que exige libertad. Libertad de elección del tipo de educación. Esa elección habrán de hacerla los padres, los tutores o los propios hijos, en su caso. Libertad de creación de instituciones educativas. Libertad de expresión e información para buscar la verdad. Asimismo, se exige libertad de conciencia, de creatividad, de pensamiento, de creencias y de ideología.

Derecho y obligación del Estado acerca de la educación

Pero esa sociedad está compuesta por partes diferentes que en lo individual pueden tener ideas o deseos que no coincidan entre sí, por lo que es esencial que tenga una autoridad cuya tarea consista en velar por el bien del conjunto de grupos e individuos y mantener su orden y unidad. La autoridad política es, por tanto, el elemento clave para lograr tales objetivos.
Santo Tomás nos enseña que: "Siendo, pues natural que el hombre viva en sociedad, los hombres necesitan que alguien rija la multitud" [20]

Así, se tiene que la autoridad política constituye el gobierno de hombres libres sobre hombres libres y que tiene por objeto el bien de todos los ciudadanos que, como hombres libres, existen para sí mismos.[21]
Por tanto, el bien común es el fin de la autoridad política [22]
De lo que se sigue que “El ejercicio de la autoridad ha de manifestar una justa jerarquía de valores con el fin de facilitar el ejercicio de la libertad y de la responsabilidad de todos” [23]
"Considerar a la persona humana como fundamento y fin de la comunidad política significa trabajar, ante todo, por el reconocimiento y el respeto de su dignidad mediante la tutela y la promoción de los derechos fundamentales e inalienables del hombre". [24]
Pero si la autoridad nace como exigencia natural de la sociedad en orden al bien común humano que la define, es natural que este bien común delimite sus funciones y su misma legítima subsistencia.
En razón de lo cual hay que oponerse a una visión simultáneamente estatista e individualista. Se debe evitar transferir a los poderes del Estado, esto es, a las personas elegidas para las diversas funciones, la autoridad propia de las personas y comunidades intermedias. Si se hace esa transferencia permitiremos un monopolio del poder del Estado y de los representantes, sobre el ámbito público. Como, asimismo, se debe rechazar la negación del Estado y sus genuinos derechos y la ausencia de la legítima autoridad, en la búsqueda del bien común, como lo pretende el mercado cuando quiere ejercitar un liberalismo ilimitado.
Recalcamos, el Estado y la autoridad tienen un fin que es el bien común el cual consiste principalmente en la defensa de los derechos y deberes de la persona humana. [25]
El Estado debe participar directamente o indirectamente. Indirectamente y según el principio de subsidiariedad, creando las condiciones favorables al libre ejercicio de la actividad económica, encausada hacia una oferta abundante de oportunidades de trabajo y de fuentes de riqueza. Directamente, y según el principio de solidaridad, poniendo, en defensa de los más débiles, algunos límites a la autonomía de las partes que deciden las condiciones de trabajo" [26]
Los derechos y deberes de las personas e instituciones se expresan apropiadamente en el orden jurídico, inseparable del orden político, pero el orden jurídico exclusivamente no es capaz para causar una vida humana digna, si no existe simultáneamente y como fundamento la amistad civil y, en último término, el amor fraterno, la caridad fraternal.
Además, el orden jurídico no se puede limitar a la ley positiva, con olvido del contexto de la ley moral natural o a un principio trascendente que debe orientar la actividad legislativa, pues ello tendría como consecuencia subordinar el orden jurídico a las mayorías que gobiernan.

Las personas y las instituciones intermedias requieren ser tratadas respetando su naturaleza y autonomía, con la potestad necesaria para gobernarse de acuerdo a su propia vocación y tomar las determinaciones sobre lo que les conviene. Estos requerimientos constituyen la esencia del principio de subsidiariedad dicho principio determina que la persona humana, la familia, los grupos e instituciones sociales -y no el Estado-, son el fundamento de la vida social. El Estado existe para la persona y para la sociedad, pero no a la inversa, como lo señalaba Pío XI cuando expresaba: «No se puede quitar a los individuos y darlo a la comunidad, lo que ellos pueden realizar por sus propias cualidades y esfuerzo. Es gravemente injusto y perturbador del recto orden, quitar a las comunidades menores e inferiores lo que ellas pueden hacer y dárselo a una sociedad mayor y más elevada, ya que toda acción de la sociedad, por su propia fuerza y naturaleza, debe prestar ayuda a los miembros del cuerpo social, pero no destruirlos y absorberlos». [27]
El Catecismo de la Iglesia Católica enuncia que: «Cuando el Estado no pone su poder al servicio de los derechos de todo ciudadano, y particularmente de quien es más débil, se quebrantan los fundamentos mismos del Estado de derecho» [28] y afirma además que “La sociedad y el Estado no pueden, por tanto, ni absorber ni sustituir, ni reducir la dimensión social de la familia; más bien deben honrarla, reconocerla, respetarla y promoverla según el principio de subsidiaridad.571” [29]

El Estado es neutral cuando permite que todos los ciudadanos manifiesten sus creencias, no cuando las suprime.

Muchas veces no se ha aplicado este principio de subsidiariedad, como es el caso, cuando la autoridad se ejerce de manera monopólica e injusta; como lo señalaba. Luis J. Zanotti: Hay dos maneras de conseguir el monopolio. Una es la prohibición lisa y llana de competir con el servicio oficial. Otra es desconocer, desde el punto de vista legal y formal, cuanto se haga al margen del modelo operativo montado o controlado por el Estado o siguiendo pautas organizativas o metodológicas diferentes.[30]
También se ha dejado de aplicar cuando el Estado absorbe para sí todas las decisiones, derechos y responsabilidades; cuando Estado no protege a los más débiles frente a los más fuertes, como suele suceder frente plena libertad de mercado que ejercita un liberalismo sin concesiones.
Y se renuncia a la subsidiariedad cuando no se participa o cuando no hay compromiso personal; cuando no nos responsabilizamos del bien común; cuando optamos por el abandono y la desidia la vida social.

Entre las aplicaciones de este principio hay que considerar la educación. Los colegios o escuelas privados que cumplen una función pública, tienen un rol imprescindible, y por esto es equitativo que el Estado lo reconozca, y les ayude en lo que sea necesario para su financiamiento, en equivalencia de condiciones con la de gestión pública estatal.
El estado NO debe hacer aquello que los particulares pueden realizar.
(Respecto a la escuela o colegio privado y el lucro debemos señalar que aceptamos un lucro justo y no como criterio último, sino unido a la solidaridad.) [31]

¿Qué entendemos por educación pública?

Si por público entendemos al Estado y si definimos la propiedad y/o dependencia de las escuelas o colegios como públicos los estamos identificando como estatales y significa excluir el aporte de la sociedad civil y de las personas de una función social fundamental.

Si distinguimos el Estado como parte de lo público y extendemos lo público a la sociedad, entonces en la educación habrá un ámbito de libertad de crear, mantener y elegir las escuelas o colegios no estatales los que podrán requerir un financiamiento del Estado, el cual deberá subsidiariamente entregarlo. [32] Es necesario recalcar que los privados deben ser responsables de cumplir la función pública que les ha encomendado el Estado [33]
Identificar un función pública con un servicio estatal es interpretar de una forma errada el concepto y una aplicación ilegítima, pues las instituciones estatales actúan, precisamente hablando,cuando nos hallamos ante una acción que propiamente está reservada al Estado. La educación es un servicio fundamental, del enorme interés general, pero no se puede reducir a un servicio estatal.

Misión de la educación pública de carácter fiscal.

La educación pública suministrada por organismos del Estado ejerce una función fundamental: garantizar el derecho a una educación gratuita y de calidad para todos, especialmente a los más necesitados. Su desafío, no es sólo respecto al acceso y permanencia, sino en brindar a cada estudiante una educación de calidad, que otorgue oportunidades de desarrollo personal, de progreso y movilidad social. Para responder a este desafío, debe contar con los recursos y competencias que le permitan responder a la complejidad que reviste su función: la de educar a la población más débil, atendiendo a su diversidad y promoviendo la inserción social.
El Estado debe garantizar la efectividad de esos derechos amparando jurídica y económicamente a los ciudadanos para que puedan ejercer su libertad de elección en su educación y enseñanza.
Si el Estado se atribuye un papel desproporcionado, preponderante y exclusivo, guardándose el derecho de definir el curriculum escolar, de realizar las pruebas relativas al rendimiento escolar o de obligar a una acreditación exterior a los establecimientos educacionales relegando a los padres y a las instituciones educacionales a un papel secundario en la educación considerándolas como una concesión graciosa por parte del Estado, entonces éste no practica la libertad de las escuelas o colegios, no respeta el principio de subsidiaridad y no protege los bienes jurídicos fundamentales de la persona.
El Estado debe ser respetuoso con los derechos de las personas y de la sociedad en su política educativa, también en la desempeño de las instituciones públicas que le son propias, y para ello debe reconocer la diversidad de distintos ideales educativos, que respondan a la multiplicidad de formas de pensar, de opinar, y de sentir, también en materia religiosa, propia de una sociedad democrática.

Todos los gobiernos conciben la educación como una herramienta esencial de su proyecto de transformación social de acuerdo a su ideología, pero la autoridad pública no puede obligar ninguna moral a todos (tampoco, en su caso, la católica). Son los padres quienes tienen el derecho y el deber de la educación de las conciencias, sin más limitaciones que las derivadas de la dignidad de la persona y del justo orden público.
Así pués,“…la libertad de enseñanza es el derecho a la ausencia de coacción que la persona tiene en materia de enseñanza y aprendizaje de la verdad, tanto a nivel religioso como natural”. [34]
El Estado tiene por misión promover iniciativas ciudadanas de interés general, mantenerlas financieramente, acreditar que se utilizan bien los fondos públicos y enfin, solamente en caso de carencia clara, suplirlas, pero sólo de manera temporal, haciendo todo lo posible por recuperar su autonomía.

Ayudado, y a veces estorbado, por los que lo educan y lo rodean, cada uno permanece siempre, sean lo que sean los influjos que sobre él se ejercen, el artífice principal de su éxito o de su fracaso: por sólo el esfuerzo de su inteligencia y de su voluntad, cada hombre puede crecer en humanidad, valer más, ser más. [35]

NOTAS

[1] Ataliva Amengual
Chusmiza 1813-Las Condes
Santiago-Chile
Fono: 56-2-325 4045
Fax: 56-2- 356 5125
Mail: ataliva@vtr.net
Messenger: atalivaas@hotmail.comBlog: www.ataliva.cl

[2] Populorum Progressio, n. 15

[3] Jacques MARITAIN; “La Educación en la Encrucijada”, editorial Andrés Bello; Santiago de Chile; 1993, p. 33

[4] Ver nuestro trabajo Educación y valores 3. La libertad (1ª parte). Definición de libertad, en nuestro blog: www.ataliva.cl

[5] Ver nuestro trabajo: Ensayo de reflexión sobre el relativismo, la tolerancia y el pluralismo, en mi blog www.ataliva.cl

[6] Véase mi ENSAYO DE REFLEXIÓN SOBRE EL RELATIVISMO, LA TOLERANCIA Y EL PLURALISMO, en mi blog: www.ataliva.cl

[7] Ibid. p. 15

[8] Ibid. p. 103

[9] Ibid. p. 103

[10] Ibid., p. 31

[11] Ibid., p. 28


[12] Ibid. p. 51

[13] Ibid. p. 53

[14] Ibid. p 103.

[15] Gabriel J. Zanotti. La epistemología y sus consecuencias filosófico-políticas.
http://www.economia.ufm.edu/ProfesoresInvitados/Zanotti/Epistemolog%C3%ADa%20y%20pol%C3%ADtica.htm

[16] Angel Correa..- Los grandes Principios Humanistas según Jacques Maritain. POLÍTICA Y ESPÍRITU. Ideas y Principios. Chile, Santiago, Nº 14. http://www.politicayespiritu.cl/modules/news/article.php?storyid=68

[17] Es decir, los partidos políticos; las agrupaciones políticas nacionales; las asociaciones civiles legalmente constituidas y reconocidas; los organismos gremiales también legalmente constituidos y reconocidos, por ejemplo, sindicatos, cámaras empresariales y patronales, etc..; las instituciones educativas colegios, universidades y casas de educación superior, etc..

[18] Juan Pablo IICentessimus annus nº 48

[19] Entre ellos la Declaración Universal de los Derechos Humanos, los Derechos Económicos y Sociales como Civiles y Políticos.

[20] Santo Tomás de Aquino: "De Regno", libro I, Cap. 1, n 6.


[21] Fortin, Ernest L. (1996). Santo Tomás de Aquino. Historia de la filosofía política p. 250.Leo Strauss y Joseph Cropsey (compiladores). México: Fondo de Cultura Económica.

[22] Fortin, Ernest L. (1996). Santo Tomás de Aquino. Historia de la filosofía política p. 250.Leo Strauss y Joseph Cropsey (compiladores). México: Fondo de Cultura Económica.

[23] Catecismo de la Iglesia Católica, § 2236.

[24] Compendio de la doctrina social de la Iglesia, nº 338


[25] Juan XXIII, Pacem in terris, nº.60.

[26] Juan Pablo II, Centessimus annus, no.15

[27] Pío XI Quadragesimo anno. nº 35. Véase también Juan Pablo II, Centesimus annus, 48: AAS 83 (1991) 852-854;
Compendio de la doctrina social de la Iglesia, 185 y ss..

[28] Catecismo de la Iglesia Católica nº 2273.

[29] Compendio de la doctrina social de la Iglesia, nº 252


[30] Luis J. Zanotti. La triple escolaridad. Artículos Publicado en el diario La Nación, Buenos Aires, sin fecha.

[31] Monseñor Alejandro Goic: "La iglesia no es contraria al lucro". 14/07/2008 www.Cooperativa.cl

[32] Compendio de la Doctrina social de la Iglesia nº 185.
La subsidiaridad estatal comprende en relación con los cuerpos intermedios, una doble función: Negativa: aquello que los individuos particulares pueden hacer por sí mismos y con sus propias fuerzas, no se les debe quitar y entregar a la comunidad, es decir que ni a las agrupaciones superiores ni al Estado les compete absorber o destruir la actividad de las inferiores, y Positiva: las autoridades en virtud de este principio deben tender a favorecer y a auxiliar, así como también a fomentar, estimular, ordenar, fiscalizar, suplir y completar a los cuerpos intermedios, como la familia, los grupos, las asociaciones, las realidades territoriales locales (los municipios en nuestro caso), “en definitiva, aquellas expresiones agregativas de tipo económico, social, cultural, deportivo, recreativo, profesional, político, a las que las personas dan vida espontáneamente y que hacen posible su efectivo crecimiento social” .

[33] Mariana Aylwin O. Educación Pública: Mitos, propuestas y problemas. Aportes para la discusión. Equipo Giro País. Giro News - Blog - 17a Edición.

[34] Gabriel J. Zanotti. EL HUMANISMO DEL FUTURO p. 24
http://www.economia.ufm.edu.gt/ProfesoresInvitados/Zanotti/el%20humanismo%

[35] Populorum Progressio, n. 15

jueves, septiembre 25, 2008

Conferencia de Aparecida y política

Ataliva Amengual [x]

Índice
Introducción
Diagnóstico de la situación
Dimensión socio-política
Comunicación y política
Evangelización
Estructuras justas
Política e Iglesia
Política y laicos
Políticas sociales

Introducción

La conferencia de Aparecida tenía como lema “discípulos y misioneros de Jesucristo para que nuestros pueblos en Él tengan vida”. El número de participantes llegó a 265: 160 obispos miembros; 82 invitados entre sacerdotes, diáconos, religiosos, religiosas y laicos; 8 observadores no católicos y 15 peritos en ciencias humanas y teológicas.
El Documento conclusivo es de 311 páginas, lo que quizá hace poco viable, que muchas personas interesadas en la política puedan o quieran leerlo, pues les obligaría a dedicar considerable tiempo el cual necesitan para otros estudios demandados por sus actividades.
Es por ello que nos hemos dedicados a seleccionar las menciones sobre política y políticas que aparecen en el texto, agregando un diagnóstico de la situación.
Si bien como todo texto para su interpretación y comprensión adecuadas exige situarlo en el amplio contexto de la preparación y realización, en cuyo seno él fue producido, sin embargo, pensamos que en ausencia de esos requisitos, su lectura no imposibilita completamente su interpretación y comprensión.
Con este trabajo queremos facilitar que todos los interesados en la política puedan apreciar el conocimiento aportado por esta Conferencia.
(Las negritas a continuación son nuestras)

Diagnóstico de la situación

Se abre paso un nuevo período de la historia con desafíos y exigencias, caracterizado por el desconcierto generalizado que se propaga por nuevas turbulencias sociales y políticas, por la difusión de una cultura lejana y hostil a la tradición cristiana, por la emergencia de variadas ofertas religiosas, que tratan de responder, a su manera, a la sed de Dios que manifiestan nuestros pueblos.
[2]

La realidad mundial del fenómeno humano trae consecuencias en todos los ámbitos de la vida social, impactan la cultura, la economía, la política, las ciencias, la educación, el deporte, las artes y también, naturalmente, la religión a lo que se agregan los nuevos lenguajes del dominio técnico, que no siempre revelan sino que también ocultan el sentido divino de la vida humana redimida en Cristo. [3] La persona individual necesita siempre más información, si quiere ejercer sobre la realidad el señorío a que por vocación está llamada. Esto nos ha enseñado a mirar la realidad con más humildad, sabiendo que ella es más grande y compleja que las simplificaciones con que solíamos verla en un pasado.
Algunos quieran mirar la realidad unilateralmente, desde la información económica, otros, desde la información política o científica, otros, desde el entretenimiento y el espectáculo.
Sin embargo, ninguno de estos criterios parciales logra proponernos un significado coherente para todo lo que existe. Cuando las personas perciben esta fragmentación y limitación, suelen sentirse frustradas, ansiosas, angustiadas.
[4]

En la globalización, la dinámica del mercado absolutiza con facilidad la eficacia y la productividad como valores reguladores de todas las relaciones humanas. Este peculiar carácter hace de la globalización un proceso promotor de inequidades e injusticias múltiples. La globalización, tal y como está configurada actualmente, no es capaz de interpretar y reaccionar en función de valores objetivos que se encuentran más allá del mercado y que constituyen lo más importante de la vida humana: la verdad, la justicia, el amor, y muy especialmente, la dignidad y los derechos de todos, aún de aquellos que viven al margen del propio mercado.
[5]
No se puede negar que el predominio de esta tendencia no elimina la posibilidad de formar pequeñas y medianas empresas, que se asocian al dinamismo exportador de la economía, le prestan servicios colaterales o bien aprovechan nichos específicos del mercado interno. Sin embargo, su fragilidad económica y financiera y la pequeña escala en que se desenvuelven, las hacen extremadamente vulnerables frente a las tasas de interés, el riesgo cambiario, los costos previsionales y la variación en los precios de sus insumos. La debilidad de estas empresas se asocia a la precariedad del empleo que está en condiciones de ofrecer. Sin una política de protección específica de los Estados frente a ellas, se corre el riesgo de que las economías de escala de los grandes consorcios terminen por imponerse como única forma determinante del dinamismo económico. [6]

Por ello, frente a esta forma de globalización, sentimos un fuerte llamado para promover una globalización diferente que esté marcada por la solidaridad, por la justicia y por el respeto a los derechos humanos, haciendo de América Latina y El Caribe no sólo el Continente de la esperanza, sino también el Continente del amor, como lo propuso SS. Benedicto XVI en el Discurso Inaugural de esta Conferencia.
[7]

En el mundo urbano, acontecen complejas transformaciones socioeconómicas, culturales, políticas y religiosas que hacen impacto en todas las dimensiones de la vida. Está compuesto de ciudades satélites y de barrios periféricos.
[8]
En la ciudad, conviven diferentes categorías sociales tales como las élites económicas, sociales y políticas; la clase media con sus diferentes niveles y la gran multitud de los pobres. En ella coexisten binomios que la desafían cotidianamente: tradición modernidad,
globalidad-particularidad, inclusión-exclusión, personalización-despersonalización, lenguaje secular-lenguaje religioso, homogeneidad-pluralidad, cultura urbana-pluriculturalismo.
[9]

Las nuevas generaciones son las más afectadas por esta cultura del consumo en sus aspiraciones personales profundas. Crecen en la lógica del individualismo pragmático y narcisista, que suscita en ellas mundos imaginarios especiales de libertad e igualdad.
Afirman el presente porque el pasado perdió relevancia ante tantas exclusiones sociales, políticas y económicas. Para ellos, el futuro es incierto. Asimismo, participan de la lógica de la vida como espectáculo, considerando el cuerpo como punto de referencia de su realidad presente. Tienen una nueva adicción por las sensaciones y crecen, en una gran mayoría, sin referencia a los valores e instancias religiosas. En medio de la realidad de cambio cultural, emergen nuevos sujetos, con nuevos estilos de vida, maneras de pensar, de sentir, de percibir y con nuevas formas de relacionarse. Son productores y actores de la nueva cultura.
[10]

También urge tomar conciencia de la situación precaria que afecta la dignidad de muchas mujeres. Algunas, desde niñas y adolescentes, son sometidas a múltiples formas de violencia dentro y fuera de casa: tráfico, violación, servidumbre y acoso sexual; desigualdades en la esfera del trabajo, de la política y de la economía; explotación publicitaria por parte de muchos medios de comunicación social, que las tratan como objeto de lucro.
[11]

Como pastores de la Iglesia, nos interesa cómo este fenómeno afecta la vida de nuestros pueblos y el sentido religioso y ético de nuestros hermanos que buscan infatigablemente el rostro de Dios, y que, sin embargo, deben hacerlo ahora interpelados por nuevos lenguajes del dominio técnico, que no siempre revelan sino que también ocultan el sentido divino de la vida humana redimida en Cristo. Sin una percepción clara del misterio de Dios, se vuelve opaco el designio amoroso y paternal de una vida digna para todos los seres humanos.
[12]
En este nuevo contexto social, la realidad se ha vuelto para el ser humano cada vez más opaca y compleja. Esto quiere decir que cualquier persona individual necesita siempre más información, si quiere ejercer sobre la realidad el señorío a que por vocación está llamada. Esto nos ha enseñado a mirar la realidad con más humildad, sabiendo que ella es más grande y compleja que las simplificaciones con que solíamos verla en un pasado aún no demasiado lejano y que, en muchos casos, introdujeron conflictos en la sociedad, dejando muchas heridas que aún no logran cicatrizar.
También se ha hecho difícil percibir la unidad de todos los fragmentos dispersos que resultan de la información que recolectamos.
Es frecuente que algunos quieran mirar la realidad unilateralmente, desde la información económica, otros, desde la información política o científica, otros, desde el entretenimiento y el espectáculo.
[13]

Dimensión socio-política

Constatamos un cierto progreso democrático que se demuestra en diversos procesos electorales. Sin embargo, vemos con preocupación el acelerado avance de diversas formas de regresión autoritaria por vía democrática que, en ciertas ocasiones, derivan en regímenes de corte neopopulista. Esto indica que no basta una democracia puramente formal, fundada en la limpieza de los procedimientos electorales, sino que es necesaria una democracia participativa y basada en la promoción y respeto de los derechos humanos. Una democracia sin valores, como los mencionados, se vuelve fácilmente una dictadura y termina traicionando al pueblo.
[14]
Con la presencia más protagónica de la Sociedad Civil y la irrupción de nuevos actores sociales, como son los indígenas, los afroamericanos, las mujeres, los profesionales, una extendida clase media y los sectores marginados organizados, se está fortaleciendo la democracia participativa, y se están creando mayores espacios de participación política. Estos grupos están tomando conciencia del poder que tienen entre manos y de la posibilidad de generar cambios importantes para el logro de políticas públicas más justas, que reviertan su situación de exclusión. En este plano, se percibe también una creciente influencia de organismos de Naciones Unidas y de Organizaciones No Gubernamentales de carácter internacional, que no siempre ajustan sus recomendaciones a criterios éticos. No faltan también actuaciones que radicalizan las posiciones, fomentan la conflictividad y la polarización extremas, y ponen ese potencial al servicio de intereses ajenos a los suyos, lo que, a la larga, puede frustrar y revertir negativamente sus esperanzas. [15]

Después de una época de debilitamiento de los Estados por la aplicación de ajustes estructurales en la economía, recomendados por organismos financieros internacionales, se aprecia actualmente un esfuerzo de los Estados por definir y aplicar políticas públicas en los campos de la salud, educación, seguridad alimentaria, previsión social, acceso a la tierra y a la vivienda, promoción eficaz de la economía para la creación de empleos y leyes que favorecen las organizaciones solidarias. Todo esto refleja que no puede haber democracia verdadera y estable sin justicia social, sin división real de poderes y sin la vigencia del Estado de derecho.
[16]

Cabe señalar, como un gran factor negativo en buena parte de la región, el recrudecimiento de la corrupción en la sociedad y en el Estado, que involucra a los poderes legislativos y ejecutivos en todos sus niveles, y alcanza también al sistema judicial que, a menudo, inclina su juicio a favor de los poderosos y genera impunidad, lo que pone en serio riesgo la credibilidad de las instituciones públicas y aumenta la desconfianza del pueblo, fenómeno que se une a un profundo desprecio de la legalidad. En amplios sectores de la población, y especialmente entre los jóvenes, crece el desencanto por la política y particularmente por la democracia, pues las promesas de una vida mejor y más justa no se cumplieron o se cumplieron sólo a medias. En este sentido, se olvida que la democracia y la participación política son fruto de la formación que se hace realidad solamente cuando los ciudadanos son conscientes de sus derechos fundamentales y de sus deberes correspondientes.
[17]
La vida social, en convivencia armónica y pacífica, se está deteriorando gravemente en muchos países de América Latina y de El Caribe por el crecimiento de la violencia, que se manifiesta en robos, asaltos, secuestros, y lo que es más grave, en asesinatos que cada día destruyen más vidas humanas y llenan de dolor a las familias y a la sociedad entera. La violencia reviste diversas formas y tiene diversos agentes: el crimen organizado y el narcotráfico, grupos paramilitares, violencia común sobre todo en la periferia de las grandes ciudades, violencia de grupos juveniles y creciente violencia intrafamiliar. Sus causas son múltiples: la idolatría del dinero, el avance de una ideología individualista y utilitarista, el irrespeto a la dignidad de cada persona, el deterioro del tejido social, la corrupción incluso en las fuerzas del orden, y la falta de políticas públicas de equidad social. [18]
Algunos parlamentos o congresos legislativos aprueban leyes injustas por encima de los derechos humanos y de la voluntad popular, precisamente por no estar cerca de sus representados ni saber escuchar y dialogar con los ciudadanos, pero también por ignorancia, por falta de acompañamiento, y porque muchos ciudadanos abdican de su deber de participar en la vida pública. [19]
En algunos Estados, ha aumentado la represión, la violación de los derechos humanos, incluso el derecho a la libertad religiosa, la libertad de expresión y la libertad de enseñanza, así como el desprecio a la objeción de conciencia. [20]

Si bien en algunos países se han logrado acuerdos de paz, superando así conflictos de vieja data, en otros continúa la lucha armada con todas sus secuelas (muertes violentas, violaciones a los Derechos Humanos, amenazas, niños en la guerra, secuestros etc.), sin avizorar soluciones a corto plazo. La influencia del narconegocio en estos grupos dificulta aún más las posibles soluciones.
[21]
En América Latina y El Caribe se aprecia una creciente voluntad de integración regional con acuerdos multilaterales, involucrando un número creciente de países que generan sus propias reglas en el campo del comercio, los servicios y las patentes. Al origen común se une la cultura, la lengua y la religión, que pueden contribuir a que la integración no sea sólo de mercados, sino de instituciones civiles y sobre todo de personas. También es positiva la globalización de la justicia, en el campo de los derechos humanos y de los crímenes contra la humanidad, que a todos permitirá vivir progresivamente bajo iguales normas llamadas a proteger su dignidad, su integridad y su vida. [22]
Apreciamos en los últimos 20 años avances significativos y promisorios en los procesos y sistemas de integración de nuestros países. Se han intensificado las relaciones comerciales y las políticas. Es nueva y más estrecha la comunicación y solidaridad entre el Brasil y los países hispanoamericanos y los caribeños. Sin embargo, hay muy graves bloqueos que empantanan esos procesos.
Es frágil y ambigua una mera integración comercial. Lo es también cuando se reduce a cuestión de cúpulas políticas y económicas y no arraiga en la vida y participación de los pueblos. Los retrasos en la integración tienden a profundizar la pobreza y las desigualdades, mientras las redes del narcotráfico se integran más allá de toda frontera. No obstante que el lenguaje político abunde sobre la integración, la dialéctica de la contraposición parece prevalecer sobre el dinamismo de la solidaridad y amistad. La unidad no se construye por contraposición a enemigos comunes sino por realización de una identidad común.
[23]

Comunicación y política

Desarrollar una política de comunicación capaz de ayudar, tanto las pastorales de comunicación como los medios de comunicación de inspiración católica, a encontrar su lugar en la misión evangelizadora de la Iglesia.
[24]
La realidad actual de nuestro continente pone de manifiesto que hay una notable ausencia en el ámbito político, comunicativo y universitario, de voces e iniciativas de líderes católicos de fuerte personalidad y de vocación abnegada que sean coherentes con sus convicciones éticas y religiosas278. [25]

Evangelización

La evangelización ha ido unida siempre a la promoción humana y a la auténtica liberación cristiana.
“Amor a Dios y amor al prójimo se funden entre sí: en el más humilde encontramos a Jesús mismo y en Jesús encontramos a Dios” (Deus caritas est, 15). Por lo mismo, es también necesaria una catequesis social y una adecuada formación en la doctrina social de la Iglesia, siendo muy útil para ello el Compendio de la doctrina social de la Iglesia. La vida cristiana no se expresa solamente en las virtudes personales, sino también en las virtudes sociales y políticas.
[26]
La Pastoral de Juventud ayudará a los jóvenes a formarse, de manera gradual, para la acción social y política y el cambio de estructuras, conforme a la Doctrina Social de la Iglesia, haciendo propia la opción preferencial y evangélica por los pobres y necesitados. [27]

…es importante recordar que el campo específico de la actividad evangelizadora laical es el complejo mundo del trabajo, la cultura, las ciencias y las artes, la política, los medios de comunicación y la economía, así como los ámbitos de la familia, la educación, la vida profesional, sobre todo en los contextos donde la Iglesia se hace presente solamente por ellos.
[28]
Su misión propia y específica se realiza en el mundo, de tal modo que, con su testimonio y su actividad, contribuyan a la transformación de las realidades y la creación de estructuras justas según los criterios del Evangelio.
El ámbito propio de su actividad evangelizadora es el mismo mundo vasto y complejo de la política, de realidad social y de la economía, como también el de la cultura, de las ciencias y de las artes, de la vida internacional, de los ‘mass media’, y otras realidades abiertas a la evangelización, como son el amor, la familia, la educación de los niños y adolescentes, el trabajo profesional y el sufrimiento110.
Además, tienen el deber de hacer creíble la fe que profesan, mostrando autenticidad y coherencia en su conducta.
[29]
Para cumplir su misión con responsabilidad personal, los laicos necesitan una sólida formación doctrinal, pastoral, espiritual y un adecuado acompañamiento para dar testimonio de Cristo y de los valores del Reino en el ámbito de la vida social, económica, política y cultural. [30]
Destacamos que la formación de los laicos y laicas debe contribuir, ante todo, a una actuación como discípulos misioneros en el mundo, en la perspectiva del diálogo y de la transformación de la sociedad. Es urgente una formación específica para que puedan tener una incidencia significativa en los diferentes campos, sobre todo en el mundo vasto de la política, de la realidad social y de la economía, como también de la cultura, de las ciencias y de las artes, de la vida internacional, de los medios y de otras realidades abiertas a la evangelización165. [31]

La opción preferencial por los pobres nos impulsa, como discípulos y misioneros de Jesús, a buscar caminos nuevos y creativos, a fin de responder otros efectos de la pobreza. La situación precaria y la violencia familiar con frecuencia obliga a muchos niños y niñas a buscar recursos económicos en la calle para su supervivencia personal y familiar, exponiéndose también a graves riesgos morales y humanos.
[32]
La opción preferencial por los pobres nos impulsa, como discípulos y misioneros de Jesús, a buscar caminos nuevos y creativos, a fin de responder otros efectos de la pobreza. La situación precaria y la violencia familiar con frecuencia obliga a muchos niños y niñas a buscar recursos económicos en la calle para su supervivencia personal y familiar, exponiéndose también a graves riesgos morales y humanos. [33]

Entre las tareas de la Iglesia a favor de los migrantes, está indudablemente la denuncia profética de los atropellos que sufren frecuentemente, como también el esfuerzo por incidir, junto a los organismos de la sociedad civil, en los gobiernos de los países, para lograr una política migratoria que tenga en cuenta los derechos de las personas en movilidad. Debe tener presente a los desplazados por causa de la violencia. En los países azotados por la violencia, se requiere la acción pastoral para acompañar a las víctimas y brindarles acogida y capacitarlos para que puedan vivir de su trabajo. Asimismo, deberá ahondar su esfuerzo pastoral y teológico para promover una ciudadanía universal en la que no haya distinción de personas.
[34]

El problema de la droga es como una mancha de aceite que invade todo. No reconoce fronteras, ni geográficas ni humanas. Ataca por igual a países ricos y pobres, a niños, jóvenes, adultos y ancianos, a hombres y mujeres. La Iglesia no puede permanecer indiferente ante este flagelo que está destruyendo a la humanidad, especialmente a las nuevas generaciones. Su labor se dirige especialmente en tres direcciones: prevención, acompañamiento y sostén de las políticas gubernamentales para reprimir esta pandemia. En la prevención, insiste en la educación en los valores que deben conducir a las nuevas generaciones, especialmente el valor de la vida y del amor, la propia responsabilidad y la dignidad humana de los hijos de Dios. En el acompañamiento, la Iglesia está al lado del drogadicto para ayudarle a recuperar su dignidad y vencer esta enfermedad. En el apoyo a la erradicación de la droga, no deja de denunciar la criminalidad sin nombre de los narcotraficantes que comercian con tantas vidas humanas, teniendo como meta el lucro y la fuerza en sus más bajas expresiones.
[35]
Se recomienda a las Conferencias Episcopales y Diócesis fomentar las comisiones de pastoral penitenciaria, que sensibilicen a la sociedad sobre la grave problemática carcelaria, estimulen procesos de reconciliación dentro del recinto penitenciario e incidan en las políticas locales y nacionales, en lo referente a la seguridad ciudadana y la problemática penitenciaria. [36]

La Iglesia en América Latina y en El Caribe siente que tiene una responsabilidad en formar a los cristianos y sensibilizarlos respecto a grandes cuestiones de la justicia internacional.
[37]

Estructuras justas

Por otro lado, las estructuras justas han de buscarse y elaborarse a la luz de los valores fundamentales, con todo el empeño de la razón política, económica y social. Son una cuestión de la recta ratio y no
[38] provienen de ideologías ni de sus promesas. Pero en situaciones culturales y políticas diversas, y en el cambio progresivo de las tecnologías y de la realidad histórica mundial, se han de buscar de manera racional las respuestas adecuadas y debe crearse –con los compromisos indispensables– el consenso sobre las estructuras que se han de establecer.
Las estructuras justas jamás serán completas
de modo definitivo; por la constante evolución de la historia, han de ser siempre renovadas y actualizadas; han de estar animadas siempre por un ethos político y humano, por cuya presencia y eficiencia se ha de trabajar siempre. Con otras palabras, la presencia de Dios, la amistad con el Hijo de Dios encarnado, la luz de su Palabra, son siempre condiciones fundamentales para la presencia y eficiencia de la justicia y del amor en nuestras sociedades.
[39]

Este consenso moral y cambio de estructuras son importantes para disminuir la hiriente inequidad que hoy existe en nuestro continente, entre otras cosas a través de políticas públicas y gastos sociales bien orientados, así como del control de lucros desproporcionados de grandes empresas. La Iglesia alienta y propicia el ejercicio de una “imaginación de la caridad” que permita soluciones eficaces.
[40]

La misericordia siempre será necesaria, pero no debe contribuir a crear círculos viciosos que sean funcionales a un sistema económico inicuo. Se requiere que las obras de misericordia estén acompañas por la búsqueda de una verdadera justicia social, que vaya elevando el nivel de vida de los ciudadanos, promoviéndolos comos sujetos de su propio desarrollo. En su Encíclica Deus Caritas est, el Papa Benedicto XVI ha tratado con claridad inspiradora la compleja relación entre justicia y caridad. Allí nos dice que “el orden justo de la sociedad y del Estado es una tarea principal de la política” y no de la Iglesia. Pero la Iglesia “no puede ni debe quedarse al margen en la lucha por la justicia”215. Ella colabora purificando la razón de todos aquellos elementos que la ofuscan e impiden la realización de una liberación integral. También es tarea de la Iglesia ayudar con la predicación, la catequesis, la denuncia, y el testimonio del amor y de justicia, para que se despierten en la sociedad las fuerzas espirituales necesarias y se desarrollen los valores sociales. Sólo así las estructuras serán realmente más justas, podrán ser eficaces y sostenerse en el tiempo. Sin valores no hay futuro, y no habrá estructuras salvadoras, ya que en ellas siempre subyace la fragilidad humana.
[41]
Los discípulos y misioneros de Cristo deben iluminar con la luz del Evangelio todos los ámbitos de la vida social. La opción preferencial por los pobres, de raíz evangélica, exige una atención pastoral atenta a los constructores de la sociedad277. Si muchas de las estructuras actuales generan pobreza, en parte se ha debido a la falta de fidelidad a sus compromisos evangélicos de muchos cristianos con especiales responsabilidades políticas, económicas y culturales. [42]

Política e Iglesia

(El) trabajo político no es competencia inmediata de la Iglesia. La Iglesia es abogada de la justicia y de los pobres y no se identifica con los políticos ni con los intereses de partido. Sólo siendo independiente puede enseñar los grandes criterios y los valores inderogables, orientar las conciencias y ofrecer una opción de vida que va más allá del ámbito político.
[43]
Ella (la Iglesia) colabora purificando la razón de todos aquellos elementos que la ofuscan e impiden la realización de una liberación integral. [44]

Sea un viejo laicismo exacerbado, sea un relativismo ético que se propone como fundamento de la democracia, animan a fuertes poderes que pretenden rechazar toda presencia y contribución de la Iglesia en la vida pública de las naciones, y la presionan para que se repliegue en los templos y sus servicios “religiosos”. Consciente de la distinción entre comunidad política y comunidad religiosa, base de sana laicidad, la Iglesia no cejará de preocuparse por el bien común de los pueblos y, en especial, por la defensa de principios éticos no negociables porque están arraigados en la naturaleza humana.
[45]

Los obispos reunidos en la V Conferencia queremos acompañar a los constructores de la sociedad,
ya que es la vocación fundamental de la Iglesia en este sector, formar las conciencias, ser abogada de la justicia y de la verdad, y educar en las virtudes individuales y políticas280. Queremos llamar al sentido de responsabilidad de los laicos para que estén presentes en la vida pública, y más en concreto “en la formación de los consensos necesarios y en la oposición contra las injusticias”281.
[46]


Bendecimos al Padre porque todo hombre abierto sinceramente a la verdad y al bien, aun entre dificultades e incertidumbres, puede llegar a descubrir, en la ley natural escrita en su corazón (cf. Rm 2, 14-15), el valor sagrado de la vida humana, desde su inicio hasta su término natural, y afirmar el derecho de cada ser humano a ver respetado totalmente este bien primario suyo. En el reconocimiento de este derecho, se fundamenta “la convivencia humana y la misma comunidad política”.
[47]
Los discípulos y misioneros de Cristo deben iluminar con la luz del Evangelio todos los ámbitos de la vida social. La opción preferencial por los pobres, de raíz evangélica, exige una atención pastoral atenta a los constructores de la sociedad277. Si muchas de las estructuras actuales generan pobreza, en parte se ha debido a la falta de fidelidad a sus compromisos evangélicos de muchos cristianos con especiales responsabilidades políticas, económicas y culturales. [48]

Política y laicos

La realidad actual de nuestro continente pone de manifiesto que hay una notable ausencia en el ámbito político, comunicativo y universitario, de voces e iniciativas de líderes católicos de fuerte personalidad y de vocación abnegada que sean coherentes con sus convicciones éticas y religiosas278
[49]

Se requiere de laicos coherentes con sus convicciones éticas y religiosas.
Los movimientos eclesiales deben recordar a los laicos su responsabilidad y su misión de llevar la luz del Evangelio a la vida política.
[50]

… esta misma fe deberá engendrar modelos culturales alternativos para la sociedad actual. Los cristianos, con los talentos que han recibido, talentos apropiados deberán ser creativos en sus campos de actuación: el mundo de la cultura, de la política, de la opinión pública, del arte y de la ciencia.
[51]

La Iglesia en América Latina y en El Caribe siente que tiene una responsabilidad en formar a los cristianos y sensibilizarlos respecto a grandes cuestiones de la justicia internacional. Por ello, tanto los pastores como los constructores de la sociedad tienen que estar atentos a los debates y normas internacionales sobre la materia.
Esto es especialmente importante para los laicos que asumen responsabilidades públicas, solidarios con la vida de los pueblos.
Por ello, proponemos lo siguiente:
a) Apoyar la participación de la sociedad civil para la reorientación y consiguiente rehabilitación ética de la política. Por ello, son muy importantes los espacios de participación de la sociedad civil para la vigencia de la democracia, una verdadera economía solidaria y un desarrollo integral, solidario y sustentable.
[52]

El discípulo y misionero de Cristo que se desempeña en los ámbitos de la política, de la economía y en los centros de decisiones sufre el influjo de una cultura frecuentemente dominada por el materialismo, los intereses egoístas y una concepción del hombre contraria a la visión cristiana. Por eso, es imprescindible que el discípulo se cimiente en su seguimiento del Señor, que le dé la fuerza necesaria no sólo para no sucumbir ante las insidias del materialismo y del egoísmo, sino para construir en torno a él un consenso moral sobre los valores fundamentales que hacen posible la construcción de una sociedad justa.
506. El discípulo y misionero de Cristo que se desempeña en los ámbitos de la política, de la economía y en los centros de decisiones sufre el influjo de una cultura frecuentemente dominada por el materialismo, los intereses egoístas y una concepción del hombre contraria a la visión cristiana. Por eso, es imprescindible que el discípulo se cimiente en su seguimiento del Señor, que le dé la fuerza necesaria no sólo para no sucumbir ante las insidias del materialismo y del egoísmo, sino para construir en torno a él un consenso moral sobre los valores fundamentales que hacen posible la construcción de una sociedad justa.
[53]
Son los laicos de nuestro continente, conscientes de su llamada a la santidad en virtud de su vocación bautismal, los que tienen que actuar a manera de fermento en la masa para construir una ciudad temporal que esté de acuerdo con el proyecto de Dios. La coherencia entre fe y vida en el ámbito político, económico y social exige la formación de la conciencia, que se traduce en un conocimiento de la Doctrina social de la Iglesia. Para una adecuada formación en la misma, será de mucha utilidad el Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia. La V Conferencia se compromete a llevar a cabo una catequesis social incisiva, porque “la vida cristiana no se expresa solamente en las virtudes personales, sino también en las virtudes sociales y políticas”279. [54]

Pensemos cuán necesaria es la integridad moral en los políticos.
Muchos de los países latinoamericanos y caribeños, pero también en otros continentes, viven en la miseria por problemas endémicos de corrupción. Cuánta disciplina de integridad moral necesitamos, entendiendo por ella, en el sentido cristiano, el autodominio para hacer el bien, para ser servidor de la verdad y del desarrollo de nuestras tareas sin dejarnos corromper por favores, intereses y ventajas. Se necesita mucha fuerza y mucha perseverancia para conservar la honestidad que debe surgir de una nueva educación que rompa el círculo vicioso de la corrupción imperante. Realmente necesitamos mucho esfuerzo para avanzar en la creación de una verdadera riqueza moral que nos permita prever nuestro propio futuro.
[55]


Políticas sociales

Es indispensable también promover políticas familiares auténticas que respondan a los derechos de la familia como sujeto social imprescindible.
[56]
Esperamos que los legisladores, gobernantes y profesionales de la salud, conscientes de la dignidad de la vida humana y del arraigo de la familia en nuestros pueblos, la defiendan y protejan de los crímenes abominables del aborto y de la eutanasia; ésta es su responsabilidad. Por ello, ante leyes y disposiciones gubernamentales que son injustas a la luz de la fe y la razón, se debe favorecer la objeción de conciencia… Esta responsabilidad pesa de manera particular sobre los legisladores, gobernantes, y los profesionales de la salud244. [57]
Promover, en diálogo con los gobiernos y la sociedad, políticas y leyes a favor de la vida, del matrimonio y la familia246. [58]

Por tratarse de un continente de bautizados, conviene colmar la notable ausencia, en el ámbito político, …, de voces e iniciativas de líderes católicos de fuerte personalidad y de vocación abnegada, que sean coherentes con sus convicciones éticas y religiosas. Los movimientos eclesiales tienen aquí un amplio campo para recordar a los laicos su responsabilidad y su misión de llevar la luz del Evangelio a la vida pública, cultural, económica y política.
[59]
En esta tarea y con creatividad pastoral, se deben diseñar acciones concretas que tengan incidencia en los Estados para la aprobación de políticas sociales y económicas que atiendan las variadas necesidades de la población y que conduzcan hacia un desarrollo sostenible. Con la ayuda de distintas instancias y organizaciones, la Iglesia puede hacer una permanente lectura cristiana y una aproximación pastoral a la realidad de nuestro continente, aprovechando el rico patrimonio de la Doctrina Social de la Iglesia. De esta manera, tendrá elementos concretos para exigir que aquellos que tienen la responsabilidad de diseñar y aprobar las políticas que afectan a nuestros pueblos, lo hagan desde una perspectiva ética, solidaria y auténticamente humanista. En ello juegan un papel fundamental los laicos y las laicas, asumiendo tareas pertinentes en la sociedad. [60]
La Iglesia en América Latina y en El Caribe siente que tiene una responsabilidad en formar a los cristianos y sensibilizarlos respecto a grandes cuestiones de la justicia internacional. Por ello, tanto los pastores como los constructores de la sociedad tienen que estar atentos a los debates y normas internacionales sobre la materia.
Esto es especialmente importante para los laicos que asumen responsabilidades públicas, solidarios con la vida de los pueblos.
Por ello, proponemos lo siguiente:
a) Apoyar la participación de la sociedad civil para la reorientación y consiguiente rehabilitación ética de la política. Por ello, son muy importantes los espacios de participación de la sociedad civil para la vigencia de la democracia, una verdadera economía solidaria y un desarrollo integral, solidario y sustentable.
[61]

Queremos llamar la atención de los gobiernos locales y nacionales para que diseñen políticas que favorezcan la atención de estos seres humanos, al igual que atiendan las causas que producen este flagelo que afecta a millones de personas en toda nuestra
América Latina y El Caribe.
[62]
Es deber social del Estado crear una política inclusiva de las personas de la calle. Nunca se aceptará como solución a esta grave problemática social la violencia e incluso el asesinato de los niños y jóvenes de la calle, como ha sucedido lamentablemente en algunos países de nuestro continente. [63]

Es lamentable que en algunos países no haya políticas sociales que se ocupen suficientemente de los mayores ya jubilados, pensionados, enfermos o abandonados. Por tanto, exhortamos a elaborar diseños de políticas sociales justas y solidarias que atiendan estas necesidades.
[64]

Promover el diálogo con autoridades para la elaboración de programas, leyes y políticas públicas que permitan armonizar la vida laboral de la mujer con sus deberes de madre de familia.
[65]

Denunciar una mentalidad neoliberal que no descubre en el padre de familia más que un instrumento de producción.
[66]

Empeñar nuestros esfuerzos en la promulgación de políticas públicas y participaciones ciudadanas que garanticen la protección, conservación y restauración de la naturaleza.
[67]

Este consenso moral y cambio de estructuras son importantes para disminuir la hiriente inequidad que hoy existe en nuestro continente, entre otras cosas a través de políticas públicas y gastos sociales bien orientados, así como del control de lucros desproporcionados de grandes empresas. La Iglesia alienta y propicia el ejercicio de una “imaginación de la caridad” que permita soluciones eficaces.
[68]

Al enfrentar tan graves desafíos nos alientan las palabras del Santo Padre:
No hay duda de que las condiciones para establecer una paz verdadera son la restauración de la justicia, la reconciliación y el perdón. De esta toma de conciencia, nace la voluntad de transformar también las estructuras injustas para establecer respeto de la dignidad del hombre creado a imagen y semejanza de Dios… Como he tenido ocasión de afirmar, la Iglesia no tiene como tarea propia emprender una batalla política, sin embargo, tampoco puede ni debe quedarse al margen de la lucha por la justicia290.
[69]

En Cristo Palabra, Sabiduría de Dios (cf. 1 Co 1, 30), la cultura puede volver a encontrar su centro y su profundidad, desde donde se puede mirar la realidad en el conjunto de todos sus factores, discerniéndolos a la luz del Evangelio y dando a cada uno su sitio y su dimensión adecuada.
[70]

CITAS DEL DOCUMENTO CONCLUSIVO DE APARECIDA

[x] Ataliva AmengualChusmiza 1813-Las CondesSantiago-Chile
Fono: 56-2-325 4045Fax: 56-2- 356 5125
Mail: ataliva@vtr.net
Messenger: atalivaas@hotmail.com
Blog: www.ataliva.cl

[1] Nº 10
[2] Nº 35
[3] Nº 36
[4] Nº 61
[5] Nº 63
[6] Nº 64
[7] Nº 511
[8] Nº 512
[9] Nº 51
[10] Nº 48
[11] Nº 35
[12] Nº 36.
[13] Nº 74
[14] Nº 75
[15] Nº 76
[16] Nº 77
[17] Nº 78
[18] Nº 79
[19] Nº 80
[20] Nº 81
[21] Nº 82
[22] Nº 528.
[23] Nº 486 i
[24] Nº 502.
[25] Nº 14
[26] Nº 446 e)
[27] Nº 174
[28] Nº 210
[29] Nº 212
[30] Nº 283
[31] Nº 409.
[32] Nº 409
[33] Nº 414.
[34] Nº 422.
[35] Nº 430.
[36] Nº 406.
[37] Pág. 17
[38] Pág. 18
[39] Nº 537
[40] Nº 385
[41] Nº 501.
[42] Pág. 18
[43] Nº 385
[44] Nº 504.
[45] Nº 508.
[46] Nº 108
[47] Nº 501.
[48] Nº 502.
[49] Pág. 19
[50] Nº 480
[51] Nº 406
[52] Nº 506.
[53] Nº 505.
[54] Nº 507.
[55] Pág. 20
[56] Nº 436.
[57] Nº 437 d)
[58] Pág. 19
[59] Nº 403
[60] Nº 406
[61] Nº 408.
[62] Nº 410.
[63] Nº 449
[64] Nº 458 d)
[65] Nº 463 e)
[66] Nº 474 d)
[67] Nº 537
[68] Nº 546.
[69] Nº 41

miércoles, septiembre 03, 2008

Educación y valores 3. La libertad (1ª parte) 2

Viene de Educación y valores 3. La libertad (1ª parte) 1

Educación y valores 3. La libertad (1ª parte) 2

De lo dicho se sigue el derecho y la obligación de los padres a optar por la educación que
quieren para sus hijos [21] y de asumir el derecho y la obligación de elegir con libertad el tipo
de colegio, su correspondiente plan educativo y su gestión.

“Las enseñanzas de Juan XXIII,314 del Concilio Vaticano II,315 de Pablo VI 316 han ofrecido amplias indicaciones acerca de la concepción de los derechos humanos delineada por el Magisterio. Juan Pablo II ha trazado una lista de ellos en la encíclica « Centesimus annus »: « El derecho a la vida, del que forma parte integrante el derecho del hijo a crecer bajo el corazón de la madre después de haber sido concebido; el derecho a vivir en una familia unida y en un ambiente moral, favorable al desarrollo de la propia personalidad; el derecho a madurar la propia inteligencia y la propia libertad a través de la búsqueda y el conocimiento de la verdad; el derecho a participar en el trabajo para valorar los bienes de la tierra y recabar del mismo el sustento propio y de los seres queridos; el derecho a fundar libremente una familia, a acoger y educar a los hijos…”[22]

Así lo demandan los derechos humanos cuando explicitan: Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos. [23]
La obligación fundamental de los padres es buscar el beneficio del hijo, para lo cual intentarán su mayor realización espiritual y material.
En el pasado las obligaciones de los hijos se limitaban a obedecer. Éste modelo de familia funcionó durante mucho tiempo y la mayoría de las personas guardan un grato recuerdo de sus padres y se sintieron amados.

Antes la autoridad se entendía como potestad, el derecho a ser obedecido. Esa manera de entender la autoridad ha evolucionado porque el dominio no es autoridad sino que es un componente de la misma. La autoridad tiene que ver más con el amor y consecuentemente con el servicio; servicio que consiste en cuidar los hijos a crecer como personas, servicio en el cual debemos manifestar fundamentalmente coherencia, especialmente con los adolescentes.
Los padres tienen la obligación de enseñar ciertos hábitos en el hogar y en las relaciones sociales. Este tipo de prácticas, más que exigibles, son inculcables.
Serán numerosas las veces en las que fracasemos o nos equivoquemos pero también serán ocasiones para pedir perdón lo cual nos unirá más a nuestros hijos.
Los derechos de los padres sobre sus hijos los perfeccionan, no los limitan. No son contrapuestos sino complementarios e involucran obligaciones, es decir, responsabilidades.
También los padres tienen derecho a que la sociedad civil les suministre las ayudas que necesiten para procurar a sus hijos la educación que quieran.[24]

Derechos y obligaciones de los hijos

El niño tiene derecho a expresarse libremente así como su padre tiene el deber de educarlo según su edad para que esa expresión esté apegada a la verdad así como evitarle todo aquello que le puede ser objeto de perjuicio. El niño tiene derecho a la libertad de conciencia así como el padre a educarle en que esa conciencia sea buena y no la que el Estado quiera hacerle aparecer como tal. El niño tiene el derecho a asociarse libremente así como el padre a ayudarle a discernir y evitar que sus “socios” sean unos malhechores.
El niño tiene el derecho a ser guiado y el padre la responsabilidad y derecho de guiarlo obligatoriamente bien. Los niños dependen y necesitan ser cuidados; los padres necesitan cuidar y ayudar a caminar hacia la sana independencia a los niños que un día dejarán de serlo. Y es que la familia es la primera escuela de la vida. El derecho y el deber tanto de un padre como de un niño es la consecuencia natural de su estado y sus relaciones mutuas. Derechos y obligaciones, de unos y otros, van de la mano, no son enemigos. El Estado tiene el deber de proteger esos vínculos y fortalecerlos así como los ciudadanos defenderlos, promoverlos y vivirlos. Ciertamente, todo lo anterior, se comprende mejor a la luz del amor que debe reinar en la convivencia entre padres e hijos y no desde la perspectiva de los intereses mezquinos de grupos de poder”.[25]
En tiempos pasados, como decíamos más arriba, las obligaciones de los hijos se limitaban a obedecer. Este tipo de familia se ejerció durante mucho tiempo y no impidió que los hijos se sintieran queridos.
La primera obligación de los hijos es amar a los padres, obligación que normalmente no es un deber molesto de efectuar.
Otra obligación emanada del amor filial es el respeto, es decir, con reconocimiento, aceptación, aprecio y valoración de los padres. Pero el respeto no debe ser equivalente a acatamiento absoluto. Debe reconocer el derecho del hijo a realizarse, lo que es completamente compatible con el derecho de los padres educar al hijo conforme a sus ideas o creencias.
Como consecuencia de lo anterior, los hijos deben obedecer a los padres mientras permanezcan bajo su potestad.
Además, los hijos deben contribuir equitativamente, según sus posibilidades, al sostén de las cargas familiares, contribución que expresa la solidaridad familiar.
Subrayemos que el hijo tiene derecho a expresarse libremente así como su padre tiene la obligación de educarlo según su edad para que esa expresión respete la verdad, así como impedirle lo que pueda ir en su perjuicio.
El hijo tiene derecho a la libertad de conciencia y el padre a educarlo en que esa conciencia sea recta. [26]
El hijo tiene el derecho a relacionarse libremente así como el padre a ayudarlo a distinguir y evitar relacionarse con malos compañeros.
El hijo tiene el derecho a ser guiado y el padre la responsabilidad y el derecho inexcusable de guiarlo bien, etc.[27]Y no se debe confundir el justificado interés del hijo con una visión de un hijo autónomo, con los mismos derechos que se formulan para los mayores, pues ello conduciría a un conflicto para la autoridad de los padres y la integridad de la familia. No se trata de admitir una oposición artificial entre los derechos de padres y los de los hijos.
Lo dicho se forja mejor con el amor que debe reinar en la convivencia entre padres e hijos.
Teniendo en cuenta como dice Populorum Progressio que el hombre Ayudado, y a veces estorbado, por los que lo educan y lo rodean, cada uno permanece siempre, sean lo que sean los influjos que sobre él se ejercen, el artífice principal de su éxito o de su fracaso: por sólo el esfuerzo de su inteligencia y de su voluntad, cada hombre puede crecer en humanidad, valer más, ser más.[28]

Derecho y obligación del colegio o escuela acerca de la educación

Dado que la familia por sí sola no puede satisfacer todas las necesidades que cada persona demanda, el hombre percibió la necesidad de asociarse con otras familias para lograr objetivos comunes. Esta sociedad brota de la misma naturaleza humana como lo afirma, entre otros, Aristóteles [29] el hombre no puede alcanzar su perfección en aislamiento, porque el individuo aislado no se basta a sí mismo. Por esta razón se agrupa en comunidades: la familia, la escuela, las asociaciones intermedias, la sociedad, etc.para lograr el bien común, que como dice Maritain, es un bien tanto del conjunto de las personas, como de cada una de ellas en particular. En otras palabras, el bien común es, a un mismo tiempo, el bien del todo y de las partes." [30]
"El verdadero bien común está determinado y reconocido, en último análisis, por la naturaleza del hombre... y por el fin de la sociedad, determinado igualmente por esta misma naturaleza humana". [31]

Es en la naturaleza humana que se funda el colegio y la escuela.

En parte la tarea educativa del colegio o escuela consiste en inculcar en los alumnos el sentido de la responsabilidad compartida, principalmente para que pueda colaborar —cada uno conforme a su edad— en la realización de las clases y en la vida escolar. Para que el colegio o la escuela pueda cumplir con su propósito de educar y formar a los alumnos, es esencial que se les ofrezca la oportunidad de contribuir al desarrollo de las clases y a la vida escolar en general; que estén dispuestos y sean capaces de hacerlo, y que se les prepare para ejercer sus derechos y obligaciones en el marco de los objetivos del colegio o escuela. El colegio o escuela enseñará en la libre opción responsable ante sus semejantes, en el reconocimiento de las normas éticas y de los valores, asimismo educará para la tolerancia y respeto de los demás, etc.

En el colegio o escuela el niño tiene derechos y obligaciones

Algunos de sus derechos son recibir educación, expresar sus ideas, ser tratados con respeto, participar en las decisiones que se toman en el salón de clases, ser escuchados cuando preguntan y recibir explicaciones dadas con paciencia antes de que se les apliquen medidas disciplinarias. Las medidas formativas serán privilegiadas respecto a las normas de castigo, etc.Pero tener derechos implica cumplir con obligaciones entre otras: llegar puntual a la escuela, acudir limpio, estudiar, hacer las trabajos, el alumno se preparará debidamente, participará activamente en las clases, realizará las tareas que se le asignen y tendrá preparados todos los instrumentos de trabajo o estudio adecuados, deberá respetar a los compañeros y compañeras, profesores y profesoras, y personal que hace la limpieza, así como cuidar los patios y jardines, no tirar basura y conservar los muebles, etc.

Derechos y obligaciones de los padres respecto al colegio o escuela

La formación y educación de los alumnos es común tarea que corresponde a los padres y al colegio. Por ello, ambas partes deberán actuar en estrecha cooperación y lograr oportunamente una comprensión que les permita, evitar dificultades perjudiciales para el desenvolvimiento escolar del alumno.
El colegio tiene la obligación de orientar a los padres en cuestiones de su competencia, entre otras, las pedagógicas. Garantizará una información razonable sobre directrices y normas; establecerá horas de visita y consulta, así como asambleas de padres, etc.

Los padres, a su vez, tienen la obligación de apoyar al colegio en su tarea educativa, para lo cual deberán cooperar con los profesores y la Dirección e informarse adecuadamente sobre la conducta y aprovechamiento académico de sus hijos. Se comprometerán, a vigilar para que sus hijos cumplan con su obligación de asistencia, equipados de lo necesario para la asistencia a las clases, etc.
Y cuando corresponda los padres se comprometen a pagar puntualmente las cuotas y demás gastos fijados por el colegio o escuela, etc.

Derechos y obligaciones del profesor

Al menos en las sociedades occidentales, el niño es confiado a muy temprana edad a educadores. Sería ilusorio imaginar que la misión que se les asigna en la escuela se limita a la instrucción y la mera transmisión de un saber. Mediante su enseñanza y su comportamiento personal, los educadores contribuyen también a la formación de la conciencia individual. [32]El profesor desempeña un papel central en el proceso de enseñanza aprendizaje, constituye un modelo para los estudiantes, por lo cual debe esmerarse en sus derechos y obligaciones que le corresponden.
El profesor tiene derecho a ejecutar su vocación docente en condiciones apropiadas para su desempeño profesional. Tiene derecho a tener estabilidad y a ser remunerado por su trabajo de manera correcta y justa. Tiene derecho a que ninguna persona del colegio menoscabe su dignidad de profesor en el aula ni fuera de ella.

El profesor puede configurar el proceso de enseñanza aprendizaje a su estilo propio de docencia, siempre que éste se encuadre en las pautas del colegio y en los métodos y ordenaciones pedagógicas adoptadas por él. Asimismo, tiene derecho a exponer su perspectiva sobre cuestiones de su disciplina con total libertad, respetando los principios éticos y religiosos fijados por el colegio.
El profesor tiene derecho a la formación permanente en el campo de su especialidad, en técnicas pedagógicas, administrativas o de gestión educativa. Las autoridades, de acuerdo a sus posibilidades, deberán favorecer este proceso.
Asimismo el profesor podrá pedir al colegio la infraestructura y los materiales necesarios para cumplir sus objetivos pedagógicos.
El profesor tiene derecho a ser evaluado para su categorización en el escalafón docente y a conocer su resultado.
Junto con los derechos el profesor tiene obligaciones entre otras: debe contribuir a conformar el sentido de los límites de diferentes modos; sabiendo claramente lo que espera de los niños; exponiendo sus expectativas de manera que los niños las entiendan, incluyendo la asignación de responsabilidad acerca de tareas y deberes, que se deben especificar cómo, cuándo y quién debe hacerlas, esto ayuda a desarrollar la capacidad de organización y manejar los propios recursos; averiguando si el niño entiende estas expectativas, bien haciéndolas repetir o bien guiándole mientras las cumple; estableciendo claramente los límites de tiempo razonables para realizar tareas o deberes escolares, sin ambigüedades; explicando al niño las consecuencias de no hacer las cosas y aplicándolas coherentemente; cuando no existen normas claras y evidentes, no hay manera de ser coherente; ello se consigue haciendo manifiestas todas las reglas y las obligaciones, de modo que no pueda alegarse como excusa "el olvido"; consiguiendo que todos los lumnos tengan justas y proporcionadas responsabilidades de acuerdo a su edad y a sus habilidades particulares.

Al profesor le corresponde enseñar a sus alumnos a ser responsables, debe contribuir a aumentar la capacidad del niño para tomar decisiones, ayudando a solucionar los problemas, seleccionando las alternativas mediante la valoración de sus consecuencias, valorando la eficacia de las decisiones por medio de una discusión ulterior. Tiene la obligación de recompensar a sus alumnos cuando se comportan responsablemente y no debe darle miedo sancionar al niño que no cumple con sus deberes teniendo en cuenta que se deben privilegiar las medidas formativas respecto a las medidas de castigo, etc.

Continúa en Educación y valores 3. La libertad (2ª parte)

Notas
[21] Pablo VI Declaración Gravissimum educationis (Sobre la educación cristiana) 28 de octubre de 1965, nº 6
[22] Compendio de la Doctrina social de la iglesia nº 155
[23] Declaración Universal de los Derechos humanos, art. 26, nº 3
[24] Código de Derecho Canónico (Iglesia Católica Romana). Canon 793
[25] Jorge Enrique Mújica Fuente: FórumLibertas / Catholic.net / Revista Tenemos que hablar. http://es.catholic.net/escritoresactuales/853/2968/articulo.php?id=36379
[26] La conciencia se dice recta si el juicio que formula es conforme con la ley o moral objetiva. Es decir, cuando la conciencia sabe distinguir el bien del mal.
[27] La bondad de nuestras acciones depende de que, al ejercitar nuestra libertad, actuemos de tal modo que nuestras obras estén conformes con nuestro ser como personas. Si hay armonía entre las exigencias verdaderas de nuestra persona y nuestras acciones, obramos con rectitud moral; si se rompe esa armonía, obramos mal.” Juan Pablo II. AUDIENCIA GENERAL. Miércoles 20 de julio de 1983
[28] Populorum Progressio, n. 15
[29] Aristóteles Política, libro 1,1
[30] Angel Correa..- Los grandes Principios Humanistas según Jacques Maritain. POLÍTICA Y ESPÍRITU. Ideas y Principios. Chile, Santiago, Nº 14. http://www.politicayespiritu.cl/modules/news/article.php?storyid=68
[31] J. J. Maritain. Razón y razones,p.287.
[32] Jean-Louis Brugues. La Iglesia y la educación de la conciencia. Humanitas nº 50

Educación y valores 3. La libertad (1ª parte) 1

Educación y valores 3. La libertad (1ª parte) 1
Ataliva Amengual [1]

Índice
Abstract
Definición de la libertad
Contextualización de la libertad
Moral. Libertad y verdad
Educación y libertad
Derecho y obligación de la educación respecto a los padres
Derecho y obligación del colegio o escuela acerca de la educación
En el colegio o escuela el niño tiene derechos y obligaciones
Derechos y obligaciones de los padres respecto al colegio o escuela
Derechos y obligaciones del profesor
Abstrac
En esta primera parte del trabajo se comienza definiendo la libertad y se la contextualiza. A continuación se la relaciona con la verdad y la moral. Se prosigue relacionando la libertad con la educación. Enseguida se tratan los siguientes asuntos: derecho y obligación de la educación respecto a los padres; derechos y obligaciones de los hijos; derecho y obligación del colegio o escuela acerca de la educación; en el colegio o escuela el niño tiene derechos y obligaciones; derechos y obligaciones de los padres respecto al colegio o escuela; y se finaliza con los derechos y obligaciones del profesor.

Definición de la libertad

La libertad podemos definirla como la facultad natural que tiene el hombre de obrar de una manera o de otra, y de no obrar, por lo cual es responsable de sus actos o como la facultad del ser humano que le permite decidir llevar a cabo o no una determinada acción según su inteligencia y voluntad.
"Nosotros tenemos libre albedrío respecto de las cosas que no queremos por necesidad o por instinto natural. De aquí que no pertenezca al libre albedrío, sino al instinto natural, el que queramos ser felices"[2].

Contextualización de la libertad

El aumento de la conciencia de la dignidad del ser humano, como queda patente, entre otras manifestaciones, en la extensión del aprecio creciente, por lo menos en las palabras, a la
Declaración Universal de los Derechos humanos, la cual, en su preámbulo, se compromete a asegurar “el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del
hombre” y en su Artículo 1 establece que “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”.
Esta mayor conciencia ha sido señalada también por Pablo VI [3] y de manera especial por Juan Pablo II cuando dice: No hay duda de que hoy día existe una concientización particularmente viva sobre la libertad. «Los hombres de nuestro tiempo tienen una conciencia cada vez mayor de la dignidad de la persona humana»…De ahí la reivindicación de la posibilidad de que los hombres «actúen según su propio criterio y hagan uso de una libertad responsable, no movidos por coacción, sino guiados por la conciencia del deber» 53. [4]

Moral, libertad y verdad

No hay duda de que hoy día existe una toma de conciencia particularmente viva sobre la libertad. De esta toma de conciencia se sigue la exigencia de que los hombres…actúen según su propio criterio y hagan uso de una libertad responsable, no movidos por coacción, sino guiados por la conciencia del deber En concreto, el derecho a la libertad religiosa y al respeto de la conciencia en su camino hacia la verdad es sentido cada vez más como fundamento de los derechos de la persona, considerados en su conjunto. [5]
En algunas corrientes del pensamiento moderno se ha llegado a ensalzar la libertad hasta el extremo de considerarla como un absoluto, como la fuente de los valores, como una instancia suprema del juicio moral, a lo que se añade que el juicio moral es verdadero por el hecho mismo de que proviene de la conciencia. Este modo de pensar elimina la necesaria exigencia de verdad y conlleva una concepción radicalmente subjetivista del juicio moral. Estas concepciones sostienen la antinomia entre ley moral y conciencia, entre naturaleza y libertad.
Muchos de los que defienden la libertad y la buscan vehementemente, le atribuyen la conciben y ejercitan de mala manera, manteniendo que todo es lícito, incluso el mal; pretenden que esta manera de comcebir la libertad es la verdadera libertad, cediendo al relativismo y al escepticismo, buscan una libertad errada, por estar fuera de la verdad, pretenden suprimir la libertad humana de su relación esencial con la verdad.
Se han atribuido a la conciencia individual las prerrogativas de una pretensión soberana del juicio moral, que decide indiscutible e infaliblemente sobre el bien y el mal.
De este modo a la afirmación de que se debe seguir la propia conciencia se ha añadido impropiamente la afirmación de que el juicio moral es verdadero por el hecho de que proviene de la conciencia.
Lo anterior conlleva el abandono de la exigencia de verdad por criterios ya de sinceridad, ya de autenticidad, y se concibe la libertad de manera subjetiva.
Correspondientemente a esta exaltación de la libertad, e incongruentemente en oposición con ella, muchos ponen en duda esta misma libertad. A partir de los condicionamientos, elaborados por las ciencias humanas, condicionamientos de orden psicológico y social que pesan sobre el ejercicio de la libertad humana han llegado a la perplejidad o incluso a negar la realidad misma de la libertad humana.
Pero « La pregunta moral, no puede prescindir del problema de la libertad, es más, lo considera central, porque no existe moral sin libertad: «El hombre puede convertirse al bien sólo en la libertad»[6] Pero convertirse al bien supone conocerlo y este conocimiento nos vincula con la verdad pues la bondad es la inclinación natural hacia el bien; es la acción voluntaria cuando se ajusta a las normas de rectitud o moralidad, cuando concuerda con la ley natural que está impresa en la inteligencia y que nos permite conocer lo que se debe hacer y lo que se debe evitar.[7]
El hombre puede reconocer el bien y el mal gracias a aquel discernimiento del bien y del mal que él mismo realiza mediante su razón que puede ser iluminada por la revelación divina y por la fe.
La verdadera autonomía moral del hombre no significa en absoluto el rechazo, sino la aceptación de la ley moral.
La relación que hay entre libertad del hombre y ley de Dios tiene su base en la conciencia moral de la persona en la cual se manifiesta una ley que él no se da a sí mismo, pero a la que debe obedecer exigiéndole siempre a hacer el bien y a evitar el mal.
El juicio de la conciencia es la aplicación de la ley natural a cada caso particular, la cual se convierte así para el hombre en un llamado a realizar el bien en una situación concreta; es la aplicación de la ley objetiva a un caso particular.
La conciencia es una instancia racional cuyos juicios se derivan de la verdad sobre el bien y el mal moral. El juicio de la conciencia no establece la ley natural, sino que la afirma en su relación al bien; esta conciencia impone a la persona la obligación de realizar un determinado acto, lo cual manifiesta el vínculo de la libertad con la verdad.
La deliberación y responsabilidad [8] de la conciencia se manifiestan con un examen de la verdad objetiva y con dejarse guiar por ella en el obrar y no con la emancipación de la conciencia de la verdad objetiva, en favor de una supuesta libertad de las propias decisiones. La recta conciencia procede siempre de la verdad.
La disposición racional del acto humano hacia el bien en toda su verdad y la búsqueda voluntaria de este bien, conocido por la conciencia, fundan la moralidad. Por lo cual la libertad no radica en hacer lo que se nos antoja, sino en poseer el derecho de hacer lo que se debe.
Aunque en la actualidad parece predominar que la disposición individual de querer algo es lo que se considera el fundamento de la libertad. Sin embargo, es errónea la noción de la libertad que supone la desaparición de normas. La verdad se debe orientar a la esencia humana que usualmente se designa como naturaleza humana.
(Es necesaria la) voluntad de asumir el realismo una vez más, un realismo sobre el mundo, sobre Dios y sobre nosotros mismos. Implícita en este realismo está una apertura hacia la verdad y la verdad significa la correspondencia correcta entre nuestros juicios sobre la realidad y la realidad misma. Semejante preocupación por la verdad es la única forma de superar las visiones divisivas y carentes de realismo de la naturaleza humana y del mundo de los que preconizan el multiculturalismo, el feminismo radical y el relativismo ético.Sólo mediante la unión de la verdad y la libertad y el ejercicio del valor para ejercer nuestra libertad en relación con la verdad, las vidas individuales se reordenarán y se restaurará la sociedad. [9]
El conducirse de manera moralmente buena se actualiza cuando se manifiesta el ordenamiento voluntario de la persona al fin último y la acción concreta se corresponde con el bien humano, buscados en su verdad por la razón.
“La moralidad del acto humano depende sobre todo y fundamentalmente del objeto elegido racionalmente por la voluntad deliberada, como lo prueba también el penetrante análisis, aún válido, de santo Tomás 126.…La razón por la que no basta la buena intención, sino que es necesaria también la recta elección de las obras, reside en el hecho de que el acto humano depende de su objeto” [10]
Asimismo de lo anterior se sigue que no es lícito hacer el mal para lograr el bien.[11]
En síntesis, podemos decir que hay tres grandes valores relacionados con la dignidad de la persona: el derecho a la libertad, el respeto a la conciencia y el amor por la verdad. [12]

Educación y libertad

La educación no sólo se propone comunicar hechos, sino también transmitir una visión de la vida coherente y completa, transmitir conocimiento y valores, religión y visión del mundo. La educación debe devolver a la cultura la convicción de que los seres humanos pueden comprender la verdad de las cosas y descubrir que la libertad consiste sobre todo en ser capaces de responder a las exigencias de la verdad [13]
Como afirma Gabriel Zanotti: el fenómeno educativo es inherente a toda cultura. A su vez, “educar” puede hacer referencia al hecho moral, aludiendo a la formación moral, actualizando las potencialidades esenciales de la persona de hacer el bien y conocer la verdad, educar es entonces formar moralmente a la persona.[14]
Hay que considerar que la educación no es algo que suceda en la abstracción sino, por el contrario, ella se produce dentro de un contexto sociocultural establecido. Contemplando a nuestro contexto actual no podemos dejar de subrayar la generalizada "renuncia a la verdad objetiva", en nuestra sociocultura y la afirmación del relativismo que considera que la afirmación de la verdad objetiva es síntoma de dogmatismo e intolerancia. En este ambiente relativista y subjetivista no es posible una genuina educación, pues sin el reconocimiento de la verdad, la persona queda en la duda acerca de la bondad y sin orientación para ejercitar su libertad, se ve forzada a orientarse sin esa referencia hacia una verdad última y universal que la trasciende.
Al no haber una aceptación de la verdad objetiva los derechos humanos fundamentales, anteriores a la normativa jurídica o a la decisión de los legisladores no tienen fundamento y pasan a ser objeto de un cierto consenso determinado por la opinión socialmente más reconocida. El mundo y la historia humana serían obra nuestra y construcción del hombre conforme a su decisión.
La educación es un derecho humano como lo establece la declaración universal de los derechos humanos cuando dice:
1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos. [15]
Sin embargo: La solemne proclamación de los derechos del hombre se ve contradicha por una dolorosa realidad de violaciones, guerras y violencias de todo tipo: en primer lugar los genocidios y las deportaciones en masa; la difusión por doquier de nuevas formas de esclavitud, como el tráfico de seres humanos, los niños soldados, la explotación de los trabajadores, el tráfico de drogas, la prostitución: « También en los países donde están vigentes formas de gobierno democrático no siempre son respetados totalmente estos derechos ». [16]
Debemos señalar, que desgraciadamente, a los derechos del hombre se les ha tributado, frecuentemente, un respeto puramente formal.
El desarrollo de la humanidad se logra esencialmente por el ejercicio de la libertad. Por eso la libertad de educación y la enseñanza se refieren al núcleo esencial de la persona en la constitución de su humanidad. Privar a alguien de la libertad de educación significa entonces atentar contra la libertad de la persona.
Es pues necesario comprender que el derecho a la educación y la libertad de enseñanza son dos aspectos de una misma realidad. Dos aspectos que pueden separarse por vía analítica pero que en la realidad son dos caras del derecho fundamental a la cultura y a la humanidad.

Hay que considerar que no tiene sentido hablar de derechos si no se señalan las obligaciones, las responsabilidades.[17]

Somos verdaderamente libres cuando actuamos de acuerdo a nuestra conciencia moral.
Como decíamos más arriba (pág. 3) La conciencia es una instancia racional cuyos juicios se derivan de la verdad sobre el bien y el mal moral. El juicio de la conciencia no establece la ley natural, sino que la afirma en su relación al bien; esta conciencia impone a la persona la obligación de realizar un determinado acto, lo cual manifiesta el vínculo de la libertad con la verdad.
La deliberación y responsabilidad [18] de la conciencia se manifiestan con un estudio de la verdad objetiva y con dejarse regir por ella en el obrar y no con la emancipación de la conciencia de la verdad objetiva, en favor de una supuesta libertad de las propias decisiones. La recta conciencia procede siempre de la verdad.
No se pueden gozar los beneficios de la libertad sin tener que responder a las obligaciones y como consecuencia hacernos responsables de nuestras acciones. Esta es una de las consecuencias de la responsabilidad. La separación entre la libertad y la responsabilidad destruye la libertad misma. La libertad sin responsabilidad no es libertad sino libertinaje.
La libertad humana no es absoluta. La verdadera libertad es la capacidad para regir nuestros sentimientos, pasiones, tendencias, emociones, deseos y temores bajo la guía de nuestra razón y voluntad.
La libertad de educación se relaciona con el derecho y la obligación a la educación y con otro igualmente importante, que es el derecho y la obligación de los padres a optar por la educación que quieren para sus hijos.

Derecho y obligación de la educación respecto a los padres [19]

Teniendo en cuenta que “Es de derecho natural que el hijo, antes de haber alcanzado el uso de la razón, está bajo el cuidado del padre. Por consiguiente, iría contra la razón natural que el hijo, antes de haber alcanzado el uso de la razón, fuese sustraído al cuidado de los padres, o que se dispusiera de él contra la voluntad de los mismos”. [20]

Continúa en Educación y valores 3. La libertad (1ª parte) 2

[1] Ataliva AmengualChusmiza 1813-Las CondesSantiago-ChileFono: 56-2-325 4045Fax: 56-2- 356 5125Mail: ataliva@vtr.netMessenger: atalivaas@hotmail.comBlog: www.ataliva.cl
[2] Suma Teológica, I, q. 19, a. 10.
[3] PABLO VI. Dignitatis humanae, n°1.
[4] JUAN PABLO IIVeritatis splendor. N° 31
[5] Veritatis splendor nº 31
[6] Veritatis splendor nº 34.
[7] Ver nuestros trabajos: Educación y valores 1. La verdad y Educación y valores 2. La bondad, en mi blog: www.ataliva.cl o puede obtenerse escribiendo a mi mail: ataliva@vtr.net.
[8] Catecismo de la Iglesia Católica, nº1734. La libertad hace al hombre responsable de sus actos en la medida en que éstos son voluntarios.
[9] Juan Pablo discurso que pronunció ante la asamblea general de las Naciones Unidas, que celebra el 50º aniversario de su fundación. Octubre 1995.
[10] Juan Pablo II. Veritatis splendor, nº 78.
[11] San Pablo, Romanos 3, 8
[12] Comité Permanente de la Conferencia Episcopal de Chile. "En camino al Bicentenario". Septiembre de 2004.
[13] Juan Pablo II Veritatis splendor, nº 84
[14] Gabriel J. Zanotti. EL HUMANISMO DEL FUTURO, p. 101
http://www.economia.ufm.edu.gt/ProfesoresInvitados/Zanotti/el%20humanismo% 20del%20futuro.htm
[15] Declaración Universal de los Derechos humanos, art. 26
[16] Compendio de la Doctrina social de la Iglesia, nº 158
[17] Compendio de la Doctrina social de la iglesia nº 156.
[18] Catecismo de la Iglesia Católica, nº1734. La libertad hace al hombre responsable de sus actos en la medida en que éstos son voluntarios.
[19] Sobre este tema recomendamos leer: Pablo VI. Declaración. "GRAVISSIMUM EDUCATIONIS". Sobre la Educación Cristiana. 28 de octubre de 1965.
[20] Santo Tomás, Suma Teológica, II-II, Q. 10, a. 12, Respondo

miércoles, junio 18, 2008

Eduación y valores 2. La Bondad

Educación y valores
2. La bondad

Ataliva Amengual [1]

Índice
Abstrac
La bondad
Verdad, bondad y libertad

Abstrac
La bondad es la inclinación natural hacia el bien; es la acción voluntaria cuando se ajusta a las normas de su rectitud o moralidad.
Cada uno es responsable de sus acciones libres.
La persona humana está dotada de una verdad propia, de un orden intrínseco propio, de una constitución propia. Cuando sus obras concuerdan con este orden, con la constitución propia de persona humana creada por Dios, son obras buenas.
La persona humana realiza la verdad de su ser en la acción recta y por lo tanto buena
Para ser bueno hay que cumplir la ley natural.
La ley natural está impresa en la inteligencia y nos permite conocer lo que se debe hacer y lo que se debe evitar. Esta ley no permite excepciones.
La moralidad del acto humano depende sobre todo y fundamentalmente del objeto elegido racionalmente por la voluntad deliberada.
La razón por la que no basta la buena intención, sino que es necesaria también la recta elección de las obras, reside en el hecho de que el acto humano depende de su objeto.
No existe moral sin libertad; el hombre puede convertirse al bien sólo en la libertad.
Si la conciencia moral no es la instancia última que decide lo que está bien y lo que está mal, sino que ha de estar de acuerdo con la verdad inmutable de la ley moral, resulta de ello que no es juez infalible: puede errar.
La relación entre libertad y ley basada en la verdad hace posible el discernimiento sobre esta interpretación creativa de la conciencia.
La ley natural es la que permite una fundamentación adecuada de los derechos humanos. Éstos sólo se pueden fundarse en un orden moralmente inviolable y desde la esencia de las cosas.
La ordenación racional del acto humano hacia el bien en toda su verdad y la búsqueda voluntaria de este bien, conocido por la razón, constituyen la moralidad.


La bondad [2]

La bondad es la inclinación natural hacia el bien. Es la acción voluntaria cuando se ajusta a las normas de su rectitud o moralidad. Es la acción cuyo principio y causa es la persona; acción de la cual, por tanto, es responsable. Cada uno es responsable de sus acciones libres. Mediante su actuación libre, la persona humana se expresa y se realiza a sí misma.
La persona humana no es dueña absoluta de sí misma. Ha sido creada por Dios. Cuando el acto realizado libremente es conforme al ser de la persona, es bueno. Es necesario subrayar esta relación fundamental entre el acto realizado y la persona que lo realiza. La persona humana está dotada de una verdad propia, de un orden intrínseco propio, de una constitución propia. Cuando sus obras concuerdan con este orden, con la constitución propia de persona humana creada por Dios, son obras buenas.
". La bondad de nuestra actuación dimana de una armonía profunda entre la persona y sus actos, mientras, por el contrario, el mal moral denota una ruptura, una profunda división entre la persona que actúa y sus acciones. El orden inscrito en su ser, ese orden en que consiste su propio bien, no es ya respetado en y por sus acciones. La persona humana no está ya en su verdad. El mal moral es precisamente el mal de la persona como tal; el bien moral es el bien de la persona como tal.”
[3]
La persona humana realiza la verdad de su ser en la acción recta y por lo tanto buena , cuando no actúa rectamente, causa su propio mal, no construye, sino que destruye el orden de su propio ser. La enajenación del hombre consiste en la acción moralmente mala.
La bondad de nuestras acciones depende de que, al ejercitar nuestra libertad, actuemos de tal modo que nuestras obras estén conformes con nuestro ser como personas. Si hay armonía entre las exigencias verdaderas de nuestra persona y nuestras acciones, obramos con rectitud moral; si se rompe esa armonía, obramos mal.”
[4]
Respetar las leyes inscritas en la creación y las relaciones que derivan de la naturaleza de las cosas es un principio de sabiduría y un fundamento de la moral.
[5]

Verdad, bondad y libertad [6]

Lo bueno se identifica con el valor, es lo que merece ser apreciado, lo deseable. Es la cualidad de la persona buena.

Para ser bueno hay que cumplir la ley natural. El verdadero significado de la ley natural se refiere a la naturaleza propia y originaria del hombre, a la naturaleza de la persona humana. La ley natural está impresa en la inteligencia y nos permite conocer lo que se debe hacer y lo que se debe evitar; ley que se manifiesta en el imperativo de la conciencia de hacer el bien y evitar el mal.
“El hombre puede reconocer el bien y el mal gracias a aquel discernimiento del bien y del mal que él mismo realiza mediante su razón iluminada por la revelación divina y por la fe,”
[7]
Esta ley no permite excepciones, ni la realización práctica, con buena conciencia, de lo que está calificado por la ley natural como intrínsecamente malo.
“…Estos preceptos positivos, que prescriben cumplir algunas acciones y cultivar ciertas actitudes, obligan universalmente; son inmutables 94; unen en el mismo bien común a todos los hombres de cada época de la historia, creados para «la misma vocación y destino divino» 95. Estas leyes universales y permanentes corresponden a conocimientos de la razón práctica y se aplican a los actos particulares mediante el juicio de la conciencia. El sujeto que actúa asimila personalmente la verdad contenida en la ley; se apropia y hace suya esta verdad de su ser mediante los actos y las correspondientes virtudes. Los preceptos negativos de la ley natural son universalmente válidos: obligan a todos y cada uno, siempre y en toda circunstancia. En efecto, se trata de prohibiciones que vedan una determinada acción «semper et pro semper», sin excepciones, porque la elección de ese comportamiento en ningún caso es compatible con la bondad de la voluntad de la persona que actúa, con su vocación a la vida con Dios y a la comunión con el prójimo. Está prohibido a cada uno y siempre infringir preceptos que vinculan a todos y cueste lo que cueste, y dañar en otros y, ante todo, en sí mismos, la dignidad personal y común a todos.
Por otra parte, el hecho de que solamente los mandamientos negativos obliguen siempre y en toda circunstancia, no significa que, en la vida moral, las prohibiciones sean más importantes que el compromiso de hacer el bien, como indican los mandamientos positivos. La razón es, más bien, la siguiente: el mandamiento del amor a Dios y al prójimo no tiene en su dinámica positiva ningún límite superior, sino más bien uno inferior, por debajo del cual se viola el mandamiento. Además, lo que se debe hacer en una determinada situación depende de las circunstancias, las cuales no se pueden prever todas con antelación; por el contrario, se dan comportamientos que nunca y en ninguna situación pueden ser una respuesta adecuada, o sea, conforme a la dignidad de la persona. En último término, siempre es posible que al hombre, debido a presiones u otras circunstancias, le sea imposible realizar determinadas acciones buenas; pero nunca se le puede impedir que no haga determinadas acciones, sobre todo si está dispuesto a morir antes que hacer el mal.”
[8]
La moralidad del acto humano depende sobre todo y fundamentalmente del objeto elegido racionalmente por la voluntad deliberada [9]
«La libertad perfecciona al hombre y, por tanto, debe tener como objeto la verdad y la bondad; pero la razón de lo verdadero y lo bueno no puede cambiarse al capricho del hombre, sino que permanece siempre la misma, con aquella inmutabilidad que es propia de la naturaleza. Si la inteligencia asiente a opiniones falsas y si la voluntad atiende y abraza al mal, ni una alcanza su perfección, antes caen de su dignidad natural hacia un abismo de corrupción; de lo cual se sigue que no debe ponerse a la luz y a la contemplación de los hombres lo que es contrario a la virtud y a la verdad, y mucho menos favorecerlo y ampararlo con las leyes» [10]
No existe moral sin libertad; el hombre puede convertirse al bien sólo en la libertad.

La libertad es el poder, radicado en la razón y en la voluntad, de obrar o de no obrar, de hacer esto o aquello, de ejecutar así por sí mismo acciones deliberadas. Por el libre arbitrio cada uno dispone de sí mismo. La libertad es en el hombre una fuerza de crecimiento y de maduración en la verdad y la bondad. La libertad alcanza su perfección cuando está ordenada a Dios, nuestra bienaventuranza.
[11]

Si el hombre actúa contra el juicio de la conciencia, es condenado por ella misma, La conciencia es la norma de la moralidad personal. Esta conciencia racional, su voz y sus juicios derivan de la verdad sobre el bien y sobre el mal moral. Esta verdad se manifiesta como norma universal y objetiva de la moralidad. El juicio de la conciencia no establece la ley, sino que la afirma.
Así pues la conciencia no es una fuente autónoma y exclusiva para decidir lo que es bueno o malo; ella manifiesta lo que está grabado en la norma objetiva, y es el fundamento que determina la coherencia entre nuestras decisiones con los preceptos y prohibiciones. La persona debe asumir la responsabilidad del bien efectuado y del mal cometido; si el hombre hace el mal, el juicio de su conciencia es en él testigo de la verdad universal del bien, así como de la maldad de su decisión particular.
En el juicio práctico de la conciencia, que impone a la persona la obligación de realizar un determinado acto, se manifiesta el vínculo de la libertad con la verdad. Precisamente por esto la conciencia se expresa con actos de juicio, que reflejan la verdad sobre el bien, y no como decisiones arbitrarias. La madurez y responsabilidad de estos juicios —y, en definitiva, del hombre, que es su sujeto— se demuestran no con la liberación de la conciencia de la verdad objetiva, en favor de una presunta autonomía de las propias decisiones, sino, al contrario, con una apremiante búsqueda de la verdad y con dejarse guiar por ella en el obrar.
[12]

La responsabilidad de este juicio se expresa con una apremiante búsqueda de la verdad y con dejarse guiar por ella en el obrar y no con la liberación de la conciencia de la verdad objetiva, en favor de una presunta autonomía de las propias decisiones.

Respecto a la relación entre la libertad, la verdad y la bondad Juan Pablo II, nos dice: «Cada vez que la libertad, queriendo emanciparse de cualquier tradición y autoridad, se cierra a las evidencias primarias de una verdad objetiva y común, fundamento de la vida personal y social, la persona acaba por asumir como única e indiscutible referencia para sus propias decisiones no ya la verdad sobre el bien o el mal, sino sólo su opinión subjetiva y mudable o, incluso, su interés egoísta y su capricho».
[13]

Concilio Vaticano II nos enseña que En lo más profundo de su conciencia descubre el hombre la existencia de una ley que él no se dicta a sí mismo, pero a la cual debe obedecer, y cuya voz resuena, cuando es necesario, en los oídos de su corazón, advirtiéndole que debe amar y practicar el bien y que debe evitar el mal: haz esto, evita aquello.
[14].

Si la conciencia moral no es la instancia última que decide lo que está bien y lo que está mal, sino que ha de estar de acuerdo con la verdad inmutable de la ley moral, resulta de ello que no es juez infalible: puede errar.
[15]
La relación entre libertad y ley basada en la verdad hace posible el discernimiento sobre esta interpretación creativa de la conciencia.
“Todos deben obrar de acuerdo con su conciencia. Pero la conciencia no es ni absolutamente independiente ni infalible en sus juicios. Si así fuera, la conciencia debería reducirse a una mera afirmación de la voluntad personal. Por eso, precisamente para defender la dignidad de la conciencia y de la persona humana, hay que enseñar que la conciencia debe formarse, a fin de que se pueda discernir lo que realmente corresponde o no corresponde a «la misma ley divina, eterna, objetiva y universal», que la inteligencia humana es capaz de descubrir en el orden del ser (cf. Dignitatis humanae, 3; Veritatis splendor, 60)”.
[16]

El Concilio Vaticano II señala: "La norma suprema de la vida humana es la propia ley divina, eterna, objetiva y universal, por la que Dios ordena. dirige y gobierna el mundo universo y los caminos de la comunidad humana... El hombre percibe y reconoce por medio de su conciencia los dictámenes de la ley divina, conciencia que tiene obligación de seguir fielmente en toda su actividad para llegar a Dios, que es su fin''.
[17]
La conciencia, no está exenta de la posibilidad de error. «Sin embargo, —dice el Concilio— muchas veces ocurre que la conciencia yerra por ignorancia invencible, sin que por ello pierda su dignidad. Pero no se puede decir esto cuando el hombre no se preocupa de buscar la verdad y el bien y, poco a poco, por el hábito del pecado, la conciencia se queda casi ciega»107. Con estas breves palabras, el Concilio ofrece una síntesis de la doctrina que la Iglesia ha elaborado a lo largo de los siglos sobre la conciencia errónea. [18]
Por lo dicho para calificar nuestra conducta moral debemos fijarnos en el objeto de nuestro acto primera fuente de moralidad. El objeto debe estar conforme a la objetiva ley divina, ya sea la natural o la evangélica. Después debemos considerar la actitud que consciente y libremente adoptemos en respuesta a esta ley que se manifiesta por medio de la recta razón iluminada por la fe. De este modo, sus actos, serán buenos si el hombre sigue con su voluntad el dictamen de su conciencia y malos si se separa de él. [19]
La razón por la que no basta la buena intención, sino que es necesaria también la recta elección de las obras, reside en el hecho de que el acto humano depende de su objeto.
[20]
Los actos humanos libres son actos morales, porque expresan y deciden la bondad o malicia del hombre mismo que realiza esos actos. [21] [22]
El juicio de la conciencia es un juicio que ordena lo que el hombre debe hacer o no hacer o que valora un acto ya realizado por él. Es un juicio que aplica a una situación concreta la convicción racional de que se debe amar, hacer el bien y evitar el mal. Sin embargo, mientras la ley natural ilumina sobre todo las exigencias objetivas y universales del bien moral, la conciencia es la aplicación de la ley a cada caso particular, la cual se convierte así para el hombre en un dictamen interior, una llamada a realizar el bien en una situación concreta. El juicio de la conciencia muestra en última instancia la conformidad de un comportamiento determinado respecto a la ley; formula la norma próxima de la moralidad de un acto voluntario, actuando «la aplicación de la ley objetiva a un caso particular». [23]
La ley natural es la que permite una fundamentación adecuada de los derechos humanos. Éstos sólo se pueden fundarse en un orden moralmente inviolable y desde la esencia de las cosas.
La naturaleza humana es un orden se le deben a la persona por su carácter espiritual, por su libertad y dignidad. Este orden es un proyecto que se impone a nuestras mentes y conciencias, que nos requiere su cumplimiento desde la esencia de las cosas; es un orden ideal que inscribe en un orden absoluto y eterno.
El fundamento último de los derechos humanos: se fundamenta en el nivel axiológico de la ley natural y no pueden sostenerse en sistemas de pensamiento que no acepten valores objetivamente ciertos; pues, si no se pueden afirmar valores intrínsecos y si la dignidad humana carece de sentido, tampoco lo tienen los derechos del hombre.
[24]
La ordenación racional del acto humano hacia el bien en toda su verdad y la búsqueda voluntaria de este bien, conocido por la razón, constituyen la moralidad. [25]
«En verdad, si es lícito alguna vez tolerar un mal menor a fin de evitar un mal mayor o de promover un bien más grande, no es lícito, ni aun por razones gravísimas, hacer el mal para conseguir el bien (cf. Rm 3, 8), es decir, hacer objeto de un acto positivo de voluntad lo que es intrínsecamente desordenado y por lo mismo indigno de la persona humana, aunque con ello se quisiese salvaguardar o promover el bien individual, familiar o social» [26]
(El concilio Vaticano II, ofrece una amplia ejemplificación de actos intrínsecamente malos.[27])
El papa Benedicto XVI ha dirigido unas palabras en Génova a los jóvenes católicos italianos a quienes vaticinó que no envejecerán 'si descubren los valores verdaderos y grandes' y practican la bondad.
…'Sí, porque la bondad escapa al tiempo. Por ese motivo se puede decir que solamente quien es bueno y generoso es ciertamente joven'

…La juventud, aquella de la bondad, permanece para siempre'.
[28]

NOTAS

[1] Ataliva AmengualChusmiza 1813-Las CondesSantiago-ChileFono: 56-2-325 4045Fax: 56-2- 356 5125Mail: ataliva@vtr.netMessenger: atalivaas@hotmail.comBlog: www.ataliva.cl

[2] Recomendamos leer: Juan Pablo II. Veritatis Splendor
[3] Juan Pablo II. AUDIENCIA GENERAL. Miércoles 20 de julio de 1983
[4] Juan Pablo II. AUDIENCIA GENERAL. Miércoles 20 de julio de 1983

[5] Catecismo de la Iglesia Católica. nº 354

[6] Ver en mi blog www.ataliva.cl Educación y valores. 1. La verdad

[7] Juan Pablo II. Veritatis Splendor , nº 44
[8] Juan Pablo II. Veritatis Splendor , nº 52

[9] Juan Pablo II. Veritatis Splendor , nº 78
[10] León XIII, Immortale Dei
[11] Catecismo de la Iglesia Católica, nº 1731

[12] Juan Pablo II, Veritatis Splendor nº 61

[13] Juan Pablo II, Evangelium vitae, nº 19

[14] Concilio Vaticano II, Gaudium et spes nº 16

[15] JUAN PABLO II. AUDIENCIA GENERAL, Nº 3. Miércoles 17 de agosto de 1983.

[16] Juan Pablo II, Discurso de S.S. Juan Pablo II al noveno grupo de obispos estadounidenses en visita ad limina apostolorum, proclamado el 27 de junio de 1998.

[17] Concilio Vaticano II, Dignitatis humanae, nº 3

[18] Veritatis Splendor, nº 62.

[19] Veritatis Splendor, nº 72
[20] Veritatis Splendor, nº 78
[21] Tomás de Aquino, Summa Theologiae, II-II, q. 1, a. 3: «Idem sunt actus morales et actus humani».
[22] Veritatis Splendor, nº 71 a 78
[23] Veritatis Splendor, nº 59.

[24] J. J.MARITAIN El hombre y el estado Madrid 1972, pág.93 y ss.
[25] Veritatis Splendor, nº 72.

[26] Veritatis Splendor, nº 80

[27] Ibid.

[28] Católico Digital, 18 de mayo de 2008